Norma Legal Oficial del día 07 de julio del año 2016 (07/07/2016)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 36

592166

NORMAS LEGALES

Jueves 7 de julio de 2016 /

El Peruano

dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes de emitida la presente Resolución y notificada la consignación al Sujeto Pasivo, remita al Registro de Predios de la Oficina Registral correspondiente de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (SUNARP), la información señalada en el artículo 30 de la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de Propiedad del Estado, Liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la Ejecución de Obras de Infraestructura, aprobada por el Decreto Legislativo N° 1192, a efectos de inscribir el bien inmueble expropiado a favor del beneficiario. Artículo 4.- Inscripción Registral del Bien Inmueble a Favor del Beneficiario Disponer que la Oficina Registral correspondiente de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (SUNARP) inscriba a favor del beneficiario el bien inmueble expropiado cuya partida registral se detalla en el Anexo que forma parte de la presente resolución, bajo responsabilidad y sanción de destitución; según lo previsto en el literal d) del numeral 28.1 del artículo 28 de la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de Propiedad del Estado, Liberación de Interferencias y dicta otras medidas para

la Ejecución de Obras de Infraestructura, aprobada por el Decreto Legislativo N° 1192. Artículo 5.- Notificación al Sujeto Pasivo Disponer que la Autoridad Autónoma del Sistema Eléctrico de Transporte Masivo de Lima y Callao - AATE, notifique la presente Resolución al Sujeto Pasivo de la expropiación, conforme a lo dispuesto en la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de Propiedad del Estado, Liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la Ejecución de Obras de Infraestructura, aprobada por el Decreto Legislativo N° 1192, requiriéndole la desocupación y entrega del bien inmueble expropiado dentro de un plazo de treinta (30) días hábiles siguientes de notificada la presente Resolución, bajo apercibimiento de iniciar el procedimiento de ejecución coactiva para el lanzamiento o toma de posesión del bien inmueble materia de expropiación; según lo previsto en el literal e) del numeral 28.1 del artículo 28 de la citada Ley. Regístrese, comuníquese y publíquese, JOSÉ GALLARDO KU Ministro de Transportes y Comunicaciones

ANEXO VALOR DE TASACIÓN CORRESPONDIENTE A UN (01) PREDIO AFECTADO POR LA EJECUCIÓN DEL PROYECTO LÍNEA 2 Y RAMAL AV. FAUCETT ­ AV. GAMBETTA DE LA RED BÁSICA DEL METRO DE LIMA Y CALLAO IDENTIFICACIÓN DEL INMUEBLE No. SUJETO ACTIVO / BENEFICIARIO SUJETO PASIVO CODIGO: EST15-COFOPRI-P06 AFECTACION: Total del Inmueble(Régimen de Propiedad Exclusiva y Común) VALOR DE LA TASACIÓN (S/)

1

MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES - AATE

LINDEROS Y MEDIDAS PERIMETRICAS DEL AREA TOTAL DE AFECTACION:Por COORDENADAS UTM DE VALIDEZ UNIVERSAL DEL INMUEBLE el Frente: Calle Prolongacion Huamanga y mide 4.80 ml.Por la Derecha: Entrando con la casa signada por la calle WGS-84 Prolongacion Huamanga con los numeros VÉRTICE LADO DISTANCIA 390 y 390A con 5.70 ml.Por la Izquierda ESTE NORTE : Con la tienda signada por la Avenida 28 de Julio con el numero 2059 y mide 5.70 A A-B 4.80 280029.0830 8665808.5946 LIMBER ml.Por el Fondo: Con la casa de bajos MALQUICHAGUA signada por la Avenida 28 de Julio con B B-C 5.70 280029.7413 8665803.8400 RODRIGUEZ Y el numero 2047 y mide 4.80 ml.Partida GRIMANESA PICON Registral Nº 46941721 del Registro de C C-D 4.80 280024.0952 8665803.0583 CLAROS Predios de Lima de la Zona Registral No. IX Sede Lima, Oficina Registral Lima.El D D-A 5.70 280023.4369 8665807.8129 Área Registral, que corresponde al predio materia de afectación es el siguiente: Área Registral: 27.36 m2 Informe Técnico N° 13952-2014-SUNARP-Z.R. N° IX/OC, emitido por la Zona Registral N° IX - Sede Lima, Oficina Lima

S/. 78,360.97

1400397-1

Aprueban valor de Tasación de inmueble afectado por la ejecución de la Obra: Proyecto Línea 2 y Ramal Av. Faucett - Av. Gambetta de la Red Básica del Metro de Lima y Callao, así como el pago correspondiente
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 470-2016 MTC/01.02 Lima, 1 de julio de 2016 VISTA: La Nota de Elevación N° 104-2016-MTC/33.1 de fecha 09 de junio de 2016, de la Autoridad Autónoma del Sistema Eléctrico de Transporte Masivo de Lima y Callao ­ AATE; y, CONSIDERANDO: Que, el Decreto Legislativo N° 1192, que aprueba la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de Propiedad del Estado, Liberación de Interferencias y dicta otras medidas para

la Ejecución de Obras de Infraestructura (en adelante, la Ley), establece el régimen jurídico aplicable a los procesos de Adquisición y Expropiación de inmuebles, transferencia de bienes inmuebles de propiedad del Estado y liberación de Interferencias para la ejecución de obras de infraestructura, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 70 de la Constitución Política del Perú; Que, la Ley en su artículo 12, establece que el valor de la tasación es fijado por la Dirección de Construcción de la Dirección General de Políticas y Regulación en Construcción y Saneamiento del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; y en su artículo 13, prevé que la fijación del valor de la tasación se efectúa considerando: a) El valor comercial del inmueble, que incluye los valores de terreno, de edificación, obras complementarias y plantaciones, de ser el caso; asimismo se considera las mejoras o cultivos permanentes existentes, de corresponder, y en el caso de cultivos no permanentes se sigue el tratamiento establecido por la norma; y, b) El valor del perjuicio económico que incluye la indemnización por el eventual perjuicio, que comprende únicamente al lucro cesante y daño emergente, siempre que se encuentren acreditados o cuenten con un informe debidamente sustentado. No procede indemnización de carácter extrapatrimonial. El monto de la indemnización

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.