Norma Legal Oficial del día 21 de junio del año 2016 (21/06/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 18

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NORMAS LEGALES

Martes 21 de junio de 2016 /

El Peruano

Modifican el Texto Actualizado y Concordado del Reglamento de Organización y Funciones de ESSALUD
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA Nº 310-PE-ESSALUD-2016 Lima, 17 de junio de 2016 VISTOS: La Carta Nº 898-GCPD-ESSALUD-2016 y el Informe Técnico Nº 058-GOP-GCPD-ESSALUD-2016 de la Gerencia Central de Planeamiento y Desarrollo, la Carta Nº 1403-GCAJ-ESSALUD-2016 y el Informe Nº 270-GNAA-GCAJ-ESSALUD-2016 de la Gerencia Central de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 016-2012-TR, se declaró en reorganización el Seguro Social de Salud ­ ESSALUD a fin de garantizar la efectiva prestación de los servicios que brinda a los asegurados, así como la intangibilidad de sus recursos en el marco del derecho a la seguridad social de salud y los principios de solidaridad, transparencia, participación y eficiencia; Que, en el numeral 2.4 del artículo 2º del citado Decreto Supremo, se señaló que ESSALUD realizará las acciones necesarias, teniendo en cuenta lo establecido en los numerales precedentes, con el fin de fortalecer sus procedimientos internos, su estructura orgánica y funcional, e instrumentos de gestión; Que, con el Decreto Supremo Nº 043-2006-PCM se aprobaron los lineamientos para la elaboración y aprobación del Reglamento de Organización y Funciones ­ROF por parte de las entidades de la Administración Pública; en cuyo literal a) del artículo 3º se señalan las entidades que se sujetan a lo dispuesto en la citada norma, entre las cuales se menciona a los Organismos Públicos Descentralizados u otros Organismos Públicos con calidad de pliego presupuestal adscritos a la Presidencia del Consejo de Ministros o a los Ministerios, con independencia de la denominación formal que las normas les reconozcan; Que, por Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 656-PE-ESSALUD-2014, de fecha 31 de diciembre de 2014, se aprobó la nueva Estructura Orgánica y el Reglamento de Organización y Funciones del Seguro Social de Salud ­ESSALUD, en el marco de lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 016-2012-TR que declaró en reorganización el Seguro Social de Salud ­ESSALUD, los que fueron modificados por las Resoluciones de Presidencia Ejecutiva Nro. 152, 222, 226, 601 y 767-PEESSALUD-2015, aprobándose, mediante esta última Resolución de Presidencia Ejecutiva el Texto Actualizado y Concordado del Reglamento de Organización y Funciones del Seguro Social de Salud ­ ESSALUD; Que, asimismo, por Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 141-PE-ESSALUD-2016, de fecha 03 de marzo de 2016, se modificó la Estructura Orgánica y el Texto Actualizado y Concordado del Reglamento de Organización y Funciones del ESSALUD, aprobados por Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 767-PEESSALUD-2015, incorporándose el cambio de denominación de la Oficina de Gestión de la Calidad por Oficina de Gestión de la Calidad y Humanización; Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 116-PE-ESSALUD-2008, de fecha 26 de febrero de 2008, y modificatoria, Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 063-PE-ESSALUD-2008, se aprobó las Estructuras Orgánicas y los Reglamentos de Organización y Funciones de las Redes Asistenciales Tipo "B" con Hospital Base de nivel III (Ancash, Piura, Puno y Juliaca), y de las Redes Asistenciales Tipo "C" con Hospital Base de nivel III (Loreto y Tacna); Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 210-PE-ESSALUD-2008, de fecha 06 de mayo de 2008, y modificatoria, Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 012-PE-ESSALUD-2008, se aprobó las Estructuras

