Norma Legal Oficial del día 01 de marzo del año 2016 (01/03/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 67

El Peruano / Martes 1 de marzo de 2016

NORMAS LEGALES

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Que, conforme a las atribuciones conferidas por el Numeral 6) del Articulo 20° de la Ley N° 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades; DECRETA: Artículo Primero.- AMPLIAR la fecha de vencimiento para el pago de los Tributos Municipales correspondiente al ejercicio 2016, según el siguiente detalle:
IMPUESTO PREDIAL Pago al contado: Jueves 31 de Marzo 2016. Pago Fraccionado Primera cuota : Jueves 31 de Marzo de 2016. ARBITRIOS MUNICIPALES Enero: Jueves 31 de Marzo de 2016. Febrero: Jueves 31 de Marzo de 2016.

Artículo Segundo.- Los beneficios establecidos en el Articulo 3° de la Ordenanza N° 369-2015-MDL, serán de aplicación en función del Artículo Primero del presente Decreto de Alcaldía. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia de Servicios de Administración Tributaria a través de sus Subgerencias, Gerencia de Administración y Finanzas, Gerencia de Comunicaciones e Imagen y Subgerencia de Desarrollo Corporativo y Tecnología, el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía. POR TANTO: Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase; MARTIN PRINCIPE LAINES Alcalde 1350434-1

MUNICIPALIDAD DE LOS OLIVOS
Modifican el Reglamento para el Proceso de Formulación y Aprobación del Plan de Desarrollo Local Concertado del Distrito de Los Olivos para el periodo 2016-2021
DECRETO DE ALCALDÍA Nº 04-2016-MDLO Los Olivos, 26 de febrero de 2016. EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LOS OLIVOS CONSIDERANDO: Que, conforme a lo prescrito en el Artículo 194º de la Constitución Política del Estado, modificada mediante Leyes de Reforma Constitucional Nº 27680, Nº 28607 y Nº 30305, en concordancia con el Artículo II y IV del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 ­ Ley Orgánica de Municipalidades: "Los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia"; Que, mediante Ordenanza Nº 432-CDLO, se aprueba el Reglamento para el Proceso de Formulación y Aprobación del Plan de Desarrollo Local Concertado del Distrito de Los Olivos para el periodo 2016­2021, que tiene por objeto regular y establecer lineamientos metodológicos de carácter técnico y operativo que permitan garantizar la adecuada formulación del Plan de Desarrollo Local Concertado del Distrito de Los Olivos, de acuerdo a las políticas nacionales, regionales y locales, asimismo fortalecer la gobernabilidad articuladamente entre los tres niveles de Gobierno: Nacional, Regional y Local, así como la concertación entre los sectores público, privado y la Sociedad Civil Organizada a fin de fortalecer

las capacidades y potencialidades en busca de una mejor calidad de vida en el Distrito; Que, de conformidad a lo dispuesto en el Artículo Segundo de la Ordenanza Nº 432-CDLO y la Primera Disposición Final del Reglamento para el Proceso de Formulación y Aprobación del Plan de Desarrollo Local Concertado del Distrito de Los Olivos para el periodo 2016­2021, aprobado por esta, se faculta al señor Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía pueda dictar las disposiciones complementarias de la ordenanza en cuestión y asimismo modifique el Cronograma del Proceso de Planeamiento Estratégico de ser el caso; Que, mediante Informe Nº 0030-2016-MDLO/GPP de fecha 26 de febrero de 2016, el Gerente de Planificación y Presupuesto remite el Informe Nº 023-2016-MDLO/GPP/ SGPR de fecha 26 de febrero de 2016 de la Subgerencia de Planeamiento y Racionalización, en su calidad de Coordinador Técnico del proceso de Planeamiento Estratégico y de conformidad a las últimas disposiciones del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico CEPLAN, con el fin de establecer los lineamientos para el cumplimiento y verificación de la META 03: "Formulación del Plan de Desarrollo Local Concertado - PDLC", en el marco del Programa de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal del año 2016, para estandarizar criterios, se hace necesario adecuar el Reglamento aprobado por la Ordenanza Nº 432-CDLO en el Artículo 18º.- Comisión de Planeamiento Estratégico, Artículo 19º.- Responsabilidades de la Comisión de Planeamiento Estratégico, Artículo 20º.- Actores del Proceso de Planeamiento así como el Cronograma del Proceso de Planeamiento Estratégico; Que, con Informe Nº 174-2016-MDLO-GAJ de fecha 26 de febrero de 2016, la Gerencia de Asesoría Jurídica opina por la procedencia de la emisión del presente Decreto de Alcaldía; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas al Alcalde en el Artículo 20º numeral 6) de la Ley Nº 27972 ­ Ley Orgánica de Municipalidades, y en el Artículo Segundo de la Ordenanza Nº 432-CDLO y la Primera Disposición Final del Reglamento para el Proceso de Formulación y Aprobación del Plan de Desarrollo Local Concertado del Distrito de Los Olivos para el periodo 2016­2021 aprobado por esta misma. DECRETA: Artículo Primero.- MODIFICAR, con el fin de Adecuar a la Guía para el Cumplimiento de la Meta Nº 03 del Programa de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal 2016, el Reglamento para el Proceso de Formulación y Aprobación del Plan de Desarrollo Local Concertado del Distrito de Los Olivos para el periodo 2016­2021 aprobado mediante Ordenanza Nº 432-CDLO, en los siguientes Artículos: Artículo 18º.- Comisión de Planeamiento Estratégico, Artículo 19º.- Responsabilidades de la Comisión de Planeamiento Estratégico, Artículo 20º.Actores del Proceso de Planeamiento, y el Cronograma del Proceso de Planeamiento Estratégico, conforme queda detallado y establecido en el Anexo Nº 1 que forma parte integrante del presente Decreto de Alcaldía. Artículo Segundo.- EL PRESENTE Decreto de Alcaldía entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia de Planificación y Presupuesto y la Subgerencia de Planeamiento y Racionalización el cumplimiento del presente Decreto en cuanto sea de su competencia, a la Secretaría General la publicación en el Diario Oficial "El Peruano", a la Subgerencia de Imagen Institucional su difusión y a la Gerencia de Tecnologías de la Información y Subgerencia de Soporte, Redes y Telecomunicaciones su publicación en el Portal Institucional de la Municipalidad. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. PEDRO M. DEL ROSARIO RAMÍREZ Alcalde 1350316-1

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