Norma Legal Oficial del día 31 de marzo del año 2017 (31/03/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 121

El Peruano / Viernes 31 de marzo de 2017

NORMAS LEGALES

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DECRETA: Artículo Primero.- MODIFICAR temporalmente el primer párrafo del Artículo 10º del Reglamento de Fraccionamiento de Deudas Tributarias de la Municipalidad de Santiago de Surco, aprobado por Decreto de Alcaldía Nº 01-2005-MSS y sus modificatorias, en los términos siguientes: "Artículo 10º.- Plazos.- La Administración Tributaria podrá otorgar fraccionamientos por los plazos siguientes: a) Plazo mínimo general : desde 03 cuotas incluyendo la cuota inicial b) Plazo máximo general : hasta 36 cuotas incluyendo la cuota inicial, de manera discrecional. (...)" Artículo Segundo.- En todo lo demás, como las condiciones generales para la aprobación del fraccionamiento, los requisitos documentales exigidos para la suscripción de los respectivos convenios, las causales del pérdida del beneficio y demás condiciones que no contravengan a los fraccionamientos efectuados bajo la vigencia del presente Decreto de Alcaldía, se regirá por lo establecido en el Reglamento de Fraccionamiento de Deudas Tributarias de la Municipalidad de Santiago de Surco, aprobado por Decreto de Alcaldía