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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE ENERO DEL AÑO 2015 (29/01/2015)

CANTIDAD DE PAGINAS: 124

TEXTO PAGINA: 35

El Peruano Jueves 29 de enero de 2015 545725 c.2) Para los plaguicidas de uso agrícola formulados (además de lo requerido en c.1) • Descripción General, Composición y Propiedades físico-químicas • Composición: Certifi cado de Análisis y Composición del producto formulado, indicando el contenido de ingrediente activo y de los demás componentes de la formulación. • Hoja de Seguridad en español elaborada por el formulador, • Método analítico para la determinación del ingrediente activo y los aditivos de importancia toxicológica. d) Declaración jurada en que el solicitante asume responsabilidad total sobre lo declarado en las especifi caciones y composición del plaguicida exportado y eximiendo al SENASA de cualquier responsabilidad. Una vez evaluados los documentos presentados y cumplidos los requisitos exigidos, el Órgano de Línea competente del SENASA otorgará la Constancia del Plaguicida de Uso Agrícola con Fines Exclusivos de Exportación, a favor del solicitante. Sobre la base de los documentos presentados con anterioridad y siempre que las características del Plaguicida no hayan variado, el interesado podrá requerir la emisión de una nueva constancia, para lo cual deberá hacer referencia al número de expediente asignado y abonar la tasa correspondiente. Para el caso de los productos contemplados en el Convenio de Rotterdam, el SENASA aplicará el procedimiento establecido en dicho Convenio. De ser el caso, el SENASA suministrará al país importador información acerca de los motivos por los cuales un Plaguicida de Uso Agrícola inscrito con Fines Exclusivos de Exportación, no cuenta con el Registro Nacional en el Perú. Este procedimiento no es de aplicación a los productos registrados al amparo del presente Reglamento. Los plaguicidas que apliquen a este procedimiento serán incluidos en los programas de verifi cación nacional de plaguicidas que disponga el SENASA. ANEXO 9 MODELO DE FORMATO DE PRESCRIPCIÓN TÉCNICA DE PLAGUICIDAS DE USO AGRICOLA IA Y IB El que suscribe, .................................. en cumplimiento a lo señalado en la normativa legal vigente para el Registro y post Registro de Plaguicidas de Uso Agrícola, por el presente documento señalo que habiendo evaluado en el campo del señor ................................................, con DNI Nº ........................, ubicado en ...................................... distrito ..............................., provincia ............................., Región ......................................, se recomienda Cultivo Plaga Plaguicida Dosis Observaciones ...................................................................................... ........................................................................................... ........................................................................................... ........................................................................................... ........................................................................................... ................................................................. Ciudad y Fecha, ................................... NOMBRE y FIRMA ANEXO 10 REQUISITOS PARA EL PERMISO DE INVESTIGACION DE PLAGUICIDAS DE USO AGRICOLA El interesado en obtener el Permiso de Investigación presentará un expediente técnico que aporte la siguiente información: INFORMACIÓN GENERAL 1. Del solicitante, nombre y apellidos, razón social, dirección del domicilio con sus respectivos teléfonos y datos de identifi cación de la persona natural o jurídica y de su representante legal. 2. Propósito de la importación. Breve descripción de lo que se pretende investigar, actividades de investigación y los benefi cios potenciales que se pueden derivar de estas. En la solicitud deben aparecer todos los datos disponibles que permitan evaluar los posibles efectos en la salud humana o animal o el posible impacto al ambiente. 2. Carta de presentación de la entidad científi ca Adjuntar comprobante o recibo de pago por los derechos respectivos PLAGUICIDAS QUIMICOS Adjuntar los mismos requisitos que para el Permiso Experimental, incluyendo Información general. AGENTES DE CONTROL BIOLÓGICO MICROBIANO 1. Taxonomía y características de los organismos 1.1. Nombre común y científi co, grupo, clase, orden, familia, género, especie, (en el caso de los microorganismos es necesario conocer las cepas, biotipos, serotipos y mutantes si existen o no.) 1.2. Los procedimientos utilizados para la ubicación taxonómica: características generales; en el caso de los microorganismos, las culturales, morfológicas, bioquímicas-fi siológicas y moleculares. 1.3. Incluir detalles de cualquier difi cultad taxonómica con el grupo, por ejemplo complejo de especies o especies crípticas; información molecular conocida (por ejemplo de marcadores microsatélites únicos), usada para el diagnóstico de complejos de especies y especies crípticas. 1.4. Instituciones y especialistas que realizaron la determinación. 1.5. Certifi cación de la autoridad científi ca reconocida que estableció la identidad del organismo. 1.6. Número de referencia de la cepa y de la colección donde se encuentra depositada. 2. Distribución geográfi ca del organismo 2.1. Centro de origen del organismo 2.2. Área geográfi ca de distribución 2.3. Condiciones ecológicas en que se desarrolla 2.4. Zonas de destino 3. Biología del organismo 3.1. Forma de reproducción 3.2. Patogenicidad, toxicidad y alergenicidad y clasifi cación en grupos de riesgos 3.3. Mecanismos que utiliza el organismo para sobrevivir, multiplicarse, difundirse y competir en el ambiente 3.4. Enemigos naturales: patógenos, depredadores, hiperparasitoides, comensalistas y competidores 3.5. Resistencia a la desinfección 3.6. Capacidad de transferencia de material genético a otros organismos. Especifi car los parentales que existan en el ambiente y posibilidad de cruzamiento 3.7. Capacidad de mutación y adaptabilidad a condiciones ambientales 3.8. Ciclo reproductivo 3.9. Crecimiento, longevidad, talla y madurez sexual, según corresponda 3.10. Susceptibilidad a enfermedades y diagnóstico, según corresponda