Norma Legal Oficial del día 09 de julio del año 2017 (09/07/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 38

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NORMAS LEGALES

Domingo 9 de julio de 2017 /

El Peruano

los procesos de su competencia, incluida la evaluación y priorización de las propuestas remitidas por los órganos a cargo de la Superintendencia Nacional Adjunta de Tributos Internos. m) Participar en la revisión y validación previa de los nuevos productos a ser implementados en los procesos de su competencia. n) Coordinar con la Gerencia de Operaciones y Soporte a Usuarios la ejecución de los procedimientos de contingencia que aseguren la operatividad y calidad de los servicios brindados a través de los distintos canales de atención a nivel nacional. o) Ejecutar las visitas de gestión operativa de los procesos de su competencia a nivel nacional. p) Elaborar y ejecutar las propuestas para la medición de la calidad de los procesos que involucran la interacción de la SUNAT con los contribuyentes, usuarios del comercio exterior y ciudadanos. q) Evaluar y controlar la gestión de los procesos de competencia de la Gerencia de Orientación y Servicios. Artículo 202°.- Gerencia de Programación y Fiscalización La Gerencia de Programación y Fiscalización es una unidad orgánica, de tercer nivel organizacional, dependiente de la Intendencia Nacional de Gestión de Procesos, encargada del control de la gestión a nivel nacional de los procesos operativos de fiscalización, devoluciones y recursos impugnatorios. Asimismo, se encarga de conducir la selección centralizada de las acciones relacionadas a los procesos de fiscalización y devolución a nivel nacional, así como de conducir la ejecución y control de otras acciones centralizadas vinculadas a los referidos procesos y al proceso de recursos impugnatorios. Artículo 203°.- Funciones de la Gerencia de Programación y Fiscalización Son funciones de la Gerencia de Programación y Fiscalización (...) b) Conducir la evaluación y el control de la gestión de los procesos de su competencia. c) Conducir la ejecución de los criterios de selección de los contribuyentes para los procesos de su competencia, así como proponer a la Gerencia de Análisis de Información y Riesgos las modificaciones a los criterios de selección que utilicen. (...) f) Requerir a la Gerencia Normativa de Procesos la elaboración de las resoluciones que contengan la determinación de los criterios de aplicación discrecional de sanciones vinculadas a los procesos de su competencia. h) Revisar la propuesta de la designación o exclusión de Agentes de Retención, las altas y bajas de los directorios de la Intendencia de Principales Contribuyentes Nacionales, Intendencia Lima, Intendencias Regionales y Oficinas Zonales, y otras de índole similar, así como revisar la propuesta de determinación de los Agentes de Percepción y Buenos Contribuyentes. i) Conducir la elaboración y mantenimiento del Registro de Entidades Exoneradas del Impuesto a la Renta, Registro de Entidades Perceptoras de Donaciones, Registro de Entidades Inafectas, y otros registros de índole similar. (...) m) Cumplir otras funciones, que en el ámbito de su competencia, le encomiende la Intendencia Nacional de Gestión de Procesos. n) Requerir a la Gerencia Normativa de Procesos, las mejoras referidas al desempeño de los sistemas y programas aplicados a los procesos operativos en el ámbito de su competencia. o) Conducir la participación en la revisión y validación previa de los nuevos productos a ser implementados en los procesos de su competencia. q) Remitir a la Gerencia Normativa de Procesos los requerimientos de disposiciones normativas internas que establecen los criterios, parámetros y procedimientos relacionados a los procesos de su competencia; así como

requerimientos referidos a disposiciones normativas tales como resoluciones de superintendencia, decretos supremos u otras normas de índole similar; dentro del ámbito de su competencia. r) Proponer las instrucciones y medidas de carácter operativo, tales como manuales, lineamientos, instructivos u otros instrumentos de índole similar; en el ámbito de su competencia. s) Autorizar la selección y programación descentralizada de contribuyentes, formulada por los órganos y unidades orgánicas dependientes de la Superintendencia Nacional Adjunta de Tributos Internos, a fin de verificar su alineamiento con el Plan Nacional de Control. t) Conducir la programación, ejecución y seguimiento de otras acciones y actividades centralizadas vinculadas a los procesos de su competencia. u) Conducir la generación de notas de crédito negociables y cheques correspondientes a las devoluciones autorizadas por los órganos operativos; así como supervisar la autorización de las órdenes de pago financieras y otros medios que se aprueben, correspondientes a las devoluciones aprobadas por los órganos operativos. v) Conducir la evaluación de la propuesta de designación de los titulares y suplentes autorizados a firmar notas de crédito negociables y cheques correspondientes a las devoluciones autorizadas a nivel nacional. Artículo 204°.- División de Selección y Programación La División de Selección y Programación es una unidad orgánica, de cuarto nivel organizacional, dependiente de la Gerencia de Programación y Fiscalización, encargada de ejecutar los criterios de selección de los procesos de fiscalización, devoluciones y recursos impugnatorios a nivel nacional y de la generación y transferencia de los casos seleccionados que deberán ser programados por las unidades orgánicas dependientes de la Superintendencia Nacional Adjunta de Tributos Internos. Artículo 205°.- Funciones de la División de Selección y Programación Son funciones de la División de Selección y Programación: a) Ejecutar los criterios de selección para los procesos a cargo de la Intendencia Nacional de Gestión de Procesos, así como proponer la actualización de los mismos. (...) e) Cumplir otras funciones, que en el ámbito de su competencia, le encomiende la Gerencia de Programación y Fiscalización. f) Generar y transferir los casos seleccionados en los procesos de competencia de la Gerencia de Programación y Fiscalización. g) Elaborar y mantener actualizado el Registro de Entidades Exoneradas del Impuesto a la Renta, Registro de Entidades Perceptoras de Donaciones, Registro de Entidades Inafectas y otros registros asociados a los procesos de su competencia en coordinación con la Gerencia de Orientación y Servicios. i) Evaluar la gestión de la ejecución de la programación centralizada. j) Evaluar y elevar la selección y programación descentralizada de contribuyentes, formulada por los órganos y unidades orgánicas dependientes de la Superintendencia Nacional Adjunta de Tributos Internos, a fin de verificar su alineamiento con las estrategias institucionales. k) Elaborar los requerimientos de mejoras referidas al desempeño de los sistemas y programas aplicados a los procesos de su competencia, incluida la evaluación y priorización de las propuestas remitidas por los órganos a cargo de la Superintendencia Nacional Adjunta de Tributos Internos. Artículo 206°.- División de Procesos de Fiscalización La División de Procesos de Fiscalización es una unidad orgánica, de cuarto nivel organizacional, dependiente de

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