Norma Legal Oficial del día 16 de diciembre del año 2017 (16/12/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 139

El Peruano / Sábado 16 de diciembre de 2017

NORMAS LEGALES

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diferenciada a la personas, familia y comunidad, educación básica y técnica productiva a personas con discapacidad así como acompañamiento a instituciones públicas, privadas y organizaciones sociales; Que, la violencia está presente en todas las sociedades del planeta, independientemente de su sistema político, económico o cultural. Una de sus expresiones más trágica y lacerante es la violencia ejercida contra las mujeres (niñas, adolescentes o adultas) pensada desde el machismo y sostenida en el falso relato de su inferioridad natural o biológica y proyectada en los roles sociales. A lo largo de nuestra historia, este relato ha sido normalizado entre nosotros, por lo que ante situaciones de violencia contra la mujer se limitaba a contextualizarla como un tema doméstico, de carácter reservado solo a los actores del drama: "la violencia contra la mujer o al interior de la familia fue considerada un asunto que debía tratarse dentro del hogar, y que se justificaba en la medida que constituía un mecanismo que posibilitaba mantener el orden instaurado y el control del mismo por el jefe de familia". Con el tiempo se ha podido comprender que la edificación de la sexualidad y los roles de varones y mujeres están determinados por convencionalismos: política, economía, cultura, religión. Es decir, la situación de varones y mujeres en comunidad, son construcciones sociales, y éstas influyen grandemente en la proyección futura del ser humano en su vida e interacción social. Esta mirada ha puesto al descubierto las diferencias y desigualdades entre hombres y mujeres y ha generado la necesidad de intervención de organismos internacionales y de los Estados para combatir esta problemática que retrasa el desarrollo sostenible de nuestros pueblos; Que, en el departamento de Cajamarca, como en todo el país, la violencia es estructural. La información recabada señala que entre las principales causas de esta situación tenemos: patrones socioculturales que recrean y refuerzan el machismo; el desconocimiento y dudas frente a la incorporación del enfoque de género en las políticas públicas regional y local; la escasa voluntad política para la articulación interinstitucional en la lucha contra la violencia hacia la mujer y el entorno familiar; creciente presencia de organizaciones conservadoras y religiosas con influencia en sectores sociales vulnerables; medios de comunicación local que refuerzan patrones machistas y escasa solidaridad de las organizaciones sociales mixtas y de varones frente a la violencia de género en contextos de conflictos sociales, políticos y ambientales; Que, al respecto, en Cajamarca la violencia física y sexual contra las mujeres ejercida por sus parejas o ex parejas es preocupante. Se presenta un comportamiento creciente tanto de aquellas mujeres que declaran haber sido víctimas de violencia física alguna vez en sus vidas, como de aquellas que lo han sufrido en los últimos 12 meses. De acuerdo al patrón histórico de ambos indicadores, en el 2030, el 42,44% de mujeres en la Región Cajamarca serían víctimas de violencia física ejercida por sus parejas o exparejas y un 18,51% lo sería en el período de un año. En el caso de la violencia sexual, las proyecciones señalan que al 2030 el 19,5% de mujeres habrían sido víctimas de violencia sexual por parte de su pareja o expareja y el 17% lo sería en el período de los últimos 12 meses. La tendencia es al aumento de la violencia; Que, el Plan Regional contra la Violencia de Género de Cajamarca 2018-2030, propone combatir esta problemática desde dos objetivos estratégicos: I. Prevenir la violencia de género en todas sus modalidades (violencia en la relación de pareja, feminicidio, trata con fines de explotación sexual, acoso sexual en espacios públicos, violencia obstétrica esterilizaciones forzadas, hostigamiento sexual, acoso político, violencia en conflictos socio-ambientales, violencia mediante el uso de las TIC, por orientación sexual e identidad de género, por discapacidad) contra las mujeres, varones y aquellas poblaciones que confrontan el sistema tradicional de género, en sus diferentes etapas de vida y en su diversidad; y II. Garantizar el acceso, mejora y ampliación de la cobertura de los servicios de atención,

protección, recuperación, rehabilitación y reparación de la persona víctima y la sanción y reeducación de la persona agresora de violencia de género en todas las modalidades reconocidas y en cumplimiento de las normas y políticas nacionales para el ejercicio de una vida libre de violencia; Que, mediante Dictamen N° 32-2017-GR.CAJ-CR/ COAJ- CODESO-COP, de fecha 17 de noviembre del año 2017, elaborado por las Comisiones Ordinarias de Asuntos Jurídicos, Desarrollo Social y Planeamiento se emite opinión favorable, respecto al Proyecto de Ordenanza Regional que aprueba el Plan contra la violencia de Género Cajamarca 2018-2030; proyecto remitido por el Gobernador Regional Sr. Hilario Porfirio Medina Vásquez, por los argumentos que se exponen en los considerandos precedentes; Estando a lo acordado por el Pleno del Consejo Regional del Gobierno Regional Cajamarca, en su Sesión de fecha 23 de noviembre del año 2017; y a las atribuciones conferidas por la Ley de Bases de la Descentralización Nº 27783; Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Nº 27867, modificada por las Leyes Nº 27902, 28013, 28961, 28968 y 29053; Reglamento Interno del Consejo del Gobierno Regional Cajamarca, aprobado mediante Ordenanza Regional Nº 007-2016-GR.CAJ-CR, por unanimidad el Pleno aprobó la siguiente: ORDENANZA REGIONAL Primero.- APROBAR el Plan Regional contra la Violencia de Género de Cajamarca 2018-2030, que consta de noventa (90) folios; el mismo que forma parte de la presente ordenanza regional. Segundo.- ESTABLECER que el Eje Regional contra la Violencia Familiar, Sexual y Trata de Personas, instancia regional de concertación de la Ley N° 30364 que ampliará sus funciones y conformación mínima de conformidad a lo establecido en el artículo 105° y 106° del Decreto Supremo N° 009-2016-MIMP que aprueba el Reglamento de la Ley N° 30364; se denominará "Eje Regional contra la Violencia de Género y Trata de Personas". Tercero.- DISPONER que la implementación del Plan Regional contra la Violencia de Género de Cajamarca 2018-2030 estará a cargo de la Sub Gerencia de Asuntos Poblacionales de la Gerencia Regional de Desarrollo Social. Cuarto.ESTABLECER como ámbito de implementación del Plan Regional contra la Violencia de Género de Cajamarca 2018-2030, el departamento de Cajamarca. Quinto.- ENCARGAR al Órgano Ejecutivo Regional y áreas competentes del Gobierno Regional Cajamarca la implementación y monitoreo, a fin de dar cumplimiento a la presente Ordenanza Regional. Sexto.- ENGARGAR a la Dirección Regional de Administración del Gobierno Regional Cajamarca la publicación de la presente Ordenanza Regional, en el Diario Oficial "El Peruano". Sétimo.- ENCARGAR a la Dirección de Comunicación y Relaciones Públicas la publicación la presente Ordenanza Regional con el respectivo Plan Regional contra la Violencia de Género de Cajamarca 2018-2030, en el Portal Electrónico del Gobierno Regional Cajamarca (www.regioncajamarca.gob.pe). Octavo.- La presente Ordenanza Regional entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial "El Peruano". POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. Dado en la sede institucional del Gobierno Regional Cajamarca, a los veintitrés dias del mes de noviembre del año dos mil diecisiete. HILARIO PORFIRIO MEDINA VÁSQUEZ Gobernador Regional (e) 1597172-2

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