Norma Legal Oficial del día 24 de junio del año 2015 (24/06/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 45

El Peruano Miercoles 24 de junio de 2015

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VISTO Y CONSIDERANDO: Mediante Oficio N° 001133-2015-MP-FN-PJFS de fecha 26 de MORDAZA de 2015, el senor Presidente de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Tumbes, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, informo de la invitacion cursada por la Gobernadora Regional de Tumbes de la Oficina Nacional de Gobierno Interior, para la participacion del Ministerio Publico en la "XII Reunion Binacional del Comite de Frontera de Tumbes - El Oro", que se llevara a cabo en la MORDAZA de Machala, Republica del Ecuador, el dia 12 de junio de 2015; El evento en mencion tiene como objetivo fortalecer la coordinacion y cooperacion entre las instituciones de la Funcion Ejecutiva y Gobiernos Autonomos Descentralizados de la Provincia de El Oro, Ecuador y la Region de Tumbes Peru, en cumplimiento de los acuerdos establecidos en los Comites de Frontera con miras a consolidar la integracion fronteriza binacional; Para tal efecto, se solicita la participacion de los doctores MORDAZA MORDAZA Quinde MORDAZA, Fiscal Provincial Titular de la Fiscalia Provincial de Prevencion del Delito de Tumbes y MORDAZA MORDAZA Avendano MORDAZA, Fiscal Provincial Titular de la Fiscalia Provincial Especializada en Delitos Aduaneros y Contrabando de Tumbes, para que asistan al evento en mencion; El cumplimiento de lo dispuesto en la presente resolucion, sera con cargo al presupuesto institucional del Ministerio Publico; Contando con los vistos de la Gerencia General, Oficina de Asesoria Juridica, Gerencias Centrales de Finanzas y Logistica; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 30281, Ley del Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2015; Ley Nº 27619, que regula la Autorizacion de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Publicos; su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, modificado por el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM, asi como por las Resoluciones N° 1753-2013-MP-FN y N° 602-2013MP-FN-GG; y, en uso de las atribuciones conferidas por el articulo 64° del Decreto Legislativo N° 052, Ley Organica del Ministerio Publico; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar en via de regularizacion el viaje de los doctores MORDAZA MORDAZA QUINDE MORDAZA, Fiscal Provincial Titular de la Fiscalia Provincial de Prevencion del Delito de Tumbes y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Fiscal Provincial Titular de la Fiscalia Provincial Especializada en Delitos Aduaneros y Contrabando de Tumbes, otorgandoles licencias con goce de haber por el 12 de junio de 2015, para los fines descritos en la presente resolucion. Articulo Segundo.- Encargar la Fiscalia Provincial de Prevencion del Delito de Tumbes, al doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA SIMBALA, Fiscal Adjunto Provincial del referido Despacho Fiscal, mientras dure la ausencia del Titular. Articulo Tercero.- Encargar la Fiscalia Provincial Especializada en Delitos Aduaneros y Contrabando de Tumbes, al doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Fiscal Adjunto Provincial Titular del referido Despacho Fiscal, mientras dure la ausencia del Titular. Articulo Cuarto.- Disponer que la Gerencia General, proceda a la adquisicion de pasajes terrestres y asignacion de viaticos que correspondan. Articulo Quinto.- Hacer de conocimiento la presente resolucion, a la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Tumbes, Gerencia General, Gerencias Centrales de Potencial Humano, Logistica y Finanzas, Oficina de Registro y Evaluacion de Fiscales y a los Fiscales mencionados para los fines pertinentes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Fiscal de la Nacion (e) 1254765-2

OFICINA NACIONAL DE PROCESOS ELECTORALES
Aprueban diseno de cedula de sufragio para la Consulta Vecinal con fines de demarcacion territorial en los Centros Poblados 8.4½, CP4, CP5, San MORDAZA - San MORDAZA, CP6 y CP14 MORDAZA MORDAZA, ubicados en los distritos de Tambo Grande y Las MORDAZA, de la provincia y departamento de MORDAZA
RESOLUCION JEFATURAL N° 000193-2015-J/ONPE MORDAZA, 23 de junio de 2015 VISTOS: el Informe N° 000039-2015-GGE/ONPE de la Gerencia de Gestion Electoral, el Informe N° 0001002015-GG/ONPE de la Gerencia General, asi como el Informe N° 000286-2015-GAJ/ONPE de la Gerencia de Asesoria Juridica; y, CONSIDERANDO: Que, la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) es un organismo constitucionalmente MORDAZA que cuenta con personeria juridica de derecho publico interno y goza de atribuciones en materia tecnica, administrativa, economica y financiera, siendo la autoridad MORDAZA en la organizacion y ejecucion de los procesos electorales, de referendum y otros tipos de consulta popular a su cargo; Que, el articulo 37° de la Ley N° 26859, Ley Organica de Elecciones, establece que la ONPE tiene a su cargo la organizacion y ejecucion de los procesos electorales y consultas populares. Ejerce sus atribuciones y funciones con sujecion a la Constitucion, la presente ley y su Ley Organica N° 26487; Que, en concordancia con lo MORDAZA senalado, la Tercera Disposicion Complementaria de la Ley N° 27795, Ley de Demarcacion y Organizacion Territorial, establece que la ONPE conduce los procesos de referendum que se convoquen para fines de creacion de regiones, con arreglo a ley. Asimismo, realizara las consultas vecinales a que se refiere el articulo 12°, a solicitud del organo tecnico de la Presidencia del Consejo de Ministros. En los casos no contemplados en el parrafo precedente, brindara el apoyo correspondiente, a solicitud del organo tecnico de la Presidencia del Consejo de Ministros; Que, por su parte, el literal c) del articulo 20° del Reglamento de la Ley N° 27795, aprobado por Decreto Supremo N° 019-2003-PCM, dispone que las acciones de demarcacion territorial que requieran acreditar la opinion mayoritaria de la poblacion involucrada podran recurrir al referendum y/o consulta vecinal, siendo organizadas y conducidas por los organismos del sistema electoral. En ese sentido, de manera excepcional, en el caso de areas periurbanas y rurales se realizara segun el grado de complejidad y conflictividad, determinado por el organo tecnico del Gobierno Regional, refrendado por la Direccion Nacional Tecnica de Demarcacion Territorial de la Presidencia del Consejo de Ministros en las acciones de demarcacion y organizacion territorial; Que, asimismo, el MORDAZA parrafo del articulo 21° del citado Reglamento, dispone que en el caso de areas periurbanas y rurales los organismos electorales efectuaran la consulta a solicitud de la DNTDT de la Presidencia del Consejo de Ministros en coordinacion con el organo tecnico de demarcacion territorial del Gobierno Regional, quien determinara el nivel de complejidad y conflictividad identificado durante el MORDAZA de demarcacion y organizacion territorial; Que, mediante Resolucion N° 0074-2015-JNE el MORDAZA Nacional de Elecciones (JNE) convoca a Consulta Vecinal con fines de demarcacion territorial en los centros poblados de 8.4½, CP4, CP5, San MORDAZA ­ San MORDAZA, CP6 y CP14 MORDAZA MORDAZA, ubicados en los distritos de Tambo Grande y Las MORDAZA, de la provincia y departamento de MORDAZA, para el MORDAZA 23 de agosto de 2015; Que, de conformidad con los literales b) y c) del articulo 5° de la Ley N° 26487, Ley Organica de la ONPE, es funcion

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