Norma Legal Oficial del día 09 de julio del año 2017 (09/07/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 37

El Peruano / Domingo 9 de julio de 2017

NORMAS LEGALES

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Asimismo, se encarga de conducir el monitoreo de la gestión de la red bancaria que asegure la operatividad y calidad de los servicios brindados a través de ésta. Artículo 195°.- Funciones de la Gerencia de Orientación y Servicios Son funciones de la Gerencia de Orientación y Servicios: (...) b) Conducir el desarrollo de las acciones de atención al contribuyente, usuario de comercio exterior y ciudadano brindados a través de los canales centralizados, así como conducir las acciones para asegurar la operatividad de los servicios presenciales que se prestan al contribuyente a nivel nacional y de los brindados a través de los canales centralizados. c) Conducir el proceso de recepción y registro de quejas y sugerencias que presenten los contribuyentes, ciudadanos y usuarios de comercio exterior a través de los canales centralizados. (...) f) Proponer las instrucciones y medidas de carácter operativo, tales como manuales, lineamientos, instructivos u otros instrumentos de índole similar; en el ámbito de su competencia. g) Requerir a la Gerencia Normativa de Procesos, las mejoras referidas al desempeño de los sistemas y programas aplicados a los procesos operativos en el ámbito de su competencia. (...) i) Cumplir otras funciones, que en el ámbito de su competencia, le encomiende la Intendencia Nacional de Gestión de Procesos k) Conducir la revisión y validación previa de los nuevos productos a ser implementados en los procesos de su competencia. l) Remitir a la Gerencia Normativa de Procesos los requerimientos de disposiciones normativas internas que establecen los criterios, parámetros y procedimientos relacionados a los procesos de su competencia; así como requerimientos referidos a disposiciones normativas tales como resoluciones de superintendencia, decretos supremos u otras normas de índole similar; dentro del ámbito de su competencia. m) Conducir la evaluación y el control de la gestión de los procesos de su competencia. n) Conducir la ejecución de visitas de gestión operativa de los procesos de su competencia a nivel nacional. o) Evaluar y elevar el Plan de Difusión que coadyuve al logro de los objetivos institucionales. p) Proponer las acciones para la medición de la calidad de los procesos que involucran la interacción de la SUNAT con los contribuyentes, usuarios de comercio exterior y ciudadanos. Artículo 196°.- División de Canales Centralizados La División de Canales Centralizados es una unidad orgánica de cuarto nivel organizacional, dependiente de la Gerencia de Orientación y Servicios, encargada de los procesos de asistencia y atención al contribuyente, usuario de comercio exterior y ciudadano que se prestan a través de todos los canales de atención centralizados a nivel nacional, incluyendo los servicios centralizados que se brindan mediante la atención personalizada de sectoristas. Artículo197°.- Funciones de la División de Canales Centralizados Son funciones de la División de Canales Centralizados: a) Absolver consultas de los contribuyentes, usuarios de comercio exterior y ciudadanos, en materia tributaria y aduanera, a través de los diferentes canales de atención centralizados, lo que incluye servicios que se brindan mediante la atención personalizada de sectoristas. Para ello, se deberán considerar las normas y pronunciamientos vigentes, y en su caso, los pronunciamientos emitidos por la Intendencia Nacional Jurídico Tributaria. b) Recibir, registrar y canalizar las quejas y sugerencias que comuniquen los contribuyentes, usuarios de comercio exterior y ciudadanos a nivel nacional.

c) Brindar asistencia y orientación a los contribuyentes, usuarios de comercio exterior y ciudadanos respecto del uso de los aplicativos informáticos, productos y servicios virtuales que la SUNAT ponga a disposición para el cumplimiento de sus obligaciones tributarias o aduaneras, a través de los diferentes canales centralizados. (...) f) Atender trámites referidos al Registro Único de Contribuyentes a nivel nacional. Artículo 198°.- División de Gestión de Orientación La División de Gestión de Orientación es una unidad orgánica, de cuarto nivel organizacional, dependiente de la Gerencia de Orientación y Servicios, encargada de elaborar las propuestas para uniformizar la atención al contribuyente en los diferentes canales de atención a nivel nacional, y la que se brinda al usuario del comercio exterior y ciudadano a través de los canales centralizados. Artículo 199°.- Funciones de la División de Gestión de Orientación Son funciones de la División de Gestión de Orientación: c) Actualizar los contenidos del Portal Internet de la SUNAT en los aspectos vinculados a la asistencia y atención al contribuyente y ciudadano, así como administrar las cuentas oficiales de la SUNAT en las redes sociales. (...) g) Elaborar las propuestas de instrucciones y medidas de carácter operativo, tales como manuales, lineamientos, instructivos u otros instrumentos de índole similar, relacionadas a los procesos de registro y de servicios al contribuyente, usuario de comercio exterior y ciudadano, y las relativas a los servicios presenciales, así como a los servicios centralizados que se brindan mediante la atención personalizada de sectoristas. h) Elaborar los requerimientos de disposiciones normativas internas que establecen los criterios, parámetros y procedimientos relacionados a los procesos de su competencia, así como requerimientos referidos a disposiciones normativas tales como resoluciones de superintendencia, decretos supremos u otras normas de índole similar; dentro del ámbito de su competencia. i) Elaborar la propuesta del Plan de Difusión y ejecutarlo luego de aprobado. j) Coordinar con las áreas correspondientes el desarrollo y ejecución de las diferentes campañas de difusión y atención al contribuyente, así como la distribución del material para el desarrollo de las mismas. k) Elaborar el material informativo dirigido a los contribuyentes y ciudadanos. Artículo 200°.- División de Procesos de Servicios La División de Procesos de Servicios es una unidad orgánica, de cuarto nivel organizacional, dependiente de la Gerencia de Orientación y Servicios, encargada de monitorear el cumplimiento de las estrategias, planes y programas elaborados por el área estratégica, así como la gestión de la red bancaria. Asimismo se encarga de elaborar propuestas de mejora operativa relacionados con los diversos canales de atención dirigidos a los contribuyentes y ciudadanos. También se encarga del control de la gestión a nivel nacional de los procesos de registro y asistencia al contribuyente y al ciudadano. Artículo 201°.- Funciones de la División de Procesos de Servicios Son funciones de la División de Procesos de Servicios: a) Proponer a la Gerencia de Orientación y Servicios los planes y programas de mejora operativa sobre los canales de atención presencial y centralizados en coordinación con las áreas involucradas. b) Monitorear el cumplimiento de las estrategias, planes y programas en los diferentes canales de atención a nivel nacional. (...) l) Elaborar los requerimientos de mejoras referidas al desempeño de los sistemas y programas aplicados a

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