Norma Legal Oficial del día 07 de junio del año 2015 (07/06/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 44

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Visto el Expediente N° 448-2015/SBN-SDAPE, correspondiente al tramite de primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 66 507,47 m2, ubicado en la MORDAZA Noroeste de la jurisdiccion del distrito de MORDAZA, al Sur de la desembocadura del Rio MORDAZA y a 1.70 kilometros al Norte del Muelle de MORDAZA del distrito y provincia de MORDAZA, departamento de Ica, y; CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales - SBN, es el Ente Rector del Sistema Nacional de Bienes Estatales encargado de normar y supervisar las acciones que realicen las entidades que conforman el mencionado Sistema, en materia de adquisicion, disposicion, administracion y registro de los bienes estatales a nivel nacional, asi como de ejecutar dichos actos respecto de los bienes estatales que se encuentran bajo su competencia, procurando optimizar su uso y valor, conforme a la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA; Que, revisada la base grafica de propiedades con la que cuenta esta Superintendencia, se identifico el terreno eriazo de 66 507,47 m2, ubicado en la MORDAZA Noroeste de la jurisdiccion del distrito de MORDAZA, al Sur de la desembocadura del Rio MORDAZA y a 1.70 kilometros al Norte del Muelle de MORDAZA del distrito y provincia de MORDAZA, departamento de Ica,que se encontraria libre de inscripcion registral; Que, solicitada la consulta catastral pertinente, la MORDAZA Registral N° XI - Sede Ica, remitioel Informe Tecnico N°16202014-Z.R.N°XI/URC-PISCO de fecha 05 de agosto del 2014 (fojas 05 y 06),respecto del predio de 37 729,80 m², informandoque el predio materia de consulta se encuentra en una MORDAZA donde no se tiene informacion grafica, por lo que no es posible determinar si existe predio inscrito o no en la MORDAZA de estudio.Ademas, advierte que el predio en consulta se encuentra dentro de la MORDAZA de amortiguamiento cuyas areas son adyacentes a los limites de las areas naturales protegidas, que conforman espacios de transicion entre las zonas protegidas y el entorno, de acuerdo a la RJ465-2002-INRENA, segun la base cartografica catastral de las propiedades inscritas con las que cuenta la Oficina de Catastro de la MORDAZA Registral N° XI. Asimismo, advierte queel predio se encuentra parcialmente en la MORDAZA de dominio restringido absoluto y de restriccion relativa, de acuerdo a la Ley N° 26856 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 050-2006-EF; Que, solicitada la consulta catastral pertinente, la MORDAZA Registral N° XI - Sede Ica, remitio el Informe Tecnico N°1626-2014-Z.R.N°XI/URC-PISCO de fecha 06 de agosto del 2014 (fojas 07 y 08),respecto del predio de 39 911,71 m², informando que el predio materia de consulta se encuentra en una MORDAZA donde no se tiene informacion grafica, por lo que no es posible determinar si existe predio inscrito o no en la MORDAZA de estudio. Ademas, advierte queel predio en consulta se encuentra dentro de la MORDAZA de amortiguamiento cuyas areas son adyacentes a los limites de las areas naturales protegidas, que conforman espacios de transicion entre las zonas protegidas y el entorno, de acuerdo a la RJ465-2002-INRENA, segun la base cartografica catastral de las propiedades inscritas con las que cuenta la Oficina de Catastro de la MORDAZA Registral N° XI. Asimismo, advierte queel predio se encuentra parcialmente en la MORDAZA de dominio restringido absoluto y de restriccion relativa, de acuerdo a la Ley N° 26856 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 050-2006-EF; Que, las areas 37 729,80 m² y 39 911,71 m² corresponden a terrenos que dada su ubicacion son continuos, por lo que resulta conveniente integrarlos en una sola area, resultando un predio con un area total de 77 641,51m²,sin embargo, se efectua el recortede un area de 11 134,04 m²,por formar parte de la desembocadura del Rio MORDAZA, obteniendosecomo resultante un area total de 66 507,47m²; Que, realizada la inspeccion tecnica el dia 18 de febrero de 2015 (fojas 16), por causa de las inundaciones que dificultaron la accesibilidad a la MORDAZA, no se ha podidorecorrer el predio, sin embargo se ha superpuesto el poligono del predio en imagenes satelitales de Google Earth,se observo que el predio es de naturaleza eriaza, ribereno al mar, de forma irregular y topografia plana, el suelo es de textura arenosa, libre de ocupaciones; Que, conforme alos articulos 1° y 2° de la Ley N° 26856, Ley de Playas, se establece que las playas del litoral de

El Peruano MORDAZA 7 de junio de 2015

la Republica son bienes de uso publico, inalienables e imprescriptibles; Que, el articulo 8° del Decreto Supremo N° 050-2006EF que aprueba el Reglamento de la Ley N° 26856,Ley de Playas, establece como "Zona de Playa Protegida" a la extension superficial que comprende tanto el area de playas del litoral de la Republica como a la MORDAZA de dominio restringido; Que, el articulo 2° del Decreto Supremo N° 010-2008VIVIENDA, establece que la inmatriculacion de la MORDAZA de Playa Protegida y de los terrenos de propiedad estatal ubicados en la MORDAZA de Dominio Restringido en el Registro de Predios, se efectuara mediante Resolucion de la SBN; Que, el articulo 39° del Reglamento de la Ley N° 29151 aprobado por Decreto Supremo N° 007-2008VIVIENDA, dispone que la inmatriculacion en el Registro de Predios de los predios ubicados en MORDAZA de playa y de los terrenos de propiedad estatal ubicados en las MORDAZA de dominio restringido corresponde a la SBN, la que debera disponerse mediante resolucion respectiva y que conjuntamente con la memoria descriptiva y el plano perimetrico ­ ubicacion que la sustente, constituyen titulo suficiente para todos los efectos legales; Que, el articulo 23° de la Ley N° 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales, establece que los predios que no se encuentren inscritos en el Registro de Predios y que no constituyan propiedad de particulares, ni de las Comunidades Campesinas y Nativas, son de dominio del Estado; Que, encontrandose el terreno en cuestion en zonade playaprotegida de dominio publico, corresponde tramitar la primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno 66 507,47 m2, de conformidad con el articulo 39° del Reglamento de la Ley N° 29151, aprobado por Decreto Supremo N° 007-2008-VIVIENDA y el articulo 2° del Decreto Supremo N° 010-2008-VIVIENDA, que regula la inmatriculacion en el Registro de Predios de la MORDAZA de Playa Protegida y la MORDAZA de Dominio Restringido; Que, los incisos a) y p) del Articulo 44° del Reglamento de Organizacion y Funciones de la SBN aprobado por Decreto Supremo Nº 016-2010-VIVIENDA, de fecha 21 de diciembre de 2010, facultan a la Subdireccion de Administracion del Patrimonio Estatal, a sustentar y aprobar los actos de adquisicion y administracion de los bienes estatales bajo su competencia, asi como a emitir las Resoluciones en materia de su competencia; De conformidad con la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA y modificatorias; Estando a los fundamentos expuestos en el Informe Tecnico Legal Nº 0590-2015/SBN-DGPE-SDAPE de fecha 27 de MORDAZA de 2015 (fojas 17 al 20); SE RESUELVE: Articulo 1°.-Disponer la primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno de dominio publicode 66 507,47 m2, ubicado en la MORDAZA Noroeste de la jurisdiccion del distrito de MORDAZA, al Sur de la desembocadura del Rio MORDAZA y a 1.70 kilometros al Norte del Muelle de MORDAZA del distrito y provincia de MORDAZA, departamento de Ica,segun el plano y memoria descriptiva que sustentan la presente Resolucion. Articulo 2°.- La MORDAZA Registral N° XI - Sede Ica de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos, por el merito de la presente Resolucion, efectuara la primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno descrito en el articulo precedente en el Registro de Predios de Pisco. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA WONG Subdirector de Administracion del Patrimonio Estatal 1247140-27 SUBDIRECCION DE ADMINISTRACION DEL PATRIMONIO ESTATAL RESOLUCION N° 440-2015/SBN-DGPE-SDAPE San MORDAZA, 28 de MORDAZA del 2015

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