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El Peruano Miércoles 18 de marzo de 2015 548877 de manera previa a la venta de lotes.” Estableciéndose en el Reglamento de la Ley Nº 29090 el procedimiento y requisitos para la aprobación de la Recepción de Obras de Habilitación Urbana. Que, el artículo 36º y siguientes del Reglamento de la Ley Nº 29090, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 008-2013-VIVIENDA, establecen el procedimiento y requisitos para la aprobación de la Recepcción de Obras de Habilitación Urbana. Que bajo esta premisa normativa, la empresa Minera Yanacocha S.R.L., debidamente representada por su apoderado el Sr. Wilby Daniel Cáceres Pinedo, mediante Formulario Único de Habilitación Urbana – FUHU con Registro Administrativo Nº 71911-2014, solicitó la Recepción de Obras del Proyecto de Habilitación Urbana denominado “Los Eucaliptos”. Que, el área técnica de la Sub Gerencia de Desarrollo Urbano y Catastro, ha verifi cado que el proyecto presentado cumple con todos los requisitos establecidos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos de esta Institución, tal como costa en el Informe N° 302- 2014-LRG-SGDUyC-GDT-MPC. Asimismo, se encuentra acreditado con el Acta de entrega y Recepción de obra (Fs. 133-134) la instalación de agua potable domiciliarias; con la Carta Nº 831-2014-GG/EPS SEDACAJ S.A., suscrita por el Gerente General, dado la conformidad de la Obra ejecutada “Mejoramiento de Red de Alcantarillado Sanitario Urbanización Los Eucaliptos”, certifi cándose además que la red de alcantarillado sanitario así como las conexiones domiciliarias de dicha Urbanización, están siendo operadas y administradas por la EPS. SEDACAJ S.A. Que la administrada Minera Yanacocha S.R.L., ha cumplido con acreditar la Recepción de Obra del proyecto: “Red de Distribución Primaria 10KV, Red de Distribución Secundaria 380/220V y Acometidas Domiciliarias para la Urbanización Los Eucaliptos”, tal como consta en la Carta CJ Nº 4142-2014 (Fs. 122) suscrita por el Jefe de la Unidad de Negocios Hidrandina, así como en la Resolución de Recepción de Obra Nº CJ- 0035-2014 (FS. 119-121). Asimismo en cumplimiento de lo establecido en el Reglamento de Inscripciones del Registro de Predios de la SUNARP, la administrada ha cumplido con anexar la valorización de las obras de la Habilitación Urbana los Eucaliptos. Verifi cándose en el panel fotográfi co anexado en el Informe Técnico en referencia que efectivamente las vías se encuentran pavimentadas. Que, considerando, que el proyecto de Habilitación Urbana, aprobada mediante Resolución de Alcaldía N° 310-2009-A-MPC, ha sufrido una variación respecto al Aporte de “Recreación Pública”, debido a que mediante Ordenanza Municipal Nº 325-2010-CMPC, se incorporó la “Avenida Huacariz”, a la trama vial de la ciudad de Cajamarca, con una sección transversal de 25.00 ml., modifi cando el trazo de la Vía Arterial (entre Quebrada Los Chilcos y Mártires de Uchuracay), generando, de esta manera, que el área Recreación Pública quede dividida en 2 partes (Recreación 01 y Recreación 02). En este sentido, mediante Informe Nº 0360-2014- PFR-SGDUyC-GDT-MPC, se establece que el área de Recreación aprobada mediante Resolución de Alcaldía Nº 310-2009-A-MPC, con la extensión superfi cial de 2,882.00 m², ha variado a la extensión superfi cial de: 2,887.24 m² (Recreación 01: 1,510.57 m² y Recreación 02: 1,376.67 m²) y Que, mediante Informe Legal Nº 467-2014-AL-SGDU y C–GDT-MPC de fecha 18 de diciembre del 2014, emitido por el Área Legal de la Subgerencia de Desarrollo Urbano y Catastro se concluye que habiéndose verifi cado (i) la conformidad otorgada por las empresas prestadoras de los servicios de agua potable, alcantarillado y electricidad, (ii) el cumplimiento de los requisitos previstos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos vigente, (iii) acreditado la transferencia de las áreas de aportes reglamentarios correspondiente al predio matriz mediante la presentación de las Minutas a las entidades receptoras, así como (iv) la ejecución de las obras de habilitación urbana a cargo de MINERA YANACOCHA S.R.L., es procedente su aprobación y reconocimiento de la ejecución de obras realizadas a través de la Resolución pertinente. Respecto a la entrega de aportes, la empresa habilitadora, ha cumplido con presentar las minutas elevadas a Escritura Pública N° 2313 (96-102), conteniendo la transferencia de Parques Zonales y Escritura Pública N° 2314 (86-92), correspondiente al Aporte de Otros Fines, ambas a favor de la Municipalidad Provincial de Cajamarca. Asimismo anexa copia de la Minuta de transferencia de Propiedad a la Dirección Regional de Educación – Cajamarca (Fs. 93 al 95). Se Precisa que con la aprobación de la presente Resolución la Empresa Minera Yanacocha deberá formalizar la transferencia de los Aportes de Recreación Pública. Asimismo la referida empresa ha cumplido con cancelar los Derechos por concepto de Recepción de Obras, tal como consta en el Recibo N° 80581 (Fs. 213-214). Que, estando a los fundamentos expuestos en la parte considerativa, y en atención a lo prescrito en el artículo 39º de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972, en el último párrafo, establece que, las Gerencias resuelven los aspectos administrativos a su cargo a través de resoluciones y directivas. SE RESUELVE: Artículo Primero.- APROBAR LA RECEPCIÓN DE OBRA CON VARIACIONES DE LA HABILITACIÓN URBANA “ LOS EUCALIPTOS”, solicitada por la empresa MINERA YANACOCHA S.R.L., debidamente representado por su apoderado Wilby Daniel Cáceres Pinedo, del predio de 36,025.00 m2, declarado habilitado, en 05 manzanas y 62 lotes, mediante Resolución de Alcaldía N° 310- 2009-A-MPC de fecha 09 de setiembre de 2009, inscrito en la Partida Electrónica N° 11091251 del Registro de Predios de la Ofi cina Registral de Cajamarca, por cuanto sus variaciones no son sustanciales de conformidad con los Informes del Área Técnica de la Sub Gerencia de Desarrollo Urbano y Catastro y el Plano de Replanteo de Trazado y Lotización, que forma parte de la presente resolución. El detalle de las áreas modifi cadas producto del replanteo, es como se describe a continuación: APORTES DE RECREACIÓN área total = 2,887.24 m2 ÁREAS m2 VÉRTICE COORDENADAS UTM ESTE NORTE Recreación Pública 1 ÁREA = 1,510.57 m2 136 777,201.2099 9,205.0004341 137 777,186.2455 9,204,980.2765 138 777,200.9305 9,204,954.2494 139 777,203.5930 9,204,955.0210 140 777,226.1080 9,204,961.5460 141 777,243.7790 9,204,968.8300 142 777,248.4039 9,204.970.7703 143 777,249.6260 9,204,975.0344 144 777,213.5525 9,204,931.8786 Recreación Pública 2 ÁREA = 1,376.67 m2 145 777,234.3706 9,204.937.9254 146 777,253.3786 9,204,945.7464 147 777,260.7329 9,204,948.8318 148 777,241.6100 9,204,882.1500 Asimismo, se precisa que la Manzana “J”, ha sufrido una variación quedando con las siguientes coordenadas y áreas: Coordenadas UTM del Lote N° 01 – Manzana. J ÁREA = 199.96 m2 Vértice Este Norte 118 777222.2710 9,205181.0964 119 777227.9620 9,205184.1337 120 777242.5901 9,205156.8116 121 777236.9079 9,205153.7597 Coordenadas UTM del Lote N° 02 – Manzana. J ÁREA = 4,877.00 m2 Vértice Este Norte 119 777227.9620 9205184.1337 120 777242.5901 9205156.8116 121 777236.9079 9205153.7597 149 777250.6025 9205128.1796 150 777258.5576 9205113.3204 124 777282.3150 9205090.8664 123 777302.0660 9205159.7594 122 777274.1620 9205208.8694 Artículo Segundo.- DECLARAR CUMPLIDAS LAS OBRAS de agua potable, alcantarillado y electrifi cación, por la empresa MINERA YANACOCHA S.R.L, quedando el cuadro general de áreas de la Habilitación Urbana “Eucaliptos”, (de conformidad con el Plano de Replanteo