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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE MARZO DEL AÑO 2016 (01/03/2016)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 62

579328 NORMAS LEGALES Martes 1 de marzo de 2016 / El Peruano “ACCION POPULAR”, representado por su Personera Legal Titular, MARINA ROSALVA VASQUEZ HURTADO. EXPEDIENTE N° 0185-2016-032 Jesús María, 24 de febrero de 2016 VISTO: El expediente que contiene la solicitud de inscripción de lista de candidatos al Parlamento Andino presentada en la fecha, por el Partido Político “ACCION POPULAR”, debidamente representado por la Personera Legal Titular, MARINA ROSALVA VASQUEZ HURTADO, en el marco de las Elecciones Generales del año 2016; y (…) Este Jurado Electoral Especial en uso de sus atribuciones, conferidas por los artículos 44° y 47° de la Ley Orgánica de Elecciones y 35° y 36° de la Ley Orgánica del Jurado Nacional de Elecciones; RESUELVE: Artículo Primero.- ADMITIR a trámite en parte la solicitud de inscripción de la lista de candidatos de representantes ante el Parlamento Andino, presentada por la Organización Política – Partido Político “ACCION POPULAR”, representada por su Personera Legal Titular – MARINA ROSALVA VASQUEZ HURTADO, con el objeto de participar en las Elecciones Generales del año 2016, conforme al siguiente detalle: Lista de candidatos al Congreso de la República NOMBRES Y APELLIDOS DNI 1.BERTHA ESTHER ARROYO PATIÑO DE ALVA 08261028 2.SOLEDAD ISABEL SANCHEZ CHAVEZ 42965391 3.SEIDA PALACIOS PAIVA 23880306 4.JOSE DAVID VENTOSILLA ÑAÑEZ 07565835 5.SERGIO RIVEROS RIVEROS 06824824 6.MARIA ISABEL RAMOS LANDA 09545081 7.AMIR JONATHON BOCANEGRA ALDANA 40782626 8. SEBASTIANA DEL PILAR CARRILLO FERNANDEZ 16801081 9. 10.ROBERTO HERRERA VARGAS 23908489 11.SERAPIO ALBERTO BENITO ARAGON 23802087 12.MELQUIADES OSCAR CERNADES MAXDEO 23806016 13.ELIAS MARCELO MENDOZA HABERSPERGER 08216199 14.ENRIQUE JAVIER AGUIRRE ARGUELLES 08806261 15. KATIA PILAR HURTADO CHELQUILLO 06811008 Artículo Segundo.- Declarar IMPROCEDENTE la inscripción de las candidatas N°9 SARITA BELEN MARIN VILLARREAL, por las consideraciones expuestas en la presente Resolución. Artículo Tercero.- PUBLICAR la síntesis de la presente resolución en el Diario Ofi cial El Peruano por una sola vez, bajo responsabilidad funcional de conformidad a lo dispuesto en el tercer párrafo del artículo 2° de la Ley N.° 29091; con el objeto de que los ciudadanos puedan formular sus tachas dentro del plazo de ley. Artículo Cuarto.- NOTIFICAR la presente resolución a la parte interesada en el domicilio procesal consignado en la solicitud de inscripción y publíquese a través del panel de este Jurado Electoral Especial y en el Portal Institucional del Jurado Nacional de Elecciones. Regístrese, comuníquese, notifíquese y publíquese. SS MIRANDA ALCÁNTARA LOAYZA GÁRATE VARGAS CHOJEDA Fiestas Chunga Secretaria Jurisdiccional 1350679-1 REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL Aprueban el Plan Operativo Institucional para el año fiscal 2016 RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 31-2016/JNAC/RENIEC Lima, 29 de febrero de 2016 VISTOS: La Hoja de Elevación N° 000339-2015/GPP/ RENIEC (31DIC2015) de la Gerencia de Planifi cación y Presupuesto, el Informe N° 000162-2015/GPP/SGPL/ RENIEC (31DIC2015) de la Sub Gerencia de Planifi cación, de la Gerencia de Planifi cación y Presupuesto; el Memorando N° 000027-2016/GG/RENIEC (06ENE2016) de la Gerencia General, el Informe N° 000055-2016/ GAJ/SGAJA/RENIEC (28ENE2016) de la Sub Gerencia de Asesoría Jurídica Administrativa de la Gerencia de Asesoría Jurídica y la Hoja de Elevación N° 000046-2016/ GAJ/RENIEC (28ENE2016) de la Gerencia de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que por Ley N° 26497 se creó el Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil (RENIEC), con arreglo a los artículos 177° y 183° de la Constitución Política del Perú, como organismo autónomo con personería jurídica de derecho público interno, que goza de atribuciones en materia registral, técnica, administrativa, económica y fi nanciera; en tal virtud, es la entidad encargada, entre otros, de organizar y mantener actualizado el Registro Único de Identifi cación de las Personas Naturales e inscribir los hechos y actos relativos a su capacidad y estado civil; Que conforme lo dispone la Directiva N° 002-94- INAP/DNR, aprobada con Resolución Jefatural N° 003- 94-INAP-DNR, las actividades correspondientes a las diferentes unidades orgánicas de la entidad deben estar contenidas en el Plan Operativo Institucional (POI); el cual, constituye un documento de gestión que permite articular y coordinar adecuadamente las tareas de cada órgano dentro de las entidades de la administración pública; Que el numeral 71.1 del artículo 71 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo N° 304-2012-EF, señala que las Entidades, para la elaboración de sus Planes Operativos Institucionales y Presupuestos Institucionales, deben tomar en cuenta, entre otros, su Plan Estratégico Institucional (PEI) que debe ser concordante con el Plan Estratégico de Desarrollo Nacional (PEDN) y los Planes Estratégicos Sectoriales Multianuales (PESEM); Que asimismo el numeral 71.2 del artículo 71 del precitado documento normativo establece que el Presupuesto Institucional se articula con el Plan Estratégico de la Entidad desde una perspectiva de mediano y largo plazo, a través de los Planes Operativos Institucionales, en aquellos aspectos orientados a la asignación de los fondos públicos conducentes al cumplimiento de las metas y objetivos de la entidad, conforme a su escala de prioridades; Que además el numeral 71.3 del artículo 71 del precitado Texto Único Ordenado, establece que los Planes Operativos Institucionales refl ejan las Metas Presupuestarias que se esperan alcanzar para cada año fi scal y constituyen instrumentos administrativos que contienen los procesos a desarrollar, en el corto plazo, precisando las tareas necesarias para cumplir las metas presupuestarias establecidas para dicho período, así como la oportunidad de su ejecución, a nivel de cada dependencia orgánica;