Norma Legal Oficial del día 10 de junio del año 2016 (10/06/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 79

El Peruano / Viernes 10 de junio de 2016

NORMAS LEGALES

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público técnico especializado adscrito al Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, competente para proponer y ejecutar los planes y estrategias de promoción de bienes y servicios exportables, así como de turismo interno y receptivo, promoviendo y difundiendo la imagen del Perú en materia turística y de exportaciones; Que, en cumplimiento de las actividades programadas por la Subdirección de Mercadeo y Comunicaciones de PROMPERÚ, se ha contemplado realizar conjuntamente con empresas peruanas del sector turismo, el evento "BTL Chile Frontera", a realizarse en la ciudad de Iquique, República de Chile, los días 11 y 12 de junio de 2016, con el objetivo de incrementar el tránsito de frontera del viajero chileno a través de una novedosa presentación en el Mall La Américas de la ciudad de Iquique, de nuestra realidad aumentada en formato 3D que recrea paisajes y personajes animados de la regiones de Cusco, Piura ­ Tumbes (playas del norte), con la finalidad de impactar directamente en el público final; Que, en tal razón, la Dirección de Promoción del Turismo de PROMPERÚ ha solicitado que se autorice la comisión de servicios de la señorita Vanessa Esther Ramírez Guzmán, quien presta servicios en dicha Dirección, a la ciudad de Iquique, República de Chile, para que en representación de PROMPERÚ, desarrolle actividades vinculadas a la promoción turística del Perú en el evento antes mencionado; Que, la Ley N° 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, prohíbe los viajes al exterior con cargo a recursos públicos, salvo los casos excepcionales que la misma Ley señala, entre ellos, los viajes que se efectúen en el marco de las acciones de promoción de importancia para el Perú, los que deben realizarse en categoría económica y ser autorizados por Resolución del Titular de la Entidad; De conformidad con la Ley N° 27619, que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos, sus modificatorias, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y la Ley Nº 30075, Ley de Fortalecimiento de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo ­ PROMPERÚ; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Autorizar el viaje de la señorita Vanessa Esther Ramírez Guzmán, a la ciudad de Iquique, República de Chile, del 10 al 13 de junio de 2016, para que en representación de PROMPERÚ lleve a cabo diversas acciones de promoción del turismo receptivo, durante el evento mencionado en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2°.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución se efectuarán con cargo al Pliego Presupuestal 008 Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo ­ PROMPERÚ, de acuerdo al siguiente detalle:
Pasajes aéreos Viáticos Clase Económica día US $ US $ 712,00 370,00 N° días 3 Total Viáticos 1 110,00

ORGANISMO TÉCNICO DE LA ADMINISTRACIÓN DE LOS SERVICIOS DE SANEAMIENTO
Designan responsable de la elaboración y actualización del Portal de Transparencia del Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento - OTASS
RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 030-2016-OTASS/DE Lima, 6 de junio de 2016 VISTOS: El Informe N° 83-2016-OTASS/OA de fecha 02 de junio del 2016 de la Jefa de la Oficina de Administración, con el cual solicita la designación del nuevo responsable del Portal de Transparencia del Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento (OTASS) y, el Informe N° 097-2016-OTASS/OAJ de fecha 06 de junio de 2016 de la Jefa de la Oficina de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que, por Ley N° 30045, Ley de Modernización de los Servicios de Saneamiento, modificada por Decreto Legislativo N° 1240, se crea el Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento ­ OTASS, como organismo público técnico especializado adscrito al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, con personería de derecho público interno, con autonomía funcional, económica, financiera y administrativa y con competencia a nivel nacional; Que, por Decreto Supremo N° 043-2003-PCM, se aprobó el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, cuya finalidad es promover la transparencia de los actos del Estado y regular el derecho fundamental del acceso a la información consagrado en el numeral 5 del artículo 2 de la Constitución Política del Estado; Que, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 3 de la norma citada, el Estado adopta medidas básicas que garanticen y promuevan la transparencia en la actuación de las entidades de la Administración Pública y tiene la obligación de entregar la información que demanden las personas en aplicación del principio de publicidad; Que, el literal c) del artículo 3 del Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado por Decreto Supremo N° 072-2003-PCM, señala que corresponde a la máxima autoridad de la entidad, designar al funcionario responsable de la elaboración y actualización del Portal de Transparencia; Que, el numeral 2 del artículo 8 de la Ley N° 30045, concordante con el artículo 10 del Reglamento de Organización y Funciones del OTASS aprobado con Decreto Supremo N° 017-2014-VIVIENDA, establece que la Dirección Ejecutiva es la más alta autoridad ejecutiva del Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento (OTASS) y titular del pliego presupuestal; Que, en el marco de las normas antes citadas, con Resolución Directoral N° 040-2015-OTASS/DE de fecha 9 de noviembre de 2015, se designó a la Especialista en Informática Patricia del Carmen Saldaña Infante, como responsable de la elaboración y actualización del Portal de Transparencia del Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento (OTASS); Que, mediante Informe N° 83-2016-OTASS/OA, la Jefa de la Oficina de Administración propone designar al nuevo responsable de la elaboración y actualización del Portal de Transparencia del OTASS en sustitución de la Especialista en Informática Patricia del Carmen Saldaña Infante quien ha dejado de laborar en el OTASS;

Nombres y apellidos Vanessa Esther Ramírez Guzmán

Artículo 3°.- Dentro de los quince días calendario siguientes a su retorno al país, la señorita Vanessa Esther Ramírez Guzmán, presentará a la Titular del Pliego Presupuestal de PROMPERÚ, un informe detallado sobre las acciones realizadas y los logros obtenidos durante el evento al que asistirá; asimismo, deberá presentar la rendición de cuentas respectiva, de acuerdo a Ley. Artículo 4°.- La presente Resolución no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. ARACELLY LACA RAMOS Secretaria General (e) 1390352-1

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