Norma Legal Oficial del día 07 de junio del año 2017 (07/06/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 57

El Peruano / Miércoles 7 de junio de 2017

NORMAS LEGALES

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de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2017-PRODUCE y modificatoria; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar al señor Carlos Estuardo Albán Ramirez, en el cargo de Director General de la Oficina General de Administración del Ministerio de la Producción. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO C. OLAECHEA ÁLVAREZ-CALDERÓN Ministro de la Producción 1529527-2

Designan Directora General de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización del Ministerio
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 264-2017-PRODUCE Lima, 2 de junio de 2017 CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante el cargo de Director/a General de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, del Ministerio de la Producción, siendo necesario designar a la persona que ejercerá dicho cargo; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; el Decreto Legislativo Nº 1047, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción y modificatorias; y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2017-PRODUCE y modificatoria; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar a la señora Carmen Patrocinia Condorchúa Vidal, en el cargo de Directora General de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización del Ministerio de la Producción. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO C. OLAECHEA ÁLVAREZ-CALDERÓN Ministro de la Producción 1529527-3

Oficializan evento denominado Pescador del Año 2017"
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 265-2017-PRODUCE Lima, 2 de junio de 2017

"El

VISTOS: El Memorando Nº 555-2017-PRODUCE/ DGPA y el Informe Nº 143-2017-PRODUCE/DGPADipforpa de la Dirección General de Pesca Artesanal, el Memorando NO525-2017-PRODUCE-OGPPM y el Informe NO098-2017-PRODUCE/OGPPM-OPM de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, así como el Informe Nº 724-2017-PRODUCE/OGAJ, de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 1 del Decreto Ley Nº 25977, Ley General de Pesca, establece que la referida Ley tiene por

objeto normar la actividad pesquera con el fin de promover su desarrollo sostenible como fuente de alimentación, empleo e ingresos y de asegurar un aprovechamiento responsable de los recursos hidrobiológicos, optimizando los beneficios económicos, en armonía con la preservación del medio ambiente y la conservación de la biodiversidad; Que, el artículo 3 del Decreto Legislativo N' 1047, que aprobó la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, modificada por el Decreto Legislativo Nº 1195, establece que el Ministerio de la Producción es competente en pesquería, acuicultura, industria, micro y pequeña empresa, comercio interno, promoción y desarrollo de cooperativas; es competente de manera exclusiva en materia de ordenamiento pesquero y acuícola, pesquería industrial, Acuicultura de Mediana y Gran Empresa (AMYGE), normalización industrial y ordenamiento de productos fiscalizados; es competente de manera compartida con los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales, según corresponda, en materia de pesquería artesanal, Acuicultura de Micro y Pequeña Empresa (AMYPE) y Acuicultura de Recursos Limitados (AREL), promoción de la Industria y comercio interno en el ámbito de su jurisdicción; Que, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción (ROF), aprobado con Decreto Supremo Nº 002-2017-PRODUCE, modificado mediante Decreto Supremo Nº 009-2017, señala en su artículo 74 que la Dirección General de Pesca Artesanal es el órgano de línea, técnico responsable de promover e implementar, en el marco de la política nacional y sectorial, medidas de ordenamiento, formalización e innovación productiva para el desarrollo de la actividad pesquera artesanal y pesca deportiva, así como en materia de gestión empresarial de la infraestructura pesquera artesanal, velando por el aprovechamiento sostenible de los recursos hidrobiológicos; Que, mediante Memorando NO 555-2017-PRODUCE/ DGPA la Dirección General de Pesca Artesanal remite a la Oficina General de Asesoría Jurídica el Informe Nº 143-2017-PRODUCE/DGPA-Dipforpa de la Dirección de Promoción y Formalización Pesquera Artesanal de la citada Dirección General, en el cual señala en sus conclusiones que con el propósito de destacar y resaltar el esfuerzo de los agentes de la actividad pesquera artesanal a nivel nacional, se recomienda oficializar el evento "El Pescador Artesanal del Año 2017", estableciéndose como día central de dicha actividad el 27 de junio del presente año, para lo cual se alcanza el proyecto de Resolución Ministerial que oficializa el mencionado evento y aprueba el Reglamento del mismo; Que, mediante Memorando Nº 525-2017-PRODUCEOGPPM el Director General de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización hace suyo el Informe NO 098-2017-PRODUCE-OGPPM-OPM del Director de la Oficina de Planeamiento y Modernización de la referida Oficina General, mediante el cual señala a través de los numerales 4.3 y 4.4, que para la ejecución del evento "El Pescador Artesanal del Año 2017" se ha considerado un presupuesto de cincuenta y cuatro mil cien soles (S/ 54,100. 00), destinados a las adquisiciones de bienes y servicios para la premiación de los ganadores, y que estima pertinente la aprobación del proyecto del evento denominado "Pescador Artesanal del Año 2017; Que, en tal sentido, corresponde oficializar el evento denominado: "El Pescador Artesanal del Año 2017, así como aprobar su respectivo Reglamento; Con las visaciones del Viceministro de Pesca y Acuicultura y de los Directores Generales de la Dirección General de Pesca Artesanal, de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización y de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 25977 - Ley General de Pesca, el Decreto Legislativo Nº 1047 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2017-PRODUCE, modificado mediante Decreto Supremo Nº 009-2017-PRODUCE; SE RESUELVE: Artículo 1.- Oficializar el evento denominado "El Pescador del Año 2017", que se llevará a cabo el 27 de

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