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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE MARZO DEL AÑO 2015 (28/03/2015)

CANTIDAD DE PAGINAS: 100

TEXTO PAGINA: 36

El Peruano Sábado 28 de marzo de 2015 549650 aprobado con Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA y modifi catorias; Estando a los fundamentos expuestos en el Informe Técnico Legal Nº 0287- 2015/SBN-DGPE-SDAPE, de fecha 19 de marzo de 2015. SE RESUELVE: Artículo 1º.- Disponer la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 149 999,73 m², ubicado en el distrito de San Clemente, provincia de Pisco, departamento de Ica, según el plano y memoria descriptiva que sustentan la presente Resolución. Artículo 2º.- La Zona Registral Nº XI - Sede Ica de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, por el mérito de la presente Resolución, efectuará la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno descrito en el artículo precedente, en el Registro de Predios de Ica. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS GARCÍA WONG Subdirector de Administración del Patrimonio Estatal 1217390-2 ORGANISMOS REGULADORES ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA Disponen publicación del Proyecto de “Procedimiento para Licitaciones de Instalaciones Internas de Gas Natural Residenciales a ejecutarse con recursos del FISE” en el portal institucional de OSINERGMIN RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA Y MINERÍA OSINERGMIN N° 063-2015-OS/CD Lima, 24 de marzo de 2015 VISTO: El Memorando N° FISE-4-2015, mediante el cual el Jefe de Proyecto FISE somete a consideración del Consejo Directivo de Osinergmin el proyecto normativo denominado “Procedimiento para Licitaciones de Instalaciones Internas Residenciales de Gas Natural a ejecutarse con recursos del FISE”. CONSIDERANDO: Que, a través de la Ley N° 29852, se crea el Sistema de Seguridad Energética en Hidrocarburos y el Fondo de Inclusión Social Energético – FISE, indicándose en el numeral 5.1 de su artículo 5 que los recursos del FISE se destinarán entre otros, para la masifi cación del uso del Gas Natural (residencial y vehicular) de acuerdo al Plan de Acceso Universal a la Energía aprobado por el Ministerio de Energía y Minas; disponiéndose, en el artículo 9 de la referida Ley, que el Administrador del FISE queda facultado para la aprobación de los procedimientos que resulten necesarios; Que, conforme lo señalado en la Disposición Única Transitoria de la Ley N° 29852, Osinergmin quedó encargado, por un plazo de dos años, de ejercer las funciones de Administrador del FISE, lo cual supone la posibilidad de que este organismo ejerza, durante el plazo de vigencia de dicho encargo, las facultades normativas mencionadas en el considerando precedente. Asimismo, dicho plazo fue ampliado por un plazo adicional de tres años, de acuerdo con la Septuagésima Sexta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30114; Que, asimismo el artículo 8 de la mencionada Ley establece que para los fi nes de masifi cación del uso del gas natural, el MINEM aprobará el Plan de Acceso Universal a la Energía y que los proyectos incluidos en dicho Plan serán priorizados de acuerdo a la disponibilidad del FISE y conforme al Programa Anual de Promociones aprobado por el MINEM; Que, con Decreto Supremo N° 021-2012-EM se aprobó el Reglamento de la Ley N° 29852, cuyo numeral 10.1 de su artículo 10 señala que el FISE destinará los fondos necesarios para la masifi cación del uso residencial y vehicular del gas natural y para la promoción de nuevos suministros a que se refi eren los artículos 5.1 y 8 de la Ley N° 29852; Que, mediante Decreto Supremo N° 035-2014-EM, se modifi caron los acápites i, ii y iii del numeral 10.5 del artículo 10 del mencionado Reglamento, referidos a la masifi cación de gas natural residencial, señalando que los fondos del FISE podrán ser utilizados para cubrir, individual o conjuntamente, una parte o la totalidad del Derecho de Conexión, la Acometida e Instalación Interna; siendo que para el caso de la Instalación Interna, el Administrador desarrollará licitaciones a fi n de obtener costos unitarios de los materiales, equipos y mano de obra más efi cientes. Asimismo, señala que las Bases de las licitaciones, incluidos los modelos de contrato, serán aprobadas y supervisadas por el Administrador, estableciendo si fuera necesario, valores máximos para los elementos sujetos a Licitación bajo un esquema que propicie la competencia; Que, en el marco del acápite iii del numeral 10.5 del artículo 10 del Reglamento del FISE, la referencia a materiales sujetos a Licitación corresponde al suministro de materiales directos de una instalación interna de gas natural; en cuanto a los equipos y mano de obra, se trata del servicio de instalación de la red interna de gas natural consistente en la provisión del personal técnico califi cado con los materiales indirectos y equipamiento adecuado para realizar la instalación interna; así también se podrá incluir dentro del servicio de instalación las actividades de difusión, elaboración de documentos, revisión y acondicionamiento del gasodoméstico que son indispensables para viabilizar el uso de Gas Natural por parte de Usuario FISE de Gas Natural, siempre que estos conceptos se establezcan en el Programa Anual de Promociones que apruebe el MINEM; Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 15 del Decreto Supremo N° 035-2014-EM, el Administrador FISE debe aprobar los procedimientos necesarios para la ejecución de las Licitaciones relacionadas a la instalación interna. En tal sentido, se ha elaborado el proyecto normativo denominado «Procedimiento para Licitaciones de Instalaciones Internas de Gas Natural Residenciales a ejecutarse con recursos del FISE»; Que, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 8 y el artículo 25 del Reglamento General de Osinergmin, aprobado por el Decreto Supremo N° 054-2001-PCM, para la aprobación del procedimiento antes mencionado se requiere la publicación del presente proyecto en el diario ofi cial El Peruano, con el fi n de recibir comentarios de los interesados, los mismos que no tendrán carácter vinculante ni darán lugar al inicio de un procedimiento administrativo; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29852, su reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 021- 2012-EM, y estando a lo acordado por el Consejo Directivo en su Sesión N° 08-2015; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Autorizar la publicación de la presente Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano, y disponer que su Anexo que contiene el proyecto de «Procedimiento para Licitaciones de Instalaciones Internas de Gas Natural Residenciales a ejecutarse con recursos del FISE», así como su exposición de motivos, sean publicados en el portal institucional de Osinergmin (www.osinergmingob. pe) el mismo día. Artículo 2°.- Disponer que los comentarios de los interesados sean recibidos por escrito en la mesa de partes de Osinergmin, ubicada en Calle Bernardo Monteagudo N° 222, distrito de Magdalena del Mar, provincia y departamento de Lima; o vía correo electrónico