Orgánicas y los Reglamentos de Organización y Funciones de las Redes Asistenciales Tipo "C" con Hospital Base de nivel I (Amazonas, Tumbes, Moyobamba y Madre de Dios), y de las Redes Asistenciales Tipo "C" con Hospital Base de nivel II (Huánuco, Pasco, Moquegua, Cajamarca, Ayacucho, Tarapoto, Apurímac, Huancavelica y Ucayali); Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 368-PE-ESSALUD-2010, de fecha 23 de agosto de 2010, se aprobaron las Estructuras Orgánicas de las Redes Asistenciales Cusco, Lambayeque y Arequipa; las Micro Estructuras de los Hospitales Base "Adolfo Guevara Velasco", "Almanzor Aguinaga Asenjo" y "Carlos Seguín Escobedo" y los Reglamentos de Organización y Funciones de las citadas Redes Asistenciales, respectivamente; Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 373-PE-ESSALUD-2010, de fecha 26 de agosto de 2010, y modificatorias, Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 018-PE-ESSALUD-2011, Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 316-PE-ESSALUD-2011 y Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 368-PE-ESSALUD-2014, se aprobaron las Estructuras Orgánicas de la Red Asistencial La Libertad y Junín; las Micro Estructuras de los Hospitales Base "Víctor Lazarte Echegaray" y "Ramiro Prialé Prialé" y los Reglamentos de Organización y Funciones de las citadas Redes Asistenciales, respectivamente; Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 517-PE-ESSALUD-2011, de fecha 15 de julio de 2011, se aprobó la Estructura Orgánica y el Reglamento de Organización y Funciones de la Red Asistencial Ica y de su Hospital Base "Augusto Hernández Mendoza"; Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 023-PE-ESSALUD-2010, de fecha 15 de enero de 2010, se dispuso el cambio de denominación de la Oficina de Coordinación de Prestaciones por Oficina de Coordinación de Prestaciones y Atención Primaria en las Redes Asistenciales Tipo A y B (Lambayeque, Arequipa, Cusco, La Libertad, Junín, Ancash, Piura, Puno, Juliaca e Ica); asimismo, se aprobó la creación de la indicada oficina en las Redes Asistenciales Tipo C (Tacna, Loreto, Apurímac, Ayacucho, Cajamarca, Huancavelica, Huánuco, Moquegua, Pasco, Tarapoto, Ucayali, Madre de Dios, Tumbes, Amazonas y Moyobamba); Que, de acuerdo al literal i) del artículo 36º del Texto Actualizado y Concordado del Reglamento de Organización y Funciones de ESSALUD, aprobado por Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 767-PEESSALUD-2014 y modificatorias, la Gerencia Central de Planeamiento y Desarrollo tiene la función de formular, actualizar, evaluar y proponer, entre otros, el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de ESSALUD y de los órganos desconcentrados; Que, asimismo, en los literales d) y h) del artículo 45º del citado Texto Actualizado se establece que la Gerencia de Organización y Procesos de la Gerencia Central de Planeamiento y Desarrollo tiene como función, entre otras, evaluar y emitir opinión técnica respecto a los requerimientos de modificación de la estructura, funciones y procesos propuestos por los órganos centrales y desconcentrados, así como de las directivas formuladas por los órganos centrales, en el ámbito de sus funciones, así como proponer los cambios organizacionales y normativos que permitan una optimización y flexibilización de la estructura orgánica de la Institución, así como los documentos de gestión institucional, que correspondan al ámbito de su competencia; Que, con la Carta de Vistos la Gerencia Central de Planeamiento y Desarrollo remite el Informe Técnico Nº 058-GOP-GCPD-ESSALUD-2016, elaborado por la Gerencia de Organización y Procesos, que señala que en virtud a la Sexta Disposición Complementaria y Transitoria del Decreto Legislativo Nº 1158 se ha emitido el Decreto Supremo Nº 010-2016-SA, que establece Disposiciones para las Instituciones Administradoras de Fondos de Aseguramiento en Salud Públicas ­ IAFAS Públicas. En el artículo 5º de las Disposiciones antes mencionadas se señala que las IAFAS públicas prexistentes a dicha norma deben adecuar su finalidad u objeto conforme a lo señalado a través del instrumento correspondiente; Que, en el citado informe se sustenta la propuesta de

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