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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE MARZO DEL AÑO 2015 (28/03/2015)

CANTIDAD DE PAGINAS: 100

TEXTO PAGINA: 25

El Peruano Sábado 28 de marzo de 2015 549639 Nombran Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú ante el Reino de España RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 050-2015-RE Lima, 27 de marzo de 2015 De conformidad con el inciso 12) del artículo 118° de la Constitución Política del Perú, que establece la facultad del señor Presidente de la República de nombrar Embajadores y Ministros Plenipotenciarios, con aprobación del Consejo de Ministros, con cargo a dar cuenta al Congreso de la República; Estando a lo dispuesto en la Primera Disposición Complementaria de la Ley N° 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República y su modifi catoria la Ley N° 29318; y el artículo 64º inciso a) y la Primera Disposición Complementaria del Reglamento de la Ley del Servicio Diplomático de la República, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 130-2003-RE y su modifi catoria el Decreto Supremo Nº 065-2009-RE; Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Nombrar Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en el Reino de España al señor Fortunato Rafael Roncagliolo Orbegoso. Artículo 2°.- Extenderle las Cartas Credenciales y Plenos Poderes correspondientes. Artículo 3°.- La fecha en que deberá asumir funciones será fi jada mediante Resolución Ministerial. Artículo 4°.- Aplicar el egreso que origine la presente Resolución a las partidas correspondientes del Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores. Artículo 5°.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República GONZALO GUTIÉRREZ REINEL Ministro de Relaciones Exteriores 1218187-7 Nombran Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en la República de Polonia RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 051-2015-RE Lima, 27 de marzo de 2015 De conformidad con el inciso 12) del artículo 118° de la Constitución Política del Perú, que establece la facultad del señor Presidente de la República de nombrar Embajadores y Ministros Plenipotenciarios, con aprobación del Consejo de Ministros, con cargo a dar cuenta al Congreso de la República; Estando a lo dispuesto en la Ley N° 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República y su modifi catoria la Ley N° 29318; y su Reglamento aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 130-2003-RE y sus modifi catorias; Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Nombrar Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en la República de Polonia al Embajador en el Servicio Diplomático de la República Alberto Efraín Wilfredo Salas Barahona. Artículo 2°.- Extenderle las Cartas Credenciales y Plenos Poderes correspondientes. Artículo 3°.- La fecha en que el citado funcionario diplomático deberá asumir funciones, será fi jada mediante Resolución Ministerial. Artículo 4°.- Aplicar el egreso que origine la presente Resolución a las partidas correspondientes del Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores. Artículo 5°.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República GONZALO GUTIÉRREZ REINEL Ministro de Relaciones Exteriores 1218187-8 TRABAJO Y PROMOCION DEL EMPLEO Oficializan la “Gran Feria de Promoción de los Derechos de los Trabajadores y Trabajadoras del Hogar”, a realizarse en la ciudad de Lima RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 071-2015-TR Lima, 27 de marzo de 2015 VISTOS: El Proveído N° 1154-2015-MTPE/2 del Despacho Viceministerial de Trabajo, los Ofi cios N°s. 256 y 289-2015-MTPE/2/15 de la Dirección General de Derechos Fundamentales y Seguridad y Salud en el Trabajo y el Informe N° 468-2015-MTPE/4/8 de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, el numeral 5.1 del artículo 5 de la Ley Nº 29381, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, prescribe que el Ministerio es el organismo rector en materia de trabajo y promoción del empleo y ejerce competencia exclusiva y excluyente respecto de otros niveles de gobierno en todo el territorio nacional, en formular, planear, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar las políticas nacionales y sectoriales en las materias socio-laborales, derechos fundamentales en el ámbito laboral, seguridad y salud en el trabajo, entre otros; Que, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2014-TR, señala en su artículo 52 que la Dirección General de Derechos Fundamentales y Seguridad y Salud en el Trabajo es un órgano de línea responsable de formular las políticas públicas y funciones sustantivas orientadas a la promoción de la libertad sindical, la erradicación del trabajo forzoso, la erradicación del trabajo infantil, la igualdad de oportunidades y no discriminación, entre otros derechos fundamentales en el trabajo; así como, en materia laboral para el cumplimiento de la regulación en materia de seguridad en el trabajo; Que, mediante Decreto Supremo N° 005-2007-TR se declaró el día 30 de marzo de cada año como el “Día Nacional de los Trabajadores y Trabajadoras del Hogar”; encargándose al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, como ente responsable de fomentar, establecer, dirigir, supervisar y evaluar la política socio-laboral orientada al empleo con protección social, la organización de las actividades encaminadas a la celebración de este importante día en forma participativa y a nivel nacional, regional y local; Que, bajo este marco legal, la Dirección General de Derechos Fundamentales y Seguridad y Salud en el Trabajo ha programado una actividad de difusión de los derechos laborales de los trabajadores y trabajadoras del hogar, denominada “Gran Feria de Promoción de los Derechos de los Trabajadores y Trabajadoras del Hogar”, en la cual participarán representantes de diversas entidades públicas y privadas;