Norma Legal Oficial del día 01 de marzo del año 2016 (01/03/2016)
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TEXTO DE LA PÁGINA 67
El Peruano / Martes 1 de marzo de 2016
NORMAS LEGALES
579333
Que, conforme a las atribuciones conferidas por el Numeral 6) del Articulo 20° de la Ley N° 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades; DECRETA: Artículo Primero.- AMPLIAR la fecha de vencimiento para el pago de los Tributos Municipales correspondiente al ejercicio 2016, según el siguiente detalle:
IMPUESTO PREDIAL Pago al contado: Jueves 31 de Marzo 2016. Pago Fraccionado Primera cuota : Jueves 31 de Marzo de 2016. ARBITRIOS MUNICIPALES Enero: Jueves 31 de Marzo de 2016. Febrero: Jueves 31 de Marzo de 2016.
Artículo Segundo.- Los beneficios establecidos en el Articulo 3° de la Ordenanza N° 369-2015-MDL, serán de aplicación en función del Artículo Primero del presente Decreto de Alcaldía. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia de Servicios de Administración Tributaria a través de sus Subgerencias, Gerencia de Administración y Finanzas, Gerencia de Comunicaciones e Imagen y Subgerencia de Desarrollo Corporativo y Tecnología, el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía. POR TANTO: Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase; MARTIN PRINCIPE LAINES Alcalde 1350434-1
MUNICIPALIDAD DE LOS OLIVOS
Modifican el Reglamento para el Proceso de Formulación y Aprobación del Plan de Desarrollo Local Concertado del Distrito de Los Olivos para el periodo 2016-2021
DECRETO DE ALCALDÍA Nº 04-2016-MDLO Los Olivos, 26 de febrero de 2016. EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LOS OLIVOS CONSIDERANDO: Que, conforme a lo prescrito en el Artículo 194º de la Constitución Política del Estado, modificada mediante Leyes de Reforma Constitucional Nº 27680, Nº 28607 y Nº 30305, en concordancia con el Artículo II y IV del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 Ley Orgánica de Municipalidades: "Los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia"; Que, mediante Ordenanza Nº 432-CDLO, se aprueba el Reglamento para el Proceso de Formulación y Aprobación del Plan de Desarrollo Local Concertado del Distrito de Los Olivos para el periodo 20162021, que tiene por objeto regular y establecer lineamientos metodológicos de carácter técnico y operativo que permitan garantizar la adecuada formulación del Plan de Desarrollo Local Concertado del Distrito de Los Olivos, de acuerdo a las políticas nacionales, regionales y locales, asimismo fortalecer la gobernabilidad articuladamente entre los tres niveles de Gobierno: Nacional, Regional y Local, así como la concertación entre los sectores público, privado y la Sociedad Civil Organizada a fin de fortalecer
las capacidades y potencialidades en busca de una mejor calidad de vida en el Distrito; Que, de conformidad a lo dispuesto en el Artículo Segundo de la Ordenanza Nº 432-CDLO y la Primera Disposición Final del Reglamento para el Proceso de Formulación y Aprobación del Plan de Desarrollo Local Concertado del Distrito de Los Olivos para el periodo 20162021, aprobado por esta, se faculta al señor Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía pueda dictar las disposiciones complementarias de la ordenanza en cuestión y asimismo modifique el Cronograma del Proceso de Planeamiento Estratégico de ser el caso; Que, mediante Informe Nº 0030-2016-MDLO/GPP de fecha 26 de febrero de 2016, el Gerente de Planificación y Presupuesto remite el Informe Nº 023-2016-MDLO/GPP/ SGPR de fecha 26 de febrero de 2016 de la Subgerencia de Planeamiento y Racionalización, en su calidad de Coordinador Técnico del proceso de Planeamiento Estratégico y de conformidad a las últimas disposiciones del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico CEPLAN, con el fin de establecer los lineamientos para el cumplimiento y verificación de la META 03: "Formulación del Plan de Desarrollo Local Concertado - PDLC", en el marco del Programa de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal del año 2016, para estandarizar criterios, se hace necesario adecuar el Reglamento aprobado por la Ordenanza Nº 432-CDLO en el Artículo 18º.- Comisión de Planeamiento Estratégico, Artículo 19º.- Responsabilidades de la Comisión de Planeamiento Estratégico, Artículo 20º.- Actores del Proceso de Planeamiento así como el Cronograma del Proceso de Planeamiento Estratégico; Que, con Informe Nº 174-2016-MDLO-GAJ de fecha 26 de febrero de 2016, la Gerencia de Asesoría Jurídica opina por la procedencia de la emisión del presente Decreto de Alcaldía; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas al Alcalde en el Artículo 20º numeral 6) de la Ley Nº 27972 Ley Orgánica de Municipalidades, y en el Artículo Segundo de la Ordenanza Nº 432-CDLO y la Primera Disposición Final del Reglamento para el Proceso de Formulación y Aprobación del Plan de Desarrollo Local Concertado del Distrito de Los Olivos para el periodo 20162021 aprobado por esta misma. DECRETA: Artículo Primero.- MODIFICAR, con el fin de Adecuar a la Guía para el Cumplimiento de la Meta Nº 03 del Programa de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal 2016, el Reglamento para el Proceso de Formulación y Aprobación del Plan de Desarrollo Local Concertado del Distrito de Los Olivos para el periodo 20162021 aprobado mediante Ordenanza Nº 432-CDLO, en los siguientes Artículos: Artículo 18º.- Comisión de Planeamiento Estratégico, Artículo 19º.- Responsabilidades de la Comisión de Planeamiento Estratégico, Artículo 20º.Actores del Proceso de Planeamiento, y el Cronograma del Proceso de Planeamiento Estratégico, conforme queda detallado y establecido en el Anexo Nº 1 que forma parte integrante del presente Decreto de Alcaldía. Artículo Segundo.- EL PRESENTE Decreto de Alcaldía entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia de Planificación y Presupuesto y la Subgerencia de Planeamiento y Racionalización el cumplimiento del presente Decreto en cuanto sea de su competencia, a la Secretaría General la publicación en el Diario Oficial "El Peruano", a la Subgerencia de Imagen Institucional su difusión y a la Gerencia de Tecnologías de la Información y Subgerencia de Soporte, Redes y Telecomunicaciones su publicación en el Portal Institucional de la Municipalidad. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. PEDRO M. DEL ROSARIO RAMÍREZ Alcalde 1350316-1