Norma Legal Oficial del día 20 de junio del año 2015 (20/06/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 52

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de proveedor de suministro electrico", "Resolucion de reclamo del proveedor de energia electrica" y "Boleta de reclamo a empresa electrica" presentada por MOVISTAR, es posible determinar la causa reportada, debido a que: Documentos presentados por la EO Carta de proveedor de suministro electrico Detalle de la evaluacion Documentos presentados por la EO

El Peruano Sabado 20 de junio de 2015

Detalle de la evaluacion

El contenido de la documentacion permite verificar que efectivamente ocurrio el hecho acaecido manifestado por la EO, toda vez que ha sido comunicado a la entidad correspondiente. La documentacion permite verificar Resolucion de que el reclamo presentado por la EO reclamo del ante su proveedor de energia electrica proveedor de energia fue declarado fundado, toda vez que el electrica proveedor reconoce que efectivamente ocurrio el corte de energia electrica. El contenido de la documentacion permite verificar que efectivamente ocurrio el hecho acaecido manifestado por la EO, toda vez que la EO presento un reclamo por corte de energia electrica ocurridos en la red de la EO.

Boleta de reclamo a empresa electrica

Al respecto, del analisis efectuado al "Informe tecnicoenergia.durante", la GFS determina que la siguiente documentacion14 no demuestra la causa reportada, debido a que: Documentos presentados por la EO Informe tecnicoenergia.durante (...) · Para el caso de "Robo/Hurto"15, la GFS determina que respecto a la: "Constatacion policial" presentada por MOVISTAR, es posible determinar la causa reportada, debido a que: (...) Documentos presentados por la EO Informe Tecnicorobo/hurto.ex- ante Documentos presentados por la EO Informe Tecnicorobo/hurto.durante Documentos presentados por la EO Medidas adoptadasrobo/hurto.(ex-post) (...) En el caso de los treinta y cinco (35)16 casos de interrupciones, la GFS determino que los medios probatorios presentados por TELEFONICA MOVILES no demuestran la causa reportada, debido a que: Detalle de la evaluacion (Ex - ante) La documentacion senala los mecanismos de proteccion que tiene las estaciones bases de la EO, asimismo senala los elementos de red que fueron sustraidos por terceros que afectaron el servicio de telefonia movil. Detalle de la evaluacion (Durante) La documentacion remitida senala la ubicacion del elemento afectado, el MORDAZA de red afectado, y los procedimientos realizados para el restablecimiento de los servicios afectados. Detalle de la evaluacion (Ex ­ Post) La EO no remite informacion sobre medidas adoptadas ante estos eventos (Ex - post) Detalle de la evaluacion La documentacion unicamente relata lo acontecido, mas no determina tecnicamente lo que genera la interrupcion. En consecuencia, no permite acreditar la causa de la interrupcion.

La documentacion unicamente relata lo acontecido, mas no determina Informe Tecnico tecnicamente lo que genera la interrupcion. En consecuencia, no permite acreditar la causa de la interrupcion. Este MORDAZA de grafico nos permite verificar la fecha y Registro de trafico fecha y hora de inicio, y, como el hora de fin de la interrupcion; asi servicio afectado. La documentacion solo permite verificar que la empresa operadora emitio la carta, mas no permite determinar con certeza que Carta a Empresa la referida documentacion fue recibida por Electrica sin sello de la empresa proveedora del servicio electrico recepcion debido a que no esta consignado el sello de recepcion de dicha empresa, donde se pueda verificar la fecha y hora de recepcion de la misma. El correo electronico cursado parcialmente solo permite verificar que la empresa operadora emitio el correo, mas no permite certeza que la referida Correo electronico. determinar confue recibida por la empresa documentacion parcial proveedora del servicio debido a que no esta consignado la recepcion ni la respuesta de dicha empresa, donde se pueda verificar la fecha y hora de la misma. Cabe precisar que, conforme se desprende del articulo 49° del TUO de las Condiciones de Uso, no basta con reportar la ocurrencia de la interrupcion y presentar documentacion que acredite la ocurrencia del hecho; pues adicionalmente, correspondera a la autoridad administrativa evaluar si la misma resulta suficiente para crear conviccion de la presencia de una causal de exencion de responsabilidad, como es el caso fortuito, fuerza mayor u otra circunstancia fuera del control de la empresa operadora. Lo indicado, se encuentra claramente senalado en la Exposicion de Motivos de la Resolucion de Consejo Directivo Nº 084-2006-CD/OSIPTEL, publicada el 7 de enero de 2007, la cual modifica en parte el texto de la Resolucion de Consejo Directivo N° 116-2003-CD/ OSIPTEL, donde se hace referencia al articulo 39° de dicha MORDAZA (cuyo texto, permanece invariable en el actual articulo 49° del TUO de las Condiciones de Uso), como se muestra a continuacion: "Dicha consecuencia sera igualmente aplicable en los casos en los que aun habiendo comunicado tales eventos a OSIPTEL de conformidad con el numeral (i) del articulo 39°, este Organismo determinase que la acreditacion adjunta a esta MORDAZA es incompleta o carece de algun elemento determinante para crear conviccion sobre la naturaleza juridica de dichos eventos (acreditacion defectuosa); o cuando aun habiendo acreditado la ocurrencia de tales eventos, dicha acreditacion resulta insuficiente para que los mismos puedan ser calificados como producto de una causa no imputable a la empresa operadora (acreditacion insuficiente). Del mismo modo, en caso la MORDAZA del cronograma o plan de trabajo de la empresa operadora no resulte razonable y proporcional para la reparacion y reposicion del servicio interrumpido, OSIPTEL determinara como improcedente el mismo (...)." (Subrayado agregado)

14

15 16

La informacion remitida por MOVISTAR el "Informe Tecnico", fue analizado como "Informe tecnico-energia. durante". Tickets N° 221347 Tickets Nº 219180, 219377, 219378, 219447, 219608, 220167, 220256, 220310, 220519, 220520, 220521, 220523, 220571, 220777, 220924, 221233, 221283, 221284, 221348, 221726, 221775, 222030, 222031, 222032, 222175, 222176, 222653, 222654, 222655, 222936, 223023, 223286, 223287, 223288, 223339.

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