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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE ABRIL DEL AÑO 2016 (15/04/2016)

CANTIDAD DE PAGINAS: 160

TEXTO PAGINA: 21

El Peruano / Viernes 15 de abril de 2016 583307 NORMAS LEGALES SALUD Reconforman la Comisión Intergubernamental de Salud - CIGS RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 239-2016/MINSA Lima, 8 de abril del 2016Visto, el Expediente Nº 16-021133-001, que contiene el Informe N° 002-2016-OGAC/MINSA, de la O fi cina General de Articulación y Coordinación; CONSIDERANDO:Que, el artículo 188 de la Constitución Política del Perú, establece que la descentralización es una política permanente del Estado Peruano, de carácter obligatorio, que tiene como objetivo fundamental el desarrollo integral del país, el cual se realiza por etapas en forma progresiva y ordenada, conforme a criterios que permitan una adecuada transferencia de atribuciones y recursos desde el Gobierno Nacional hacia los gobiernos regionales y locales; Que, el artículo 4 del Decreto Supremo N° 047-2009- PCM, que aprobó el Plan Anual Nacional de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales del año 2009 y otras disposiciones vinculadas al proceso de descentralización, establece que cada Ministerio debe conformar una Comisión Intergubernamental para desarrollar los componentes que forman parte de la gestión descentralizada, la cual debe ser conformada por representantes del Ministerio y por los representantes de los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales, o en su defecto por instancias representativas de Gobiernos Regionales y/o Locales, así como entidades y órganos de la administración pública; Que, en ese contexto, el Ministerio de Salud a través de la Resolución Ministerial N° 871-2009/MINSA, constituyó la Comisión Intergubernamental de Salud como instancia permanente de articulación de la gestión sanitaria entre el Ministerio de Salud y los Gobiernos Regionales y Locales, la misma que fue modi fi cada por las Resoluciones Ministeriales Nrs. 438-2010/MINSA, 363-2011/MINSA, 144-2013/MINSA y 106-2014/MINSA, para incorporarse nuevos representantes, la que se encuentra integrada por los directores generales y jefes institucionales de las o fi cinas generales, de las direcciones generales, de los órganos desconcentrados y de los organismos públicos que conforman el Ministerio de Salud, así como por el Presidente de la Asamblea Nacional de Gobiernos Regionales, por el Alcalde de la Municipalidad Metropolitana de Lima, y por representantes de cada Gobierno Regional. Asimismo, por el representante de la Asociación de Municipalidades del Perú y el representante de la Red de Municipalidades Rurales del Perú; Que, mediante Decreto Supremo N° 007-2016-SA, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, que establece la nueva estructura orgánica del Ministerio de Salud, así como las funciones y competencias de sus órganos y organismos que lo integran; Que, el artículo 33 del precitado Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, dispone que la O fi cina General de Articulación y Coordinación es el órgano responsable de gestionar y coordinar el proceso de articulación intergubernamental e intersectorial, así como de establecer mecanismos y estrategias de articulación con los Gobiernos Regionales que permitan la implementación, seguimiento y monitoreo de políticas, normas y lineamientos del sector. Asimismo, se encarga de administrar el funcionamiento de los enlaces de salud en los gobiernos regionales; Que, asimismo los numerales 135.2 y 135.3 del artículo 135 del referido Reglamento de Organización y Funciones indican que la Comisión Intergubernamental de Gestión en Salud tiene por objeto desarrollar los componentes de la gestión descentralizada para el ejercicio de las competencias y funciones transferidas en salud, de conformidad a lo establecido por la Presidencia del Consejo de Ministros, la que debe ser presidida por el Ministro de Salud y la Secretaría Técnica de la misma, ejercida por la O fi cina General de Articulación y Coordinación del Ministerio de Salud; Que, con documento del visto, la O fi cina General de Articulación y Coordinación del Ministerio de Salud, ha sustentado la necesidad de reconformar la Comisión Intergubernamental en Salud - CIGS en vista de la nueva estructura orgánica del Ministerio de Salud, así como de las funciones y competencias asignadas a sus órganos y organismos que lo integran; Que, en ese sentido, resulta necesario dictar el acto resolutivo que disponga la reconformación de la Comisión Intergubernamental en Salud – CIGS conforme a las disposiciones establecidas en el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado por Decreto Supremo N° 007-2016/MINSA; Que, con Informe N° 338-2016-OGAJ/MINSA, la Ofi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Salud emitió opinión legal; Estando a lo propuesto por la O fi cina General de Articulación y Coordinación del Ministerio de Salud; De conformidad con lo estipulado en el Decreto Supremo N° 047-2009-PCM, que aprobó el Plan Anual Nacional de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales del año 2009 y otras disposiciones vinculadas al proceso de descentralización, en el Decreto Legislativo N° 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 007-2016-SA; y, Con las visaciones del Director General de la O fi cina General de Articulación y Coordinación, de la Directora General de la O fi cina General de Asesoría Jurídica, del Viceministro de Salud Pública, del Viceministro de Prestaciones y Aseguramiento en Salud y de la Secretaria General; SE RESUELVE: Artículo 1.- Reconformar la Comisión Intergubernamental de Salud - CIGS, como instancia permanente de articulación de la gestión sanitaria entre el Ministerio de Salud y los Gobiernos Regionales y Locales, de la forma siguiente: a. Por el Ministerio de Salud - El/la Ministro/a de Salud, quien la presidirá.- El/la Director/a General de la Dirección General de Políticas y Normatividad en Salud Pública. El/la Director/a General de la Dirección General de Intervenciones Estratégicas en Salud Pública. -El/la Director/a General de la Dirección General de Promoción de la Salud y Gestión Territorial en Salud. -El/la Director/a General de la Dirección General de Salud Ambiental e Inocuidad Alimentaria. - El/la Director/a General de la Dirección General de Gestión del Riesgo de Desastres y Defensa Nacional en Salud. - El/la Director/a General de la Dirección General de Prestaciones de Salud. - El/la Director/a General de la Dirección General de Aseguramiento en Salud. - El/la Director/a General de la Dirección General de Infraestructura, Equipamiento y Mantenimiento. - El/la Director/a General de la Dirección General de Gestión y Desarrollo de Recursos Humanos en Salud. - El/la Director/a General de la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas. - El/la Director/a General de la O fi cina General de Articulación y Coordinación. - El/la Director/a General de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización. - El/la Director/a General de la O fi cina General de Recursos Humanos.