Norma Legal Oficial del día 18 de marzo del año 2017 (18/03/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 93

El Peruano / Sábado 18 de marzo de 2017

NORMAS LEGALES

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VISTO; en sesión ordinaria de la fecha, con el voto mayoritario de los señores Regidores y con la dispensa del trámite de Lectura y Aprobación del Acta; y, CONSIDERANDO: Que, el numeral 23 del artículo 20 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, dispone que la celebración de convenios necesarios para el ejercicio de sus funciones es atribución del Alcalde; en razón de su necesidad para el ejercicio de sus funciones; Que, la referida Ley, en su artículo 9 numeral 26, prescribe que corresponde al Concejo Municipal, aprobar la celebración de convenios de cooperación nacional e internacional y los convenios interinstitucionales; Que, mediante Expediente Nº 12495 del 13 de octubre del 2016, la Oficina de Extensión Universitaria y Proyección Social de la Universidad Jaime Bausate y Meza presentó una propuesta para el desarrollo de actividades educativas y culturales dirigidas a la comunidad mediante el otorgamiento de becas y semibecas en los programas de educación virtual para la obtención del bachillerato y licenciatura en periodismo y el programa de extensión universitaria con cursos de capacitación y especialización en el campo de la comunicación social; En uso de las facultades conferidas por el numeral 8 del artículo 9 de la Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo Municipal adopto el siguiente: ACUERDO: Artículo Primero.- APRUEBASE la celebración del Convenio de Cooperación Interinstitucional con la Universidad Jaime Bausate y Meza, a suscribirse por el Alcalde Dr. Iván Ricardo Rivadeneyra Medina, en representación de la Municipalidad Distrital de Bellavista. Artículo Segundo.- ENCARGASE a la Gerencia de Programación, Inversiones y Cooperación Técnica ejecutar los actos preparatorios necesarios para el perfeccionamiento del Convenio, así como verificar su suscripción. Artículo Tercero.- Suscrito que sea el Convenio, la Gerencia referida remitirá un ejemplar en original a la Secretaría General para su archivamiento con el presente Acuerdo, dentro de las 72 horas de su suscripción. Regístrese, comuníquese y cúmplase. IVAN RIVADENEYRA MEDINA Alcalde 1498729-1 ACUERDO DE CONCEJO Nº 003-2017-MDB Bellavista, 28 de febrero del 2017 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BELLAVISTA VISTO; en sesión ordinaria de la fecha, con el voto unánime de los señores Regidores y con la dispensa del trámite de Lectura y Aprobación del Acta; y, CONSIDERANDO: Que, el numeral 23 del artículo 20 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, dispone que la celebración de convenios necesarios para el ejercicio de sus funciones es atribución del Alcalde; en razón de su necesidad para el ejercicio de sus funciones; Que, la referida Ley, en su artículo 9 numeral 26, prescribe que corresponde al Concejo Municipal, aprobar la celebración de convenios de cooperación nacional e internacional y los convenios interinstitucionales;

Que, mediante Expediente Nº 1965 del 22 de febrero del 2017, la empresa Aventura Plaza S.A. administradora del centro comercial ubicado en la Av. Oscar Benavides Nº 3866, Bellavista, presentó una propuesta de Convenio de cesión de local comercial, el cual tiene como objeto asegurar que los contribuyentes del distrito de Bellavista cuenten con un espacio ubicado en una zona segura, de fácil acceso, con amplias áreas de parqueo, zonas de descanso, esparcimiento, gastronomía y servicios financieros, en el cual puedan cumplir con sus obligaciones tributarias; En uso de las facultades conferidas por el numeral 8 del artículo 9 de la Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo Municipal adoptó el siguiente: ACUERDO: Artículo Primero.- APRUÉBASE la celebración del Convenio de Cooperación Interinstitucional con la empresa Aventura Plaza S.A., a suscribirse por el Alcalde Dr. Iván Ricardo Rivadeneyra Medina, en representación de la Municipalidad Distrital de Bellavista. Artículo Segundo.- ENCÁRGASE a la Gerencia de Programación, Inversiones y Cooperación Técnica ejecutar los actos preparatorios necesarios para el perfeccionamiento del Convenio, así como verificar su suscripción. Artículo Tercero.- Suscrito que sea el Convenio, la Gerencia referida remitirá un ejemplar en original a la Secretaría General para su archivamiento con el presente Acuerdo, dentro de las 72 horas de su suscripción. Regístrese, comuníquese y cúmplase. IVAN RIVADENEYRA MEDINA Alcalde 1498729-2 ACUERDO DE CONCEJO Nº 004-2017-MDB Bellavista, 28 de febrero del 2017 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BELLAVISTA VISTO; en sesión ordinaria de la fecha, con el voto unánime de los señores Regidores y con la dispensa del trámite de Lectura y Aprobación del Acta; y, CONSIDERANDO: Que, el numeral 23 del artículo 20 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, dispone que la celebración de convenios necesarios para el ejercicio de sus funciones es atribución del Alcalde; en razón de su necesidad para el ejercicio de sus funciones; Que, la referida Ley, en su artículo 9 numeral 26, prescribe que corresponde al Concejo Municipal, aprobar la celebración de convenios de cooperación nacional e internacional y los convenios interinstitucionales; Que, la Gerencia Municipal mediante Memorando Múltiple Nº 014-2017-MDB-GM remite el Proyecto de Convenio de Cooperación Interinstitucional el mismo que contiene una propuesta para otorgar beneficios económicos a los trabajadores de la corporación edil y sus familiares directos, entre otros beneficios; contando con la opinión favorable de las Gerencias de Programación, Inversiones y Cooperación Técnica, de Asesoría Jurídica y de Servicios Sociales; En uso de las facultades conferidas por el numeral 8 del artículo 9 de la Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo Municipal adopto el siguiente: ACUERDO: Artículo Primero.- APRUEBASE la celebración del Convenio de Cooperación Interinstitucional con la Universidad César Vallejo, a suscribirse por el Alcalde Dr.

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