Norma Legal Oficial del día 08 de junio del año 2017 (08/06/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 125

El Peruano / Jueves 8 de junio de 2017

NORMAS LEGALES
TOTAL DE VOTOS EMITIDOS PARA ELEGIR REPRESENTANTES AL CONGRESO DE LA REPÚBLICA (Resolución N° 0660-2016-JNE) MONTO DEL FINANCIAMIENTO PÚBLICO DIRECTO QUINQUENIO 2017-2021 (FÓRMULA: 18 751 264 x 3,95) MONTO DEL FINANCIAMIENTO PÚBLICO DIRECTO POR AÑO (FÓRMULA: S/ 74 067 492,80 ÷ 5)

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18 751 264

OFICINA NACIONAL DE PROCESOS ELECTORALES
Aprueban transferencia financiera y otorgamiento mensual de subvención del financiamiento público directo del año 2017 a favor de diversas organizaciones políticas beneficiarias
RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 000165-2017-JN/ONPE Lima, 7 de junio de 2017 VISTOS: El Informe Nº 000093-2017-GSFP/ONPE y el Memorando N° 000347-2017-GSFP/ONPE de la Gerencia de Supervisión de Fondos Partidarios, el Acta de fecha 02 de febrero de 2017 de la Alianza Electoral "Alianza para el Progreso del Perú", el Informe Nº 000151-2017-GPP/ ONPE de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, el Informe Nº 000075-2017-GAD/ONPE de la Gerencia de Administración, así como el Informe Nº 000250-2017GAJ/ONPE de la Gerencia de Asesoría Jurídica; y CONSIDERANDO: Que, el artículo 29º de la Ley Nº 28094, Ley de Organizaciones Políticas y sus modificatorias, en adelante la Ley, establece que sólo los partidos políticos que obtienen representación en el Congreso de la República reciben del Estado financiamiento público directo, y que dichos fondos se otorgan con cargo al Presupuesto General de la República y son recibidos por los partidos políticos para ser utilizados en actividades de formación, capacitación e investigación durante el quinquenio posterior a la mencionada elección, así como para sus gastos de funcionamiento ordinario; Que, la Tercera Disposición Transitoria de la Ley, señala que la distribución de fondos públicos prevista en el artículo 29º de la citada norma, se inicia a partir del ejercicio presupuestal del año 2017 y con dicho fin la Oficina Nacional de Procesos Electorales­ONPE elabora la propuesta de distribución a los partidos políticos y alianzas de partidos políticos beneficiarios, en base a los resultados de las elecciones generales de 2016 y la remite al Ministerio de Economía y Finanzas- MEF; Que, en ese marco, la ONPE mediante el Oficio Nº 000308-2016-GPP/ONPE del 14 de julio de 2016 dirigido a la Dirección de Presupuesto Público del MEF presentó su Proyecto de Presupuesto del año fiscal 2017 (Pliego 032: ONPE) que incluyó el pedido del monto del financiamiento público directo para el quinquenio 2017-2021 hasta por la suma de SETENTA Y CUATRO MILLONES SESENTA Y SIETE MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y DOS Y 80/100 SOLES (S/ 74 067 492,80); Que, el monto fue determinado en base al artículo 29° de la Ley y al artículo 4-A del Reglamento de Financiamiento y Supervisión de Fondos Partidarios, aprobado mediante Resolución Jefatural Nº 060-2005J/ONPE, y normas modificatorias (en adelante el Reglamento), las cuales señalan que el monto total que el Estado destina al financiamiento público directo resulta de multiplicar el número total de votos emitidos para elegir representantes al Congreso de la República por el monto equivalente al 0.1% de la Unidad Impositiva Tributaria del ejercicio presupuestal del año de la elección, para cuyo efecto el total de votos emitidos es el resultado de la suma de los votos válidos, más los votos nulos y los votos en blanco: MONTO QUINQUENAL Y ANUAL DEL FINANCIAMIENTO PÚBLICO DIRECTO (Período 2017-2021) 0.1% DE UIT DEL AÑO FISCAL 2016 SEGÚN S/ 3,95 DECRETO SUPREMO N° 397-2015-EF (S/ 3 950,00)

S/ 74 067 492,80

S/ 14 813 498,56

Que, por su parte, la Nonagésima Quinta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, publicada en el diario oficial El Peruano el 2 de diciembre de 2016, dispone que a partir de enero de 2017, la transferencia de la totalidad de los fondos a que hace referencia la Tercera Disposición Transitoria de la Ley, se efectúe con cargo al presupuesto institucional de la ONPE, quedando autorizada a otorgar, a partir de enero de 2017, en forma mensual, un doceavo de la totalidad de la subvención que le corresponde a cada partido político y alianza de partidos políticos beneficiarios. Dichas subvenciones se aprueban mediante resolución del titular de la ONPE, debiéndose publicar en el diario oficial El Peruano; Que, a través del Decreto Supremo Nº 064-2017EF, publicado en el diario oficial El Peruano el 25 de marzo de 2016 se autorizó la Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017 hasta por la suma de CATORCE MILLONES OCHOCIENTOS TRECE MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y NUEVE Y 00/100 SOLES (S/ 14 813 499,00) a favor del pliego Oficina Nacional de Procesos Electorales, destinada al financiamiento de lo estipulado en la Nonagésima Quinta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30518; Que, mediante Resolución Jefatural N° 000098-2017J/ONPE emitida el 30 de marzo de 2017, se aprobó la incorporación de la Transferencia de Partidas por la fuente de Recursos Ordinarios hasta por la suma de CATORCE MILLONES OCHOCIENTOS TRECE MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y NUEVE Y 00/100 SOLES (S/ 14 813 499,00), al presupuesto del pliego 032: Oficina Nacional de Procesos Electorales del año 2017, que permitirá cumplir con lo estipulado en la Nonagésima Quinta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30518; Que, para el otorgamiento de los fondos del financiamiento público directo debe determinarse los partidos políticos y alianzas de partidos políticos beneficiarios del mismo, debiendo tenerse en cuenta los resultados oficiales de las Elecciones Generales 2016 (elecciones al Congreso de la República) proclamados por el Jurado Nacional de Elecciones en la Resolución Nº 0660-2016-JNE, que determinó a las organizaciones políticas que superaron la barrera electoral y participaron en la distribución de escaños del Congreso de la República del período legislativo 2016-2021, tal como se muestra a continuación: VOTOS VALIDOS CANTIDAD OBTENIDOS A DE ESCAÑOS NIVEL NACIONAL OBTENIDOS FUERZA POPULAR 4 431 077 73 PERUANOS POR EL KAMBIO 2 007 710 18 EL FRENTE AMPLIO POR 20 JUSTICIA, VIDA Y LIBERTAD 1 700 052 ALIANZA PARA EL 9 PROGRESO DEL PERÚ 1 125 682 ALIANZA POPULAR 1 013 735 5 ORGANIZACIÓN POLÍTICA

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