Norma Legal Oficial del día 18 de marzo del año 2017 (18/03/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 89

El Peruano / Sábado 18 de marzo de 2017

NORMAS LEGALES

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POR TANTO Regístrese, publíquese y cúmplase. Dado en el Gobierno Regional de Tumbes el 8 de febrero de 2017. RICARDO I. FLORES DIOSES Gobernador 1496589-1

MUNICIPALIDAD DE MAGDALENA DEL MAR
Ordenanza que ratifica el Plan Local de Seguridad Ciudadana
ORDENANZA Nº 012-2017-MDMM Magdalena del Mar, 24 de febrero de 2017

GOBIERNOS LOCALES

EL ALCALDE DISTRITAL DE MAGDALENA DEL MAR VISTO:

MUNICIPALIDAD DE LURIGANCHO CHOSICA
Postergan Audiencia Pública de Rendición de Cuentas de Enero a Diciembre de 2016
DECRETO DE ALCALDIA Nº 006-2017/MDLCH Chosica, 16 de marzo de 2017 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LURIGANCHO - CHOSICA CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto de Alcaldía Nº 005-2017/ MDLCH, de fecha 01 de marzo de 2017, se convocó a la Audiencia Pública de Rendición de Cuentas de Enero a Diciembre de 2016, para el día lunes 20 de marzo de 2017, a las 6:30 pm, en el Paseo de las Aguas, sito en el jirón Chiclayo S/N, costado de la Municipalidad Distrital de Lurigancho - Chosica. Que, ante los acontecimientos que vienen ocurriendo en el país, siendo una de las zonas afectadas nuestro distrito con el incremento del río Rímac, río Huaycoloro, incesantes lluvias, huaycos, activación de las quebradas del Pedregal, Yanacoto, Libertad, Rayos del Sol, que vienen ocasionando daños materiales al distrito de Lurigancho - Chosica; asimismo, que según los pronósticos del SENAHMI en los días venideros continuarán las precipitaciones pluviales, se hace necesario postergar la Audiencia Pública de Rendición de Cuentas de Enero a Diciembre de 2016, hasta nuevo aviso, en resguardo de la seguridad e integridad física de la población; y, Estando a mérito de lo expuesto y en uso de las facultades conferidas en el inciso 6) del artículo 20º y 42º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; SE DECRETA: Primero.- POSTERGAR HASTA NUEVO AVISO la Audiencia Pública de Rendición de Cuentas de Enero a Diciembre de 2016, programada para el día lunes 20 de marzo de 2017, en el Paseo de las Aguas, sito en el jirón Chiclayo S/N, costado de la Municipalidad Distrital de Lurigancho - Chosica, por los motivos expuestos en la parte considerativa. Segundo.- DISPONER que la Sub Gerencia de Gestión Tecnológica proceda a la publicación del presente dispositivo en el portal institucional; igualmente, la Secretaría General y la Sub Gerencia de Prensa y Relaciones Públicas procedan a la publicación en un diario de circulación nacional. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. LUIS FERNANDO BUENO QUINO Alcalde 1498746-1

En Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha, el Acta de Aprobación del Plan Local de Seguridad Ciudadana 2017 de fecha 09 de enero de 2017, el Informe Nº 006-2017GCSC/MDMM y el Informe Nº 117-2017-GAJ-MDMM de la Gerencia de Asesoría Jurídica, Memorando Nº 117-2017-GM-MDMM; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, establece que las Municipalidades Provinciales y Distritales, son los órganos de Gobierno Local con autonomía política, económica y administrativas en los asuntos de su competencia. Que, de acuerdo a lo establecido por el artículo 9º, numeral 8 de la Ley Nº 27972, le corresponde al concejo Municipal aprobar, modificar o derogar las ordenanzas; Que, mediante Ley Nº 27933 se crea el Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana, como sistema funcional encargado de asegurar el cumplimiento de las políticas públicas, que orientan la intervención del Estado en dicha materia, para garantizar la seguridad, la paz, la tranquilidad y el cumplimiento y respeto de las garantías individuales y sociales a nivel nacional a fin de generar paz social y proteger el libre ejercicio de los derechos y libertades; Que, el artículo 13º del citado dispositivo establece que los comités Regionales, Provinciales y Distritales son los encargados de formular los planes, programas, proyectos y directivas de seguridad ciudadana, así como ejecutar los mismos en su jurisdicciones, en el marco de la política nacional diseñadas por CONASEC; Que, según artículo 8º del Decreto Supremo Nº 011-20147-IN, que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 27933 los Comités Distritales de Seguridad Ciudadana (CODISEC) son uno de los componentes del mencionado Sistema, constituyen una instancia de diálogo, coordinación y elaboración de políticas, planes, programas, directivas y actividades vinculadas a la seguridad ciudadana, en el ámbito distrital son presididas por el alcalde Distrital de la jurisdicción respectiva, recayendo la Secretaria Técnica en la Gerencia de Seguridad Ciudadana correspondiente; Que, al respecto la Gerencia de Control y Seguridad Ciudadana, mediante Informe Nº 006-2017-GCSC/ MDMM, indica que en Sesión del CODISEC del 09 de enero de 2017, se aprobó el Plan Local de Seguridad Ciudadana 2017, el mismo que se encuentra alineado a los objetivos del Plan Estratégico de Desarrollo Nacional al año 2021, Plan Nacional de Seguridad Ciudadana 2013-2018, motivo por el cual requiere la aprobación por parte del Concejo Municipal; Que, en cumplimiento de lo dispuesto en el literal del artículo 30º del Decreto Supremo Nº 11-2014-IN, que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 27933 - Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana, la Secretaria Técnica del CODISEC Magdalena del Mar, presenta al Concejo Municipal el Plan de Seguridad Ciudadana 2017 para su ratificación; Que, estando a lo dispuesto y en amparo a lo dispuesto por la Ley Orgánica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972 y contando con el voto UNÁNIME de los señores regidores y con dispensa del trámite de aprobación del Acta, se promulga la siguiente:

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