Norma Legal Oficial del día 28 de abril del año 2017 (28/04/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 104

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NORMAS LEGALES

Viernes 28 de abril de 2017 /

El Peruano

Que, el literal e) del artículo 48 del citado Reglamento de Organización y Funciones establece como una función de la Dirección de Documentación e Información Universitaria y Registro de Grados y Títulos dirigir y supervisar el proceso de emisión de carnés universitarios de las universidades del país y expedirlos o tercerizar su emisión. Asimismo, el literal c) del artículo 50 de la referida norma establece como una función de la Unidad de Documentación e Información Universitaria expedir los carnés universitarios de las universidades del país o tercerizar su emisión; Que, el proceso de emisión y expedición de carnés 2017 tuvo como fecha de inicio el 1 de febrero del año en curso, por lo que la Unidad de Documentación e Información Universitaria inició las gestiones necesarias para que las universidades, instituciones y escuelas de educación superior del país tramiten los respectivos requerimientos de carnés a través del Sistema de Gestión de Carnés Universitarios; sin embargo, las lluvias, precipitaciones pluviales y otros desastres naturales acontecidos en diversas zonas del país, han ocasionado daños en las instalaciones de algunas universidades y otras instituciones, originando problemas de orden técnico, operativo y/o administrativo que han impedido que éstas puedan solicitar, de forma oportuna, la entrega de los carnés universitarios ante la Sunedu; Que, ante la situación descrita y considerando que la vigencia de los carnés universitarios emitidos el año 2016 vence el 30 de abril de 2017, es necesario que la Sunedu adopte las medidas pertinentes a fin de que no se afecte el derecho de los estudiantes al pasaje diferenciado y otros beneficios relacionados a su formación, educación y cultura a los cuales tiene acceso mediante la presentación del carné universitario; Que, considerando tales circunstancias y en aplicación del principio del Interés Superior del Estudiante, previsto en el numeral 5.14 del artículo 5 de la Ley Universitaria, mediante el Informe Nº 012-2017/ SUNEDU-02-15 del 21 de abril del 2017, la Dirección de Documentación e Información Universitaria y Registro de Grados y Títulos propuso prorrogar la vigencia de los carnés universitarios emitidos el año 2016, hasta el 30 de junio de 2017; Que, mediante Informe Nº 077-2017/SUNEDU-03-06 del 27 de abril del 2017, la Oficina de Asesoría Jurídica emitió opinión favorable sobre la propuesta de prórroga presentada por la Dirección de Documentación e Información Universitaria y Registro de Grados y Títulos; y, Que, de conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 30220 - Ley Universitaria, la Ley Nº 26271 - Ley que norma el derecho a pases libres y pasajes diferenciados cobrados por las empresas de transporte urbano e interurbano de pasajeros; y, el Reglamento de Organización y Funciones de la Sunedu; SE RESUELVE: Artículo 1.- Prorróguese el plazo de vigencia de los carnés universitarios emitidos el año 2016, hasta el 30 de junio de 2017. Artículo 2.- Sin perjuicio de lo contemplado en el artículo 1 de la presente resolución, la Sunedu entregará los carnés universitarios a las universidades, instituciones y escuelas de educación superior que hayan efectuado oportunamente sus respectivos requerimientos y cumplan con los requisitos correspondientes. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano y en el Portal Institucional de la Sunedu (www.sunedu.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. LORENA DE GUADALUPE MASIAS QUIROGA Superintendente 1514350-1

PODER JUDICIAL

CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL
Designan integrantes del Programa Nacional para la Implementación de la Ley Nº 30364 y designan Secretaria Técnica
PRESIDENCIA RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 052-2017-P-CE-PJ Lima, 26 de abril de 2017 CONSIDERANDO: Primero. Que el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial mediante Resolución Administrativa Nº 020-2016-CE-PJ, de fecha 3 de febrero de 2016, creó el Programa Nacional para la Implementación de la Ley Nº 30364, Ley para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres y los integrantes del grupo familiar; el cual tendrá como órgano de apoyo a una Secretaría Técnica. Segundo. Que, asimismo, en la mencionada resolución administrativa se delegó a este despacho la facultad de designar a los jueces que integrarán el referido programa; e implementarlo con recursos humanos y logísticos, así como, a dictar las demás medidas necesarias, para su adecuado funcionamiento. En consecuencia, el Presidente del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de las facultades delegadas, RESUELVE: Artículo Primero.- Disponer que el Programa Nacional para la Implementación de la Ley Nº 30364, estará integrado por las siguientes juezas: - Elvia Barrios Alvarado, Jueza Titular de la Corte Suprema de Justicia de la República, quien será Coordinadora Nacional del referido Programa. - Elvira María Álvarez Olazabal, Jueza Superior titular de la Corte Superior de Justicia de Lima. - Milagros Álvarez Echarri, Jueza de Familia titular de la Corte Superior de Justicia de Lima. Artículo Segundo.- Designar a la señora abogada Francisca Lucila Echaiz Ramos, como Secretaria Técnica del mencionado Programa Nacional. Artículo Tercero.- Transcribir la presente resolución a la Presidencia del Poder Judicial, Oficina de Control de la Magistratura, Cortes Superiores de Justicia del País, Programa Nacional para la Implementación de la Ley Nº 30364, Ley para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres y los integrantes del grupo familiar; juezas mencionadas; y la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines consiguientes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. DUBERLÍ APOLINAR RODRÍGUEZ TINEO Presidente 1514069-1

Especializan a la 1° Sala Laboral de la Corte Superior de Justicia de Lima, para que tramite procesos de la Nueva Ley Procesal del Trabajo en la misma Corte Superior, conjuntamente con las Salas Laborales Permanentes 3°, 4°, 7° y 8°
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 078-2017-CE-PJ Lima, 1 de marzo de 2017

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