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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE JUNIO DEL AÑO 2015 (24/06/2015)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 51

El Peruano Miércoles 24 de junio de 2015 555777 sería aprobada por el Concejo Metropolitano se detalla en el siguiente cuadro: Cuadro 2: Valor Total de Tasación Nro. Partida Registral / Expediente Área a Expropiar Valor de Tasación (1) 10% del Valor de Tasación (2) Valor Total de Tasación (1) + (2) 1 Partida N° 44423677 EXP. N° PS-O-005 603.22 m2 S/. 1,304,170.29 S/. 130,417.03 S/. 1,434 587.32 Que, de acuerdo con lo dispuesto en el numeral 5.4 del Artículo 5° de la Ley N° 30025, el valor total de tasación del inmueble indicado en el Cuadro 1 deberá contener como mínimo lo siguiente: a) Identifi cación del sujeto activo y del sujeto pasivo de la expropiación; b) Identifi cación precisa del bien, estableciendo los linderos, medidas perimétricas y el área total, de acuerdo a las coordenadas UTM de validez universal; así como la referencia al informe expedido por la Ofi cina de Catastro del Registro respectivo, y/o el Certifi cado de Búsqueda Catastral, según corresponda; c) La orden de notifi cación al sujeto pasivo del bien a expropiarse; y d) La orden de anotación preventiva ante la correspondiente ofi cina registral del Registro de Predios de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (SUNARP); Que, en el Informe Técnico Legal N° 010-2015-MML- GPIP-SGCPP-AL, de fecha 19 de mayo de 2015, se señala que, en relación a la información exigida conforme a lo dispuesto en los literales a) y b) del numeral 5.4 del Artículo 5° de la Ley N° 30025, se ha cumplido con efectuar la identifi cación del sujeto activo y del sujeto pasivo de la expropiación, así como la identifi cación precisa del bien a expropiar, en base a la información contenida en el expediente indicado en el Cuadro 1. La identifi cación del sujeto activo, del sujeto pasivo y del bien a ser expropiado se detalla en el Anexo 1 que forma parte del presente Acuerdo; Estando a los considerandos antes señalados, en uso de las facultades conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N° 27972, y de conformidad con lo opinado por las Comisiones Metropolitanas de Asuntos Económicos y Organización y de Asuntos Legales en su Dictámenes N° 58-2015-MML-CMAEO y 33-2015-MML- CMAL; ACORDÓ: Artículo Primero.- Aprobar el valor total de tasación del inmueble afectado por la ejecución del Proyecto Vías Nuevas de Lima que se detalla en el Anexo 1, el mismo que se indica en el siguiente cuadro: Nro. Partida Registral / Expediente Área a Expropiar Valor de Tasación (1) 10% del Valor de Tasación (2) Valor Total de Tasación (1) + (2) 1 Partida N° 44423677 EXP. N° PS-O-005 603.22 m2 S/. 1,304,170.29 S/. 130,417.03 S/. 1,434 587.32 Artículo Segundo.- Autorizar a la Gerencia de Promoción de la Inversión Privada que ejecute el proceso de expropiación en la etapa del trato directo, a que se refi ere el Artículo 4° de la Ley N° 30025 y, por tanto, inicie las negociaciones para la adquisición del predio que se indica en el Anexo 1 del presente Acuerdo, siempre y cuando se hayan cumplido los presupuestos establecidos en la Ley N° 30025. Artículo Tercero.- Encargar a la Gerencia de Promoción de la Inversión Privada efectuar la notifi cación a la que se refi ere el literal c) del numeral 5.4 del Artículo 5° de la Ley N° 30025, debiendo notifi car el presente Acuerdo de Concejo al propietario del inmueble a ser expropiado, conforme se indica en el Anexo 1, el mismo que será publicado en la página web de la Municipalidad Metropolitana de Lima. Artículo Cuarto.- Encargar a la Gerencia de Promoción de la Inversión Privada efectuar la anotación preventiva de la expropiación ante la correspondiente Ofi cina Registral del Registro de Predios de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, conforme a lo establecido en el literal d) del numeral 5.4 del artículo 5º de la Ley Nº 30025. Artículo Quinto.- Encargar a la Secretaría General del Concejo publicar el presente Acuerdo en el Diario Ofi cial El Peruano, así como en el página web de la Municipalidad Metropolitana de Lima. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. LUIS CASTAÑEDA LOSSIO Alcalde de Lima 1254205-1 MUNICIPALIDAD DE PUENTE PIEDRA Disponen el embanderamiento general de los inmuebles del distrito DECRETO DE ALCALDÍA Nº 006-2015-MDPP Puente Piedra, 15 de junio del 2015 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUENTE PIEDRA VISTO: El Informe Nº 021-2015-SGCII-SG-MDPP de la Subgerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional, solicita Embanderamiento General del Distrito de Puente Piedra por el 194º Aniversario de la Proclamación de la Independencia del Perú, el Informe Legal Nº 196-2015- GAJ/MDPP de la Gerencia de Asesoría Jurídica; y CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, establece que “las Municipalidades Provinciales y Distritales son órganos de Gobierno Local, tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia”; Que, el día 28 de julio del presente año se celebra el 194º Aniversario de la Proclamación de la Independencia del Perú; Que, es un deber del Gobierno Local, incentivar la participación cívica de los vecinos, resaltando los valores y el respeto a los símbolos patrios; Que, este acto cívico se enmarca dentro de la política del actual gobierno municipal de resaltar los hechos históricos con el propósito de remarcar nuestra identidad, así como la conciencia cívica a través de la celebración de actos culturales y artísticos, es conveniente propiciar una mayor identifi cación patriótica mediante el embanderamiento, limpieza y pintado de las fachadas de los inmuebles del Distrito de Puente Piedra, lo que mejora el ornato; Que, de conformidad a lo establecido en el inciso 6) del artículo 20º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; SE DECRETA: Artículo Primero.- Disponer el embanderamiento general de las viviendas, locales comerciales e instituciones públicas y privadas ubicados en la jurisdicción del Distrito de Puente Piedra a partir del 20 de Julio hasta el 31 de Julio del 2015, por el 194º Aniversario de la Proclamación de la Independencia del Perú. Artículo Segundo.- Recomendar a los vecinos del Distrito de Puente Piedra, el pintado de las fachadas de las viviendas, locales públicos y privados así como la limpieza del frontis de sus inmuebles. Artículo Tercero.- Encargar el cumplimiento del presente Decreto a la Gerencia de Seguridad Ciudadana y Fiscalización. Artículo Cuarto.- Encargar a la Secretaria General la publicación del presente Decreto. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. MILTON F. JIMENEZ SALAZAR Alcalde 1254002-1