Norma Legal Oficial del día 10 de marzo del año 2017 (10/03/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 46

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NORMAS LEGALES

Viernes 10 de marzo de 2017 /

El Peruano

Que, la Primera Disposición Complementaria Transitoria del Decreto Supremo N° 004-2017-IN, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, establece que el proceso de fusión aprobado por el Decreto Legislativo N° 1266, se efectúa en un plazo no mayor de sesenta (60) días a partir de la publicación del citado Decreto Supremo; Que, el artículo 2 de la Directiva N° 001-2007-PCM/ SGP, Lineamientos para implementar el proceso de fusión de entidades de la Administración Pública Central, aprobada por Resolución Ministerial N° 084-2007-PCM, establece que, durante el proceso de fusión, la entidad absorbida mantiene vigente su estructura organizacional, ejerce las funciones que le son propias y mantiene las responsabilidades y obligaciones que le corresponden; Que, resulta necesario dictar medidas complementarias que faciliten el cumplimiento de funciones de la Oficina Nacional de Gobierno Interior durante el proceso de fusión dispuesto por la Segunda Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo N° 1266, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior; De conformidad con el numeral 8 del artículo 118 de la Constitución Política del Perú, la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, el Decreto Legislativo N° 1266, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 004-2017-IN; DECRETA: Artículo 1.- Cumplimiento de funciones de la ONAGI durante el proceso de fusión De conformidad con la Segunda Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo N° 1266, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, durante el proceso de fusión por absorción de la Oficina Nacional de Gobierno Interior al Ministerio del Interior, la entidad absorbida mantiene vigente su estructura organizacional, ejerce las funciones que le son propias. Asimismo, mantiene las responsabilidades y obligaciones que le corresponde. Artículo 2.- Publicación El presente Decreto Supremo es publicado en el Diario Oficial El Peruano, en el Portal del Estado Peruano (www. peru.gob.pe) y en el Portal Institucional del Ministerio del Interior (www.mininter.gob.pe), el mismo día de su publicación en el Diario Oficial. Artículo 3.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro del Interior. DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA TRANSITORIA ÚNICA.Los procedimientos administrativos sancionadores, los procedimientos de imposición de sanciones y los procedimientos de ejecución coactiva, iniciados antes de la vigencia del Decreto Legislativo N° 1266, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, continúan tramitándose en el marco de las normas vigentes al inicio de los procedimientos citados. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los nueve días del mes de marzo del año dos mil diecisiete. PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente de la República CARLOS BASOMBRIO IGLESIAS Ministro del Interior 1495327-6

CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema Nº 207-2016IN, se designa en el cargo de Viceministro de Gestión Institucional al señor Ricardo Valdés Cavassa; Que, con Decreto Supremo N° 004-2017-PCM, se aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, mediante el cual se establece su nueva estructura organizacional y las funciones a su cargo; Que, el citado documento de gestión dispone que la Alta Dirección del Ministerio del Interior esté conformada por el Despacho Ministerial, los Despachos Viceministeriales de Orden Interno y Seguridad Pública, y la Secretaría General; Que, en tal sentido, resulta necesario modificar la designación efectuada mediante la Resolución Suprema N° 207-2016-IN y adecuarla a la actual estructura organizacional del Ministerio del Interior; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; numeral 17.1 del artículo 17 de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2017-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Modificar el artículo 1 de la Resolución Suprema Nº 207-2016-IN, respecto a la denominación del cargo del señor Ricardo Valdés Cavassa, quedando establecido el mismo como Viceministro de Seguridad Pública del Ministerio del Interior. Artículo 2°.- La disposición contenida en el artículo 1 de la presente Resolución tiene eficacia desde la vigencia del Decreto Supremo N° 004-2017-PCM. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente de la República CARLOS BASOMBRIO IGLESIAS Ministro del Interior 1495327-10

JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Aprueban Vigésimo Segundo Listado de Beneficiarios civiles, militares y policiales del Programa de Reparaciones Económicas y autorizan desembolso presupuestal
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0063-2017-JUS Lima, 8 de marzo de 2017 VISTOS, el Oficio N° 233-2017-JUS/CMAN-ST, de la Secretaría Técnica de la Comisión Multisectorial de Alto Nivel encargada del seguimiento de las acciones y políticas del Estado en los ámbitos de la Paz, la Reparación Colectiva y la Reconciliación Nacional - CMAN; el Oficio N° 482-2017-JUS/OGPP-OPRE de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto y el Informe N° 260-2017JUS/OGAJ, de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, y; CONSIDERANDO: Que, la Ley N° 28592, Ley que crea el Plan Integral de Reparaciones ­ PIR, tiene por objeto establecer el Marco Normativo para las víctimas de la violencia acaecida durante el período de mayo de 1980 a noviembre de 2000; Que, conforme lo dispone el artículo 38 del Reglamento de la Ley N° 28592, aprobado por el Decreto Supremo

Modifican designación efectuada mediante R.S. N° 207-2016-IN quedando establecido como Viceministro de Seguridad Pública
RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 012-2017-IN Lima, 9 de marzo de 2017

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