Norma Legal Oficial del día 01 de marzo del año 2016 (01/03/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 63

El Peruano / Martes 1 de marzo de 2016

NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

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Que mediante Ley N° 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fiscal 2016, se aprobó el Presupuesto del Sector Público para el año fiscal 2016, que entre otros incluye el Pliego 033: Registro Nacional de Identificación y Estado Civil ­ RENIEC; Que con Resolución Secretarial N° 0000982015/SGEN-RENIEC (22DIC2015), se aprobó la Directiva DI-386-GPP/006 "Formulación, Evaluación y Reprogramación del Plan Operativo Institucional (POI)", primera versión, documento que norma, el proceso y etapas de la formulación de los Planes Operativos de las diversas áreas del RENIEC; Estando a lo opinado por la Sub Gerencia de Asesoría Jurídica Administrativa de la Gerencia de Asesoría Jurídica y conforme a las atribuciones conferidas por la Ley N° 26497, Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, el Reglamento de Organización y Funciones del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, aprobado por Resolución Jefatural N° 124-2013/JNAC/RENIEC (10ABR2013) y el Decreto Supremo N° 001-2009-JUS; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar el Plan Operativo Institucional para el año fiscal 2016, cuyo texto, como anexo, forma parte integrante de la presente Resolución Jefatural. Artículo Segundo.- Disponer la publicación de la presente Resolución Jefatural en el diario oficial El Peruano y en el portal institucional, www.reniec.gob.pe, la resolución y el texto del Plan Operativo Institucional 2016 aprobado. Artículo Tercero.- Hacer de conocimiento al Órgano de Control Institucional el contenido de la presente Resolución Jefatural. Regístrese, publíquese y cúmplase. JORGE LUIS YRIVARREN LAZO Jefe Nacional 1350726-1

Aprueban ampliación de vigencia de gratuidad en la tramitación y emisión del DNI, para niñas, niños y adolescentes en situación de abandono albergados en Centros de Atención Residencial
RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 32-2016/JNAC/RENIEC Lima, 29 de febrero de 2016 VISTOS: La Hoja de Elevacion N° 000267-2015/ GRIAS/RENIEC (18NOV2015), emitida por la Gerencia de Restitución de la Identidad y Apoyo Social, el Informe N° 000033-2015/GRIAS/SGFI/RENIEC (18NOV2015), emitido por la Sub Gerencia de Fomento de la Identidad de la Gerencia de Restitución de la Identidad y Apoyo Social; el Memorando Nº 004968-2015/GPP/RENIEC (14DIC2015), emitido por la Gerencia de Planificacion y Presupuesto, el Informe Nº 004342-2015/GPP/SGP/ RENIEC (11DIC2015), emitido por la Sub Gerencia de Presupuesto de la Gerencia de Planificacion y Presupuesto, el Informe Nº 000141-2015/GPP/SGPL/ RENIEC (01DIC2015), emitido por la Sub Gerencia de Planificación de la Gerencia de Planificacion y Presupuesto, el Memorando N° 000106-2016/GG/ RENIEC (05FEB2016), emitido por la Gerencia General; los Informes Nº 000485-2015/GAJ/SGAJR/ RENIEC (17DIC2015) y N° 000040-2016/GAJ/SGAJR/ RENIEC (10FEB2016), emitidos por la Sub Gerencia de Asesoría Jurídica Registral de la Gerencia de Asesoría Jurídica y la Hojas de Elevación Nº 000816-2015/GAJ/ RENIEC (17DIC2015) y N° 000070-2016/GAJ/RENIEC (10FEB2016), emitidas por la Gerencia de Asesoría Jurídica;

Que el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil es un organismo constitucionalmente autónomo encargado, de manera exclusiva y excluyente, de organizar y actualizar el Registro Único de Identificación de las Personas Naturales, así como de inscribir los hechos y los actos relativos a su capacidad y estado civil; Que conforme lo dispuesto en el artículo 183º de la Constitución Política del Perú es competencia funcional del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, entre otros, mantener actualizado el Registro Único de Identificación de las Personas Naturales y emitir el documento que acredite su identidad; Que el derecho a la identidad consagrado por la Constitución Política del Estado como un derecho fundamental de las personas, implica el reconocimiento de la personalidad jurídica del individuo, el derecho a tener un nombre y a ser designado por éste, a estar inscritos en los registros correspondientes y a contar con los documentos de identificación que los individualice de los demás; Que en virtud a lo establecido en el artículo 122º del Reglamento de Organización y Funciones del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil- RENIEC, la Gerencia de Restitución de la Identidad y Apoyo Social (GRIAS) es el órgano de línea encargado de la prevención y atención del problema de la indocumentación a través de acciones operativas concretas que permitan hacer accesible el derecho al nombre y a la identidad de la población en situación de vulnerabilidad, considerando los enfoques de derecho, género e interculturalidad, teniendo a su cargo la formulación y ejecución de los planes institucionales contra la indocumentación; Que por Resolución Jefatural Nº 043-2013/JNAC/ RENIEC (08FEB2013), se dispuso la gratuidad en los procedimientos en el Registro Único de Identificación de las Personas Naturales en la modalidad de inscripción por primera vez, renovación, duplicado y rectificación de datos para niños, niñas y adolescentes en situación de abandono albergados en los Centros de Atención Residencial (CAR), que sean presentados por las entidades competentes a nivel nacional, pudiendo ser gestionadas en campañas de desplazamiento, oficinas registrales, agencias y puntos de atención del RENIEC, del 1 de enero hasta el 31 de diciembre de 2013, con cargo a los Recursos Ordinarios, con que cuenta la institución para el presente año fiscal y su afectación será en la medida que se ejecuten los requerimientos respectivos; Que posteriormente por Resolución Jefatural Nº 394-2013/JNAC/RENIEC (27DIC2013) se dispuso aprobar la ampliación de la vigencia de la gratuidad en el procedimiento en el Registro Único de Identificación de las Personas Naturales en la modalidad de inscripción por primea vez, renovación, duplicado y rectificación de datos para niños, niñas y adolescentes en situación de abandono albergados en los Centros de Atención Residencial, que sean presentados por las entidades competentes a nivel nacional, pudiendo ser gestionados en campañas de desplazamientos, oficinas registrales, agencias y puntos de atención del RENIEC del 1 de enero hasta el 31 de diciembre de 2014; Que en ese contexto, mediante Resolución Jefatural Nº 308-2014/JNAC/RENIEC (29DIC2014) se dispuso aprobar la ampliación de la vigencia de la gratuidad en los procedimientos en el Registro Único de Identificación de las Personas Naturales en la modalidad de inscripción por primera vez, renovación, duplicado y rectificación de datos para niños, niñas y adolescentes en situación de abandono albergados en los Centros de Atención Residencial, que sean presentados por las entidades competentes a nivel nacional, pudiendo ser gestionados en campañas de desplazamientos, oficinas registrales, agencias y puntos de atención del RENIEC del 1 de enero hasta el 31 de diciembre de 2015; Que en atención a ello, mediante el documento de vistos, la Gerencia de Restitución de la Identidad y Apoyo Social informa sobre la cantidad de trámites de DNI a niños, niñas y adolescentes en estado de abandono albergados en CAR realizados a octubre del 2015 (737 trámites de DNI) y las proyecciones para el año 2016

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