Norma Legal Oficial del día 30 de diciembre del año 2016 (30/12/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 154

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NORMAS LEGALES

Viernes 30 de diciembre de 2016 /

El Peruano

de procesamiento de la documentación e información, a fin de mantener actualizado el Sistema de Escalafón y Legajos Personales de Jueces, Auxiliares Jurisdiccionales y Administrativos del Poder Judicial, a nivel nacional; así como, los legajos personales de los pensionistas de este Poder del Estado. Tercero. Que, en esta dirección, la Gerencia de Recursos Humanos y Bienestar, Sub Gerencia de Escalafón y Registro de Personal, y la Gerencia de Informática de la Gerencia General del Poder Judicial, han establecido las coordinaciones formales para la creación de la aplicación informática, vía web denominada "Sistema de Actualización de Datos del Escalafón Judicial", la misma que ya se encuentra disponible en la página web institucional del Poder Judicial. Cuarto. Que el "Sistema de Actualización de Datos del Escalafón Judicial" facilitará que el personal activo de este Poder del Estado, actualice de manera permanente sus datos personales, familiares y académicos en el Sistema Integrado de Gestión Administrativa; situación que permitirá disponer información para la planilla electrónica y declaración de derechohabientes ante la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (SUNAT); información académica de jueces al Consejo Nacional de la Magistratura, conforme a lo previsto en la Resolución N° 1057-2005-CNM, Reglamento del Registro de Jueces y Fiscales del Consejo Nacional de la Magistratura; y, atender los diversos requerimientos de información, derivados a la Gerencia de Recursos Humanos y Bienestar de la Gerencia General del Poder Judicial. Quinto. Que, por lo tanto, debe autorizarse las diversas medidas necesarias para su implementación y adecuado uso, a nivel nacional. Sexto. Que el artículo 82°, inciso 26), del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, determina como una de las funciones y atribuciones del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, adoptar acuerdos y demás medidas necesarias para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y eficiencia. En consecuencia; en mérito al Acuerdo N° 998-2016 de la cuadragésimo sexta sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, adoptado con la intervención de los señores De Valdivia Cano, Lecaros Cornejo, Ruidías Farfán y Alvarez Díaz, sin la intervención de la señora Consejera Vera Meléndez por encontrarse en comisión de servicios; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad, SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar el uso del "Sistema de Actualización de Datos del Escalafón Judicial", cuya sigla es SADEJ, conforme al acceso que consta en la página web institucional del Poder Judicial. Artículo Segundo.- Disponer el uso del mencionado sistema en el Poder Judicial, a nivel nacional; atendiendo a las siguientes indicaciones: a) La actualización permanente de datos, a través de la aplicación informática web "Sistema de Actualización de Datos del Escalafón Judicial" - SADEJ, es de carácter obligatorio para el personal activo del Poder Judicial. b) La información que se ingrese tendrá la calidad de declaración jurada, de acuerdo a lo establecido en el inciso 1.7 del artículo IV del Título Preliminar de la Ley del Procedimiento Administrativo General. c) La información que el Poder Judicial provea a otras entidades públicas o privadas con arreglo a ley, sobre temas de carácter personal, será toda aquella que el servidor judicial registró a la fecha del requerimiento. d) La información de la Hoja de Vida es de carácter reservado, con arreglo a lo normado en la Ley N° 29733, Ley de Protección de Datos Personales. e) La información que se provea del Legajo Personal del servidor judicial, se sujetará a las disposiciones establecidas en la Ley N° 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública; y,

f) Los señores jueces, auxiliares jurisdiccionales y administrativos del Poder Judicial que no cumplan con la actualización de datos correspondiente, serán pasibles de las sanciones administrativas dispuestas en la normatividad vigente. Artículo Tercero.- Autorizar a la Gerencia General del Poder Judicial para que establezca el procedimiento para la puesta en funcionamiento del "Sistema de Actualización de Datos del Escalafón Judicial" - SADEJ en el Poder Judicial. Artículo Cuarto.- Dejar sin efecto cualquier otra disposición administrativa, que se oponga a la presente resolución. Artículo Quinto.- Transcribir la presente resolución a la Presidencia del Poder Judicial, Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Cortes Superiores de Justicia del país; y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. RAMIRO DE VALDIVIA CANO Presidente 1468766-1

Modifican la Res.Adm. N° 061-2013-CE-PJ, en lo referido a las atribuciones del Presidente del Equipo Técnico Institucional de Implementación de la Nueva Ley Procesal del Trabajo
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 326-2016-CE-PJ Lima, 9 de diciembre de 2016 VISTO: El Oficio Nº 1651-2016-P-ETIINLPT-CE-PJ, cursado por el señor Responsable Técnico del Programa Presupuestal 0099 "Celeridad en los Procesos Judiciales Laborales". CONSIDERANDO: Primero. Que mediante Resolución Administrativa N° 245-2014-CE-PJ, de fecha 16 de julio de 2014, se modificaron algunos artículos contenidos en la Resolución Administrativa N° 061-2013-CE-PJ, del 3 de abril de 2013, que aprobó la "Nueva Estructura Organizacional y Funcional del Equipo Técnico Institucional de Implementación de la Nueva Ley Procesal del Trabajo". Segundo. Que, por Resolución Administrativa N° 340-2013-CE-PJ, de fecha 27 de diciembre de 2013, se aprobó la implementación del modelo de "Despacho Judicial Corporativo" para la aplicación de la Nueva Ley Procesal del Trabajo en el Distrito Judicial de Tacna. Asimismo, por Resoluciones Administrativas Nros. 182, 208 y 209-2014-CE-PJ, se aprobó la implementación del modelo de "Despacho Judicial Corporativo" en las sedes centrales de las Cortes Superiores de Justicia de Loreto, Sullana y Huánuco, respectivamente. Tercero. Que el artículo segundo de la Resolución Administrativa N° 148-2015-CE-PJ, del 29 de abril de 2015, aprobó de forma definitiva la "Nueva Estructura Organizacional y Funcional del Equipo Técnico Institucional de Implementación de la Nueva Ley Procesal del Trabajo", aprobada por Resolución Administrativa N° 061-2013-CE-PJ, del 3 de abril de 2013 y modificada por Resolución Administrativa N° 245-2014-CE-PJ, de fecha 16 de julio de 2014, incluyendo en los artículos 24° y 22° las funciones de la Secretaria Técnica y las atribuciones del Presidente del referido equipo técnico, respectivamente. Cuarto. Que en virtud a las mencionadas modificaciones, el Equipo Técnico Institucional de Implementación de la Nueva Ley Procesal del Trabajo

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