Norma Legal Oficial del día 16 de diciembre del año 2017 (16/12/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 144

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NORMAS LEGALES

Sábado 16 de diciembre de 2017 /

El Peruano

marco legal en justicia social, para el normal desarrollo de nuestra región. Que, en la región cusco existen problemas de índole delincuencial no tan alarmantes como en otros lugares del país, pero sin embargo se tiene que existe un promedio de 32,457 delitos durante el año 2016 de acuerdo a la Estadística presentada por el Ministerio Público, en su diferentes modalidades a nivel de toda la región, resaltando los delitos contra la vida, el cuerpo y la salud, y hurto; es por ello, que se requiere de una solución a esta problemática que día a día se acrecienta, por tanto surge la necesidad de desarrollar políticas preventivas y de control que cuenten con la participación activa de organismos del sector público, privado y de la sociedad civil promoviendo un trabajo concertado y multisectorial para garantizar el desarrollo social, económico y político de nuestra región, dentro de un clima de paz, orden y seguridad, propendiendo a asegurar las condiciones necesarias para tener una región realmente segura, del cual gocen sus habitantes de hoy y de las generaciones futuras, así como garantizar la estadía de visitantes nacionales y extranjeros. Que, estando al Acta de Aprobación de fecha 13 de febrero de 2017 del Plan Regional de Seguridad Ciudadana de Cusco para el año 2017, del Comité Regional de Seguridad Ciudadana; tanto más, del Informe Nº 012-2017-ST-CORESEC-GR/C, de la Secretaria Técnica del Comité Regional de Seguridad Ciudadana del Cusco; y, el Informe Nº 094-2017-GR CUSCO/ORAJ del Director Regional de la Oficina Regional de Asesoría Jurídica del Gobierno Regional Cusco; y, el Oficio Nº 193-2017-GR CUSCO/GR, de fecha 27 de marzo del 2017; del Gobernador Regional del Gobierno Regional Cusco, remitiendo el Proyecto de Ordenanza Regional proponiendo aprobar el "Plan Regional de Seguridad Ciudadana 2017 - Comité Regional de Seguridad Ciudadana del Cusco (CORESEC - CUSCO)", conforme lo establecido por el inciso e) del artículo 19º del Decreto Supremo Nº 011-2014-IN, Reglamento de la Ley Nº 27933, Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana. Por lo que, el Consejo Regional del Gobierno Regional Cusco, en uso de sus facultades establecida por la Constitución Política del Estado, la Ley de Bases de la Descentralización, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, y Reglamento Interno de Organización y Funciones del Consejo Regional de Cusco, con los votos nominales en unanimidad de aprobación del Dictamen materia del presente; HA DADO LA SIGUIENTE: ORDENANZA REGIONAL Artículo Primero.- APROBAR, en vía de regularización el "PLAN REGIONAL DE SEGURIDAD CIUDADANA 2017", aprobado por el Comité Regional de Seguridad Ciudadana del Cusco (CORESEC - CUSCO), conforme lo establecido por el inciso e) del artículo 19º del Decreto Supremo Nº 011- 2014-IN, Reglamento de la Ley Nº 27933, Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana. Artículo Segundo.- PUBLICAR y DIFUNDIR, la presente Ordenanza Regional en el Diario Oficial El Peruano, Diario Judicial de la Región y en el Portal Electrónico de la Institución, conforme dispones el Artículo 42º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales; para su implementación a nivel del Gobierno Regional del Cusco y los Gobiernos Locales (Provinciales y Distritales). Artículo Tercero.- Disponer la dispensa de Lectura y Aprobación de Acta a la presente Ordenanza Regional, para proceder a su implementación. Artículo Cuarto.- La Presente Ordenanza Regional entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. DISPOSICIÓN DEROGATORIA Artículo Único.- DEROGAR, la normativa legal regional y toda disposición que se oponga a la vigencia de la presente Ordenanza Regional.

Comuníquese al señor Gobernador del Gobierno Regional del Cusco para su Promulgación. Dado en la Capital Histórica del Perú, Cusco, a los cuatro días del mes de setiembre del año dos mil diecisiete. MAUSAURI HUARANCCA LIMA Consejero Delegado del Consejo Regional del Gobierno Regional del Cusco. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. Dado en la Sede Central del Gobierno Regional del Cusco, a los ocho días del mes de setiembre del año dos mil diecisiete. EDWIN LICONA LICONA Gobernador Regional del Gobierno Regional del Cusco 1597155-1

GOBIERNOS LOCALES

MUNICIPALIDAD DE CHACLACAYO
Crean el Comité Multisectorial por los Derechos del Niño, Niña y del Adolescente (COMUDENNA) del distrito
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 393-MDCH Chaclacayo, 24 de noviembre de 2017 POR CUANTO: EL CONCEJO DISTRITAL DE CHACLACAYO, en sesión de la fecha; y, VISTO: El informe Nº 195-2017-SGSBPS-GPVDS//MDCH, de la Subgerencia de Salud, Bienestar y Programas Sociales y el informe Nº 246-2017-GAJ/MDCH de la Gerencia de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 194º de la Constitución Política del Estado Peruano, modificado mediante Ley Nº 27680, que aprueba la reforma constitucional del Capítulo XIV y el Título IV sobre descentralización, donde establece que las municipalidades provinciales y distritales son Órganos de Gobierno Local, tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; en concordancia con lo establecido por el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972. Que, el inciso 1.2 del Artículo 84º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, establece entre las funciones específicas exclusivas de los gobiernos locales la de establecer canales de concertación entre las instituciones que trabajan en defensa de los derechos de niños, niñas y adolescentes, mujeres, discapacitados y adultos mayores. Que, el objeto del Comité Multisectorial por los Derechos de los Niños, Niñas y Adolescentes (COMUDENNA) es promover el trabajo articulado del Gobierno Municipal y la comunidad de su jurisdicción para la plena vigencia de los derechos de las niñas, niños y adolescentes.

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