Norma Legal Oficial del día 28 de marzo del año 2015 (28/03/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 27

El Peruano Sabado 28 de marzo de 2015

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nacional para formular, planear, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar las politicas nacionales y sectoriales, entre otros, en materia de normalizacion y certificacion de competencias laborales; Que, el Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo a traves de la Direccion General de Formacion Profesional y Capacitacion Laboral, asi como la Direccion de Normalizacion y Certificacion de Competencias Laborales, propone, ejecuta y difunde planes nacionales y sectoriales en materia de normalizacion y certificacion de competencias laborales, entre otros; Que, el "Plan de Accion para promover el cumplimiento de los derechos laborales de los trabajadores y las trabajadoras del hogar ­ 2014" aprobado por Resolucion Ministerial N° 0522014-TR, comprende dentro 5 ejes estrategicos: (i) Orientacion y difusion; (ii) Registro; (iii) Fiscalizacion; (iv) Erradicacion del trabajo infantil y trabajo forzoso; y (v) Empleabilidad; este ultimo tiene como objetivo contribuir a la mejora de las condiciones laborales mediante la acreditacion y certificacion de competencias laborales en el trabajo del hogar; Que, asimismo, los Lineamientos de Politica Socio Laboral 2012-2016 del Sector Trabajo y Promocion del Empleo aprobado por Resolucion Ministerial N° 2272012-TR, establece en el lineamiento V.8 la de "Promover el empleo, empleabilidad y emprendimiento de manera articulada y complementaria con un enfoque multisectorial e intergubernamental y respeto al medioambiente"; Que, mediante documentos de vistos la Direccion de Normalizacion y Certificacion de Competencias Laborales de la Direccion General de Formacion Profesional y Capacitacion Laboral, mediante Informe Tecnico N° 0022015-MTPE/3/19.2, informa que en atencion al objetivo estrategico de "Empleabilidad", los trabajadores y trabajadoras del hogar son considerados un grupo vulnerable en nuestro MORDAZA que requiere de un reconocimiento de sus competencias laborales que les permita insertarse adecuadamente en el MORDAZA laboral; Que, el sector viene implementando experiencias pilotos para el desarrollo de los procesos de evaluacion y certificacion de competencias laborales, con la finalidad de promover el empleo en las diferentes ocupaciones a nivel nacional, a traves de los Centros de Certificacion de Competencias Laborales, debidamente autorizados por el Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo; Que, en ese contexto, resulta necesario e importante involucrar en el MORDAZA de Certificacion de Competencias Laborales a los trabajadores y trabajadoras del hogar, por lo que es conveniente aprobar un Plan de Actuacion denominado "Certificacion de Competencias Laborales para los Trabajadores y las Trabajadoras del Hogar en el Peru - Anos 2015-2016", con la finalidad de mejorar la empleabilidad de los indicados trabajadores y trabajadoras, procurando la evaluacion y certificacion de competencias laborales, proporcionandoles un documento que acredite su experiencia laboral y oriente a mejorar sus competencias; el cual cuenta con la participacion del Programa Nacional para la Promocion de Oportunidades Laborales "Vamos Peru", para el financiamiento de la ejecucion del mencionado plan de actuacion; Que, en ese sentido, corresponde expedir la resolucion que aprueba el Plan de Actuacion denominado "Certificacion de Competencias Laborales para los Trabajadores y las Trabajadoras del Hogar en el Peru - Anos 2015-2016", la misma que cuenta con la opinion favorable de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto de conformidad con el inciso h) del articulo 26 del Reglamento de Organizacion y Funciones aprobado por Decreto Supremo N° 004-2014-TR; Con las visaciones de la Viceministra (e) de Promocion del Empleo y Capacitacion Laboral, de la Directora General de Formacion Profesional y Capacitacion Laboral, del Jefe de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, y del Jefe de la Oficina General de Asesoria Juridica; y, De conformidad con el articulo 25 de la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; el articulo 11 de la Ley Nº 29381, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo; el inciso d) del articulo 7 del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 004-2014-TR; SE RESUELVE: Articulo 1º.- De la aprobacion Aprobar el "Plan de Actuacion de Certificacion de

Personal Provisional (CAP Provisional) del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo; Con las visaciones del Secretario General, de los Jefes de las Oficinas Generales de Planeamiento y Presupuesto, de Recursos Humanos y de Asesoria Juridica; y, De conformidad con lo dispuesto por el numeral 8) del articulo 25 de la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 29381, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo; el Decreto Supremo Nº 004-2014-TR, Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo; la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 040-2014-PCM y la Directiva Nº 001-2014- SERVIR/GPGSC aprobada por Resolucion de Presidencia Ejecutiva Nº 152-2014-SERVIR/PE y su modificatoria Resolucion de Presidencia Ejecutiva Nº 2342014-SERVIR/PE; SE RESUELVE Articulo 1.- De la aprobacion Aprobar el Cuadro para Asignacion de Personal Provisional (CAP Provisional) del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, el que en anexo forma parte integrante de la presente resolucion ministerial. Articulo 2.- De la publicacion Publicar la presente resolucion ministerial y el anexo integrante de la misma, en el MORDAZA del Estado Peruano (www.peru.gob.pe) y en el MORDAZA Institucional del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo www.trabajo.gob. pe el mismo dia de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano, siendo responsable de dicha accion la Oficina General de Estadistica y Tecnologias de la Informacion y Comunicaciones. Articulo 3.- De la Oficina General de Recursos Humanos Encargar a la Oficina General de Recursos Humanos continuar con la realizacion de las acciones contempladas en la Directiva Nº 001-2014-SERVIR/GPGSC, "Reglas de aplicacion progresiva para la aprobacion del Cuadro de Puestos de las Entidades" aprobada por Resolucion de Presidencia Ejecutiva Nº 152-2014-SERVIR/PE para sus fines. Articulo 4.- De la vigencia La presente resolucion entrara en vigencia el dia de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA YSAU MAURATE MORDAZA Ministro de Trabajo y Promocion del Empleo 1218131-2

Aprueban el "Plan de Actuacion de Certificacion de Competencias Laborales para los Trabajadores y las Trabajadoras del Hogar en el Peru Anos 2015-2016"
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 074-2015-TR MORDAZA, 27 de marzo de 2015 VISTOS: El Oficio N° 208-2015-MTPE/4/9 de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; el Oficio N° 4112015-MTPE/3/19 de la Direccion General de Formacion Profesional y Capacitacion Laboral y el Informe N° 472-2015-MTPE/4/8 de la Oficina General de Asesoria Juridica; y, CONSIDERANDO: Que, el articulo 5 de la Ley N° 29381, establece que el Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo es el organismo rector en materia de trabajo y promocion del empleo y ejerce competencia exclusiva y excluyente respecto a otros niveles de gobierno en todo el territorio

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