Norma Legal Oficial del día 28 de marzo del año 2015 (28/03/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 35

El Peruano Sabado 28 de marzo de 2015

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Visto el Expediente Nº 151-2014/SBN-SDAPE, correspondiente al tramite de primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno de 149 999.73 m², ubicado en la MORDAZA norte de la jurisdiccion del distrito de San MORDAZA, provincia de MORDAZA, departamento de Ica; y, CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales - SBN, es el Ente Rector del Sistema Nacional de Bienes Estatales encargado de normar y supervisar las acciones que realicen las entidades que conforman el mencionado Sistema, en materia de adquisicion, disposicion, administracion y registro de los bienes estatales a nivel nacional, asi como de ejecutar dichos actos respecto de los bienes estatales que se encuentran bajo su competencia, procurando optimizar su uso y valor, conforme a la Ley Nº 29151 - Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales - y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA; Que, revisada la base grafica de propiedades con la que cuenta esta Superintendencia, se identifico el terreno de 149 999.73 m², ubicado en la MORDAZA norte de la jurisdiccion del distrito de San MORDAZA, provincia de MORDAZA, departamento de Ica; Que, mediante Oficio Nº 119-2014-ZRNºXI-ORP/RP de fecha 24 de enero 2014 (fojas 107), la MORDAZA Registral Nº XI-Sede Ica remite el Certificado de Busqueda Catastral (Fojas 108 al 109) de fecha 20 de enero de 2014, sobre la base del Informe Tecnico Nº 0019-2014SUNARP-ZRXI//UR de fecha 09 de enero de 2014, se informa que el predio materia de consulta se encuentra en una MORDAZA donde no se tiene informacion grafica, por lo que no es posible determinar si existen predios inscritos o no, asimismo se advierte que el predio se encuentra dentro de la MORDAZA de Amortiguamiento cuyas areas son adyacentes a los limites de las areas naturales protegidas (Reserva Natural de Paracas), que conforman espacios de transicion entre las zonas protegidas y el entorno. Que, el tercer parrafo del articulo 16º del Reglamento de Inscripciones del Registro de Predios, aprobado por Resolucion del Superintendente Nacional de los Registros Publicos Nº 097-2013-SUNARP-SN indica que no impide la inmatriculacion, el informe tecnico que senale la imposibilidad de determinar si el predio se encuentra inscrito o no; Que, las Zonas de Amortiguamiento de la Reserva Nacional de Paracas ­ RNP son aquellos espacios adyacentes a las Areas Naturales Protegidas del SINANPE, que por su naturaleza y ubicacion, requieren un tratamiento especial que garantice la conservacion del Area Natural Protegida; la MORDAZA de Amortiguamiento no debe poner en riesgo el cumplimiento de los fines del Area Natural Protegida, dicha MORDAZA es establecida en el Plan Maestro del Area Natural protegida ­ Ley Nº 26834. Que, realizada la inspeccion tecnica con fecha 14 de agosto de 2014, se observo que el terreno es eriazo, de topografia ondulada de pendiente variado, con suelo de textura arenosa , limoso, en partes con presencia superficial de salares (fragmentos rocosos de sal), el predio se encuentra libre de ocupacion; Que, el Articulo 23º de la Ley Nº 29151 "Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales" establece que los predios que no se encuentren inscritos en el Registro de Predios y que no constituyan propiedad de particulares, ni de las Comunidades Campesinas y Nativas, son de dominio del Estado, por lo que corresponde tramitar la primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 149 999.73 m², de conformidad con el Articulo 38º del Reglamento de la Ley Nº 29151, aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA y la Directiva Nº 001-2002/SBN, modificada por la Directiva Nº 003-2004/SBN, que regulan el tramite de inscripcion de la primera de dominio de predios a favor del Estado; Que, los incisos a) y p) del Articulo 44º del "Reglamento de Organizacion y Funciones de la SBN" aprobado por Decreto Supremo Nº 016-2010-VIVIENDA, de fecha 21 de diciembre de 2010, facultan a la Subdireccion de Administracion del Patrimonio Estatal, a sustentar y aprobar los actos de adquisicion y administracion de los bienes estatales bajo su competencia, asi como a emitir las Resoluciones en materia de su competencia; De conformidad con la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y su Reglamento

Nacional de Bienes Estatales - y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA; Que, revisada la base grafica de propiedades con la que cuenta esta Superintendencia, se identifico el terreno de 558 722,24 m², ubicado al Norte del distrito de San MORDAZA, en la provincia de MORDAZA, departamento de Ica, que se encontraria sin inscripcion registral; Que, mediante Certificado de Busqueda Catastral sobre la base del Informe Tecnico N° 0363-2014-SUNARPZRXI/UR de fecha 03 de marzo de 2014 (Fojas 12 al 13), donde senala que el predio en consulta se encuentra en una MORDAZA donde no se tiene informacion grafica, por lo que nos es posible determinar si existe predio inscrito o no en la MORDAZA de estudio; Que, el tercer parrafo del articulo 16° del Reglamento de Inscripciones del Registro de Predios, aprobado por Resolucion del Superintendente Nacional de los Registros Publicos Nº 097-2013-SUNARP-SN senala que no impide la inmatriculacion, el informe tecnico que senale la imposibilidad de determinar si el predio se encuentra inscrito o no; Que, realizada la inspeccion tecnica con fecha 24 de MORDAZA de 2014 (Foja 14), se observo que el terreno es eriazo, de topografia plana con pendiente menor a 2%, el suelo es arenoso, limoso, con presencia de rocas pequenas; Que, el Articulo 23° de la Ley N° 29151 "Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales" establece que los predios que no se encuentren inscritos en el Registro de Predios y que no constituyan propiedad de particulares, ni de las Comunidades Campesinas y Nativas, son de dominio del Estado, por lo que corresponde tramitar la primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 558 722,24 m², de conformidad con el articulo 38° del Reglamento de la Ley N° 29151, aprobado por Decreto Supremo N° 007-2008-VIVIENDA y la Directiva N° 001-2002/SBN, modificada por la Directiva Nº 003-2004/SBN, que regulan el tramite de inscripcion de la primera de dominio de predios a favor del Estado; Que, los incisos a) y p) del Articulo 44° del "Reglamento de Organizacion y Funciones de la SBN" aprobado por Decreto Supremo Nº 016-2010-VIVIENDA, de fecha 21 de diciembre de 2010, facultan a la Subdireccion de Administracion del Patrimonio Estatal, a sustentar y aprobar los actos de adquisicion y administracion de los bienes estatales bajo su competencia, asi como a emitir las Resoluciones en materia de su competencia; De conformidad con la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA y modificatorias; Estando a los fundamentos expuestos en el Informe Tecnico Legal Nº 0780- 2014/SBN-DGPE-SDAPE, de fecha 23 de octubre de 2014 (Fojas 15 al 17). SE RESUELVE: Articulo 1°.- Disponer la primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 558 722,24 m², ubicado al Norte del distrito de San MORDAZA, provincia de MORDAZA, departamento de Ica; segun el plano y memoria descriptiva que sustentan la presente Resolucion. Articulo 2°.- La MORDAZA Registral N° XI - Sede Ica de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos, por el merito de la presente Resolucion, efectuara la primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno descrito en el articulo precedente, en el Registro de Predios de Ica. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA WONG Subdirector de Administracion del Patrimonio Estatal 1217390-1 SUBDIRECCION DE ADMINISTRACION DEL PATRIMONIO ESTATAL RESOLUCION Nº 205-2015/SBN-DGPE-SDAPE San MORDAZA, 19 de marzo del 2015

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