Norma Legal Oficial del día 15 de julio del año 2016 (15/07/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 103

El Peruano / Viernes 15 de julio de 2016

NORMAS LEGALES

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Artículo 2°.- DESIGNAR; a los Miembros Integrantes del Jurado Calificador del Concurso Público para la elaboración y creación del Himno de la Comunidad Urbana Autogestionaria de Huaycán (Composición de Letra y Música), quienes serán los que realizarán la evaluación correspondiente de los trabajos presentados; el mismo, que estará integrado por las siguientes personas:
JURADO CALIFICADOR: - CARLOS LOAYZA PERALTA PRESIDENTE Representante de la Municipalidad Distrital de Ate - AMERICO MARTEN PEREYRA EPITACION Director de la Banda de Músicos del Colegio Edelmira del Pando - DANIEL SOTOMAYOR CAMPUSANO Profesor de Danza del Centro Cultural de Ate - WALTER TERREROS AYLAS Integrante de la Banda de Músicos de la Policía Nacional del Perú

Concejo de la Municipalidad de Ate, sí se puede realizar la sesión solemne solicitada; no obstante, se deberá acreditar lo señalado en el referido inciso, para lo cual deberá emitir un informe ampliatorio a su requerimiento inicial; Que, mediante Informe N° 120-2016-MDA/GM-AMSC, la Jefatura de la Agencia Municipal de Santa Clara informa respecto a los antecedentes históricos de Santa Clara, señalando los siguientes hechos: - El Pollo a la Brasa: Hace más de seis décadas, don Roger Schuler, encargó a un experto suizo que ideara un mecanismo que permitiera la cocción de varios pollos a la vez, resultando un novedoso horno provisto de un sistema de engranajes, varillas y ejes movidos por un motor que al girar acercan a los pollos al calor de las brasas; dando nacimiento al Pollo a la Brasa, afamado plato gastronómico peruano, reconocido internacionalmente, que se inició en la localidad de Santa Clara, posteriormente Jimmy Schuler (hijo de don Roger) fundó en su casa el Restaurant "El Pillo" de Santa Clara; asimismo, como homenaje al legado familiar en Santa Clara se realizan múltiples actividades, como la feria gastronómica denominada Festival del Pollo a la Brasa. - El Trapiche o Fábrica de Azúcar: En la Hacienda La Estrella, compuesta por 5 fundos, cuyos propietarios sembraron Caña de Azúcar y Algodón, construyeron un gran trapiche y refinería el año 1874, la cual contaba con rieles para traer la materia prima desde lugares como Huachipa, Pariachi y otros; alrededor de la fábrica se construyó un barrio de rancherías y una gran plaza sin pavimento, solo con una fuente de hierro al medio, para dotar de agua al pueblo. Tuvo su apogeo durante un periodo y con el paso del tiempo fue cambiando de dueños y arrendatarios y la crisis económica de las guerras mundiales y la caída del precio del azúcar terminaron por deteriorar dicha fábrica. - El Infiernillo: Santa Clara se crea en la época del virreinato en el año 1614, el entonces Virrey de Montesclaro utilizando la demarcación eclesiástica existente, divide Lima en doce distritos, siendo Ate uno de ellos, dividido en Ate Alto y Ate Bajo, siendo uno de los fundos La Estrrella o Santa Clara, en cuyo lugar con la finalidad de hacer cumplir las obligaciones de los indios se construye un lugar de castigo y sacrificio que hasta la fecha existe en el parque central de Santa Clara, conocido como "el infiernillo". - Zona Arqueológica de Huanchihuaylas: Durante la colonia, el Virrey Juan de Mendoza y Luna ordena fundar nuevas jurisdicciones españolas en Lima, una de ellas fue Ate. El fundo Ate Alto, más conocido como Santa Clara, era administrado por Gerónimo Barreto. En 1573, Barreto parte de Lima por la portada de Barbones para llegar a Huanchihuaylas y Pariachi; a la fecha, el sitio arqueológico permanece al lado sur este de Santa Clara, la cual forma parte del circuito arqueológico del Distrito de Ate; Que, mediante Informe Nº 611-2016-MDA/GAJ, la Gerencia de Asesoría Jurídica; refiere que estando a lo señalado en el artículo 13° de la Ley N° 27972 ­ Ley Orgánica de Municipalidades, respecto a Sesiones del Concejo Municipal que establece que: "(....). Se puede convocar a sesión solemne en los casos que señala el respectivo reglamento de organización interior. (...)"; y a lo indicado en el artículo 17° de la Ordenanza N° 371-MDA, que aprueba el Reglamento de Organización Interior del Concejo de la Municipal Distrital de Ate, que señala que: "(...). Las sesiones solemnes se realizan en ocasión de la Fiestas Patrias, el Aniversario del Distrito, o en ocasiones muy especiales cuando así lo estime el Alcalde o para el otorgamiento protocolar de condecoraciones y distinciones que acuerde el Concejo. (...)"; y, de acuerdo a lo señalado en el Informe precedente y al haberse acreditado el origen o fuente histórica de Santa Clara corresponde proceder a realizar la Sesión Solemne propuesta; Que, el artículo 42º de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades señala que "Los decretos de alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés

Artículo 3°.- ENCARGAR; el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía al Jurado Calificador conformado en el artículo precedente de la presente Resolución, Gerencia Municipal, Secretaria de Imagen Institucional y Comunicaciones, Gerencia de Desarrollo Social y Cultural, y demás áreas pertinentes de ésta Corporación Municipal. Regístrese, comuníquese y cúmplase. OSCAR BENAVIDES MAJINO Alcalde 1404090-1

Expresan saludo y reconocimiento institucional a la Localidad de Santa Clara con motivo del 418° Aniversario de Fundación Española
DECRETO DE ALCALDÍA Nº 023-2016/MDA Ate, 8 de julio de 2016 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ATE; VISTO; el Informe N° 084-2016 y Nº 120-2016-MDA/ GM-AMSC de la Agencia Municipal de Santa Clara de la Municipalidad Distrital de Ate; el Informe Nº 517-2016 y Nº 611-2016-MDA/GAJ de la Gerencia de Asesoría Jurídica; el Memorándum Nº 602-MDA/GM de la Gerencia Municipal; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, mediante Informe N° 084-2016-MDA/GM-AMSC, la Agencia Municipal de Santa Clara, requiere a la Alta Dirección del Corporativo la celebración de una Sesión Solemne en la localidad de Santa Clara, en el marco de lo estipulado en el inciso c) del Articulo 63º de la Ordenanza Nº 371-MDA, Reglamento de Organización Interior del Concejo de la Municipalidad de Ate; el Decreto de Alcaldía Nº 014-2015/MDA que decretó en su artículo 1º Declárese de Interés Local y Puesta en Valor Histórico y Cultural a la Localidad de Santa Clara del Distrito de Ate; asimismo, con motivo de estar próximo la celebración de su 418º Aniversario de Fundación Española; Que, mediante Informe Nº 517-2016-MDA/GAJ, la Gerencia de Asesoría Jurídica señala que acorde a lo establecido en el inciso c) del Articulo 63º de la Ordenanza Nº 371-MDA, Reglamento de Organización Interior del

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