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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE JUNIO DEL AÑO 2015 (07/06/2015)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 35

El Peruano Domingo 7 de junio de 2015 554545 Que, revisada la base gráfi ca de propiedades con la que cuenta esta Superintendencia, se identifi có el terreno de 165 884,80 m², ubicado al Sureste del Pueblo Joven de Samegua aproximadamente a 1.00 km. al Sureste de la Carretera Interoceánica Moquegua – Puno en el Distrito de Samegua, provincia de Mariscal Nieto, departamento de Moquegua; Que, mediante Ofi cio Nº 083-2015/Z.R.Nº XIII-ORM de fecha 16 de marzo de 2015 (fojas 13) la Zona Registral Nº XIII-Sede Tacna remite el Certifi cado de Búsqueda Catastral de fecha 16 de marzo de 2015 sobre la base del Informe Técnico Nº 00217-2015-Z.RNº XIII/UREG-ORM- R de fecha 10 de marzo de 2015 (fojas 14 a 15) donde señala que el predio en consulta se encuentra totalmente sobre ámbito que no se puede determinar los antecedentes registrales; Que, realizada la inspección técnica con fecha 07 de abril 2015 según consta en la Ficha Técnica Nº 0445-2015/SBN- DGPE-SDAPE (fojas 24), se observa que el terreno es de naturaleza eriaza de forma irregular, la composición de suelo es arcillosa - arenosa, con topografía variada conformado por laderas y cimas de cerro, a la fecha de la inspección el terreno se encuentra desocupado en su mayor extensión; Que, el Artículo 23º de la Ley Nº 29151 “Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales” establece que los predios que no se encuentren inscritos en el Registro de Predios y que no constituyan propiedad de particulares, ni de las Comunidades Campesinas y Nativas, son de dominio del Estado, por lo que corresponde tramitar la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 165 884,80 m², de conformidad con el artículo 38º del Reglamento de la Ley Nº 29151, aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA y la Directiva Nº 001-2002/SBN, modifi cada por la Directiva Nº 003-2004/SBN, que regulan el trámite de inscripción de la primera de dominio de predios a favor del Estado; Que, los incisos a) y p) del Artículo 44º del “Reglamento de Organización y Funciones de la SBN” aprobado por Decreto Supremo Nº 016-2010-VIVIENDA, de fecha 21 de diciembre de 2010, facultan a la Subdirección de Administración del Patrimonio Estatal, a sustentar y aprobar los actos de adquisición y administración de los bienes estatales bajo su competencia, así como a emitir las Resoluciones en materia de su competencia; De conformidad con la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA y modifi catorias; Estando a los fundamentos expuestos en el Informe Técnico Legal Nº 0572-2015/SBN-DGPE-SDAPE, de fecha 26 de abril de 2015 (fojas 25 al 28) SE RESUELVE: Artículo 1º.- Disponer la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 165 884,80 m², ubicado al Sureste del Pueblo Joven de Samegua aproximadamente a 1.00 km. al Sureste de la Carretera Interoceánica Moquegua – Puno en el Distrito de Samegua, provincia de Mariscal Nieto, departamento de Moquegua, según el plano y memoria descriptiva que sustentan la presente Resolución. Artículo 2º.- La Zona Registral Nº XIII - Sede Tacna de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, por el mérito de la presente Resolución, efectuará la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno descrito en el artículo precedente, en el Registro de Predios de Moquegua. Regístrese, comuníquese y publíquese.- CARLOS GARCÍA WONG Subdirector de Administración del Patrimonio Estatal 1247140-36 Disponen primera inscripción de dominio a favor del Estado de predios ubicados en el departamento de Lima SUBDIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN DEL PATRIMONIO ESTATAL RESOLUCIÓN Nº 407-2015/SBN-DGPE-SDAPE San Isidro, 25 de mayo del 2015 Visto el Expediente Nº 164-2014/SBN-SDAPE, correspondiente al trámite de primera inscripción de dominio a favor del Estado del predio de 2 675,85 m², ubicado a 300 metros al Este del Asentamiento Humano “Proyecto Integral Santa María Virgen de Lourdes”, distrito de Villa María del Triunfo, provincia y departamento de Lima; CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales - SBN, es el Ente Rector del Sistema Nacional de Bienes Estatales encargado de normar y supervisar las acciones que realicen las entidades que conforman el mencionado Sistema, en materia de adquisición, disposición, administración y registro de los bienes estatales a nivel nacional, así como de ejecutar dichos actos respecto de los bienes estatales que se encuentren bajo su competencia, procurando optimizar su uso y valor, conforme a la Ley Nº 29151 - Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales - y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA; Que, revisada la base gráfi ca de propiedades con la que cuenta esta Superintendencia, se identifi có el predio de 2 675,85 m², ubicado a 300 metros al Este del Asentamiento Humano “Proyecto Integral Santa María Virgen de Lourdes”, distrito de Villa María del Triunfo, provincia y departamento de Lima, que se encontraría libre de inscripción registral; Que, efectuada la consulta catastral, la Zona Registral Nº IX-Sede Lima remitió el Informe Técnico Nº 6803-2015- SUNARP-Z.R.Nº IX/OC de fecha 07 de abril de 2015 (fojas 16), señalandoque el predio en consulta se encuentra comprendido en zona de cerros donde no se cuenta con información gráfi ca de planos con antecedentes registrales; Que, realizada la inspección técnica con fecha 17 de octubre de 2014 (fojas 17), se verifi có que el predio es de forma irregular, naturaleza eriaza, con suelo de textura arcillosa y rocosa, topografía inclinada con pendiente moderada ascendente al Noroeste; Que, el artículo 23º de la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales, establece que los predios que no se encuentren inscritos en el Registro de Predios y que no constituyan propiedad de particulares, ni de las Comunidades Campesinas y Nativas, son de dominio del Estado; Que, tratándose de un predio sin inscripción registral, corresponde tramitar la primera inscripción de dominio a favor del Estado, del predio de 2 675,85 m²,de conformidad con el artículo 38º del Reglamento de la Ley Nº 29151, aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA y la Directiva Nº 001-2002/SBN, modifi cada por la Directiva Nº 003-2004/SBN, que regulan el trámite de primera inscripción de dominio de predios a favor del Estado; Que, los incisos a) y p) del artículo 44º del Reglamento de Organización y Funciones de la SBN aprobado por Decreto Supremo Nº 016-2010- VIVIENDA, facultan a la Subdirección de Administración del Patrimonio Estatal, a sustentar y aprobar los actos de adquisición y administración de los bienes estatales bajo su competencia, así como a emitir las resoluciones en materia de su competencia; De conformidad con la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA y modifi catorias; y, Estando a los fundamentos expuestos en el Informe Técnico Legal Nº 0529-2015/SBN-DGPE-SDAPE de fecha 18 de mayo de 2015 (fojas 22-25); SE RESUELVE: Artículo 1º.- Disponer la primera inscripción de dominio a favor del Estado del predio de 2 675,85 m², ubicado a 300 metros al Este del Asentamiento Humano “Proyecto Integral Santa María Virgen de Lourdes”, distrito de Villa María del Triunfo, provincia y departamento de Lima; según plano y memoria descriptiva que sustentan la presente resolución. Artículo 2º.- La Zona Registral Nº IX- Sede Lima de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, por el mérito de la presente resolución, efectuará la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno