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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE JULIO DEL AÑO 2016 (07/07/2016)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 32

592162 NORMAS LEGALES Jueves 7 de julio de 2016 / El Peruano 2. MODIFICAR el Anexo de la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 310-PE-ESSALUD-2016, por error material, en lo siguiente: - En el inciso referido a modi fi car los acápites 02.1.3 y 02.1.4 del numeral 02: Dice:- O fi cina de Control Centralizado II –Centros Especializados Debe decir:- O fi cina de Control Centralizado II – Órganos Prestadores Nacionales Especializados - En el inciso referido a modi fi car los numerales 02, 04 y 06 del Anexo B, Estructura de los Cargos Jefaturales: Dice:02.1.3.1 O fi cina de Control Centralizado II – Centros Especializados Debe Decir:02.1.3.1 O fi cina de Control Centralizado II – Órganos Prestadores Nacionales Especializados 3. MODIFICAR el Organigrama Estructural del Anexo A del Texto Actualizado y Concordado del Reglamento de Organización y Funciones del ESSALUD en virtud a lo dispuesto en el numeral precedente de la presente Resolución. 4. ENCARGAR la implementación a nivel nacional de las O fi cinas de Seguros y Prestaciones Económicas a la Gerencia Central de Seguros y Prestaciones Económicas en un plazo máximo de sesenta (60) días calendario contados a partir de la aprobación de la presente Resolución, culminado la misma deberá presenta a la Gerencia General el informe correspondiente. 5. DISPONER que la Gerencia Central de Gestión de las Personas y la Gerencia Central de Gestión Financiera ejecuten las acciones en el ámbito de sus responsabilidades a efecto de implementar lo dispuesto en la presente Resolución. 6. DISPONER que la Secretaría General se encargue de la publicación de la presente Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano, así como en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe) y en el Portal Institucional del Seguro Social de Salud –ESSALUD (www.essalud.gob.pe), el mismo día de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. 7. DEJAR SIN EFECTO toda disposición que se opongan a lo dispuesto en la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese.VIRGINIA BAFFIGO DE PINILLOS Presidente EjecutivoESSALUD 1400511-1Nº SEDES ÁREA OPERATIVA DESCONCENTRADA CARGOCÓDIGO CARGONIVEL CANT. 46 PASCO O fi cina de Seguros y Prestaciones Económicas Pasco Jefe de Unidad E6JUN E6 1 47 PIURAOfi cina de Seguros y Prestaciones Económicas Piura Jefe de O fi cina I E5JO1 E5 1 48 Unidad de Control de Filtraciones Piura Jefe de Unidad E6JUN E6 1 49 Unidad de Atención y Cali fi cación Piura Jefe de Unidad E6JUN E6 1 50 PUNO O fi cina de Seguros y Prestaciones Económicas Puno Jefe de O fi cina I E5JO1 E5 1 51 SAN MARTÍNOfi cina de Seguros y Prestaciones Económicas San MartínJefe de O fi cina I E5JO1 E5 1 52 TACNA O fi cina de Seguros y Prestaciones Económicas Tacna Jefe de O fi cina I E5JO1 E5 1 53 TUMBES O fi cina de Seguros y Prestaciones Económicas Tumbes Jefe de Unidad E6JUN E6 1 54 UCAYALI O fi cina de Seguros y Prestaciones Económicas Ucayali Jefe de O fi cina I E5JO1 E5 1 TOTAL CARGOS JEFATURALES 54 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Autorizan viaje de profesionales de la Dirección General de Aeronáutica Civil a Canadá, en comisión de servicios RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 007-2016-MTC Lima, 6 de julio de 2016VISTOS: El Informe N° 068-2016-MTC/12.CPO del Coordinador del Proyecto OACI - Organización de Aviación Civil Internacional, el Informe N° 247-2016-MTC/12 del Director General de la Dirección General de Aeronáutica Civil, y el Memorándum N° 1450-2016-MTC/02.AL.AAH del Despacho Viceministerial de Transportes, y; CONSIDERANDO: Que, la Ley N° 27619, en concordancia con su norma reglamentaria, aprobada por Decreto Supremo N° 047-2002-PCM y sus modi fi catorias, regula la autorización de viajes al exterior de servidores, funcionarios públicos o representantes del Estado;Que, la Ley N° 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, en el numeral 10.1 de su artículo 10, prohíbe los viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos, salvo algunos casos previstos en la norma, precisándose que el requerimiento de autorizaciones de viajes al exterior por supuestos distintos a los señalados, debe canalizarse a través de la Presidencia del Consejo de Ministros y se autoriza mediante resolución suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros; Que, la Ley N° 27261, Ley de Aeronáutica Civil del Perú, en el numeral 8.2 de su artículo 8, establece que la Autoridad Aeronáutica Civil es ejercida por la Dirección General de Aeronáutica Civil, como dependencia especializada del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, la Dirección General de Aeronáutica Civil, en su Informe N° 247-2016-MTC/12, señala que mediante Informe N° 068-2016-MTC/12.CPO del 13 de mayo de 2016, el Coordinador del Proyecto OACI, solicita aprobación para el Entrenamiento en Simulador DASH-8 Q400, que se realizará en la ciudad de Toronto, Canadá del 11 de julio al 05 de agosto de 2016, a favor de dos Inspectores de Operaciones de la Dirección General de Aeronáutica Civil; precisando cuales son las empresas aéreas que cuentan en su fl ota aérea con la referida aeronave, siendo necesario evaluar y examinar las condiciones en que éstas son operadas, para lo cual la citada Dirección General, debe contar con inspectores cali fi cados para realizar dicha labor;