Norma Legal Oficial del día 07 de julio del año 2016 (07/07/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 44

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NORMAS LEGALES

Jueves 7 de julio de 2016 /

El Peruano

ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS

CONSEJO SUPERIOR DEL SISTEMA NACIONAL DE EVALUACION, ACREDITACION Y CERTIFICACION DE LA CALIDAD EDUCATIVA
Designan responsable de la entrega de información, así como de la elaboración y actualización del Portal de Transparencia del SINEACE
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA DEL CONSEJO DIRECTIVO AD HOC Nº 074-2016-SINEACE/CDAH-P Lima, 4 de julio de 2016 CONSIDERANDO: Que, mediante la Décima Segunda Disposición Complementaria Transitoria de la Ley N° 30220, Ley Universitaria, se declaró en reorganización el SINEACE, autorizando al Ministerio de Educación a que mediante resolución ministerial constituya un Consejo Directivo Ad-Hoc para el Sistema, a fin de ejecutar las funciones necesarias para la continuidad del organismo y los procesos en desarrollo, hasta la aprobación de su reorganización; Que, el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado por Decreto Supremo Nº 043-2003-PCM, tiene por finalidad promover la transparencia de los actos del Estado y regular el derecho fundamental de acceso a la información consagrado en el numeral 5 del artículo 2º de la Constitución Política del Perú; Que, el artículo 3º de la norma antes invocada, referido al Principio de publicidad, establece que el Estado adopta medidas básicas que garanticen y promuevan la transparencia en la actuación de las entidades de la administración pública, disponiéndose, asimismo, que la entidad pública designará al funcionario responsable de entregar la información solicitada; Que, el artículo 4º del Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado con Decreto Supremo Nº 072-2003-PCM, dispone que la designación del funcionario o funcionarios responsables de entregar la información y del funcionario responsable de la elaboración y actualización del Portal se efectuará mediante Resolución de la máxima autoridad de la Entidad, y será publicada en el Diario Oficial El Peruano. Adicionalmente, la Entidad colocará copia de la Resolución de designación en lugar visible en cada una de sus sedes administrativas; Que, de otro lado mediante artículo 5º del citado TUO de la Ley Nº 27806, referido a la publicación en los portales de las dependencias públicas, se dispone que las entidades de la administración pública deberán difundir a través de internet, información sobre datos generales de la entidad, presupuesto, adquisiciones de bienes y servicios, actividades oficiales entre otros, debiendo, asimismo, identificar al funcionario responsable de la elaboración de los portales de internet; Que, en cumplimiento de las disposiciones antes indicadas, con Resolución de Presidencia del Consejo Superior N° 088-2013-COSUSINEACE/P, de fecha 23 de agosto 2013 se designó al Sr. César Jesús la Serna Venegas como responsable de la entrega de información, así como de la elaboración y actualización del Portal de Transferencia a que se refiere el mencionado TUO de la Ley N° 27806; siendo que a la fecha la referida persona ha dejado de laborar en la Entidad, por lo que es necesario designar a quien lo reemplazará en dichas funciones;

De conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 28740, Ley del Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa, Ley N° 30220, Ley Universitaria; y Resolución Ministerial N° 396-2014-MINEDU y modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Designar a LUZ ADRIANA PEDRAZA BECERRA, Jefa de la Oficina de Comunicaciones e Imagen Institucional como responsable de la entrega de información, así como de la elaboración y actualización del Portal de Transferencia a que se refiere el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado con Decreto Supremo N° 043-2003-PCM. Artículo 2º.- Disponer que el personal y demás funcionarios del SINEACE, bajo responsabilidad y en los plazos otorgados, faciliten la información y/o documentación requerida. Artículo 3°.- Dejar sin efecto la Resolución de Presidencia del Consejo Superior N° 088-2013-COSUSINEACE/P, de fecha 23 de agosto 2013 y cualquier otra disposición que se oponga a lo dispuesto mediante la presente Resolución. Artículo 4°.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano, así como en el portal institucional. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEREGRINA MORGAN LORA Presidenta del Consejo Directivo Ad Hoc SINEACE 1400403-1

INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA Y DE LA PROTECCION DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
Modifican la modalidad de aplicación de derechos antidumping impuestos por las Resoluciones N°s. 005-97-INDECOPI/CDS y 001-2000/CDS-INDECOPI, prorrogados por Resoluciones N°s. 181-2009/CFDINDECOPI y 047-2016/CDB-INDECOPI, sobre importaciones de chalas y sandalias originarias de la República Popular China
COMISIÓN DE DUMPING, SUBSIDIOS Y ELIMINACIÓN DE BARRERAS COMERCIALES NO ARANCELARIAS RESOLUCIÓN Nº 113-2016/CDB-INDECOPI Lima, 21 de junio de 2016 LA COMISIÓN DE DUMPING, SUBSIDIOS Y ELIMINACIÓN DE BARRERAS COMERCIALES NO ARANCELARIAS DEL INDECOPI SUMILLA: En el marco del procedimiento de examen por cambio de circunstancias a los derechos antidumping correspondientes a las importaciones de chalas y sandalias con la parte superior de caucho o plástico y suelas de distintos materiales, originarias de la República Popular China; la Comisión ha dispuesto modificar la modalidad de aplicación de dichas medidas, estableciendo a tal efecto precios de importación por encima de los cuales no se aplicarán los derechos antidumping, en conformidad con las disposiciones contenidas en el artículo 11.2 del Acuerdo Antidumping y el artículo 59 del Reglamento Antidumping.

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