Norma Legal Oficial del día 07 de julio del año 2016 (07/07/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 40

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NORMAS LEGALES

Jueves 7 de julio de 2016 /

El Peruano

legal, se expedirá la resolución directoral señalando que las autorizaciones de la respectiva banda de frecuencias y localidad serán otorgadas por concurso público; Que, mediante Informe Nº 1926 -2016-MTC/28 se da cuenta que en la banda y localidad que se detalla a continuación, el número de solicitudes admitidas es superior al de frecuencias disponibles, razón por la cual las respectivas autorizaciones para prestar el servicio de radiodifusión deberán otorgarse por concurso público; correspondiendo además expedir la resolución que así lo declare:
MODALIDAD RADIODIFUSIÓN SONORA BANDA LOCALIDAD FM ACOMAYO (CHINCHAO) DEPARTAMENTO HUÁNUCO SOLICITUDES FRECUENCIAS ADMITIDAS DISPONIBLES 5 4

CONSIDERANDO: Que, conforme al artículo 34° de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, los Organismos Públicos se sujetan a la supervisión y fiscalización de su sector para verificar el cumplimiento de los objetivos de la entidad, mediante los instrumentos previstos en las normas de la materia para lo cual todo organismo público debe contar con un Plan Estratégico Institucional; Que, mediante Decreto Legislativo N° 1085, se creó el Organismo de Supervisión de los Recursos Forestales y de Fauna Silvestre -OSINFOR, como Organismo Público Ejecutor, adscrito a la Presidencia del Consejo de Ministros, encargado a nivel nacional de la supervisión y fiscalización del aprovechamiento sostenible y la conservación de los recursos forestales y de fauna silvestre, así como de los servicios ambientales provenientes del bosque; Que, con Decreto Legislativo N° 1088, se aprueba la Ley del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico, que tiene como finalidad la creación y regulación de la organización y del funcionamiento del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico -CEPLAN, orientados al desarrollo de la planificación estratégica como instrumento técnico de gobierno y gestión para el desarrollo armónico y sostenido del país y el fortalecimiento de la gobernabilidad democrática en el marco del Estado constitucional de derecho; Que, el numeral 7.2 del artículo 7° de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, establece que el titular de la entidad, es responsable de lograr que los objetivos y metas establecidas en el Plan Operativo Institucional y el Presupuesto Institucional, se reflejan en las funciones, programas, subprogramas, actividades y proyectos que ejecuta; asimismo es responsable de concordar el POI y su Presupuesto Institucional con el Plan Estratégico Institucional; Que, de igual forma, en el numeral 71.1 del artículo 71°del citado dispositivo legal, establece que las entidades para la elaboración de sus Planes Operativos Institucionales y Presupuestos Institucionales, deben tomar en cuenta su Plan Estratégico Institucional (PEI), el cual debe ser concordante con el Plan Estratégico de Desarrollo Nacional (PEDN) y los Planes Estratégicos Sectoriales Multianuales (PESEM); Que, el artículo 2° del Plan Bicentenario: el Perú hacia el 2021 aprobado por Decreto Supremo N° 0542011-PCM, establece que las entidades conformantes del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico ajustarán sus Planes Estratégicos a los objetivos estratégicos de desarrollo nacional previstos en el Plan Estratégico de Desarrollo Nacional denominado PLAN BICENTENARIO: El Perú hacia el 2021; Que, con Resolución de Presidencia de Consejo Directivo Nº 010-2016-CEPLAN/PCD, se aprobó la "Guía Metodológica de la Fase Institucional del Proceso de Planeamiento Estratégico", emitida por Centro Nacional de Planeamiento Estratégico - CEPLAN, que establece que el proceso de la fase institucional requiere de una etapa preparatoria que permitirá generar las bases para el adecuado desarrollo de las demás etapas. Asimismo, indica que para tener una fase institucional exitosa, debe tener ciertas condiciones, tales como: a) Involucramiento y compromiso de la Alta Dirección; b) Participación de los órganos de línea y los órganos de apoyo; c) Vinculación efectiva entre el plan y presupuesto y d) Cumplir el cronograma de elaboración de la Fase Institucional; Que, mediante Resolución Presidencial N° 032-2016-OSINFOR, se aprobó el Inicio del Desarrollo del Proceso de Planeamiento Estratégico en la fase institucional para el año 2016 y la Conformación de la Comisión de Planeamiento Estratégico y del Equipo Técnico de Planeamiento Estratégico del Organismo de Supervisión de los Recursos Forestales y de Fauna Silvestre ­ OSINFOR; Que, con memorándum de vistos la Jefa (e) de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, hace suyo el Informe N° 007-2016-OSINFOR/04.1.1-FPPL, emitido por el Jefe (e) Sub Oficina de Planeamiento, en el cual propone aprobar el Plan Estratégico Institucional (PEI)

De conformidad con lo dispuesto por la Ley de Radio y Televisión ­ Ley Nº 28278, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC y sus modificatorias, y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 021-2007-MTC; SE RESUELVE: Artículo Único.- Declarar que las autorizaciones para la prestación del servicio de radiodifusión en la banda y localidad que se detalla a continuación, serán otorgadas mediante concurso público:
MODALIDAD RADIODIFUSIÓN SONORA BANDA FM LOCALIDAD ACOMAYO (CHINCHAO) DEPARTAMENTO HUÁNUCO

Regístrese, comuníquese y publíquese. GLORIA CADILLO ANGELES Directora General de Autorizaciones en Telecomunciaciones 1400393-1

ORGANISMOS EJECUTORES

ORGANISMO DE SUPERVISION DE LOS RECURSOS FORESTALES Y DE FAUNA SILVESTRE
Aprueban el Plan Estratégico Institucional (PEI) 2016 - 2018 del Organismo de Supervisión de los Recursos Forestales y de Fauna Silvestre - OSINFOR
RESOLUCIÓN PRESIDENCIAL Nº 064-2016-OSINFOR Lima, 30 de junio de 2016 VISTOS: El Memorándum N° 638-2016-OSINFOR/04.1, de fecha 24 de junio de 2016, de la Jefa (e) de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, por el cual hace suyo el Informe N° 007-2016-OSINFOR/04.1.1-FPPL, emitido por el Jefe (e) Sub Oficina de Planeamiento, en el cual propone aprobar el Plan Estratégico Institucional (PEI) 2016 ­ 2018 del Organismo de Supervisión de los Recursos Forestales y de Fauna Silvestre ­ OSINFOR y el Informe Legal N° 116-2016-OSINFOR/04.2, de fecha 27 de junio de 2016, del Jefe (e) de la Oficina de Asesoría Jurídica, y;

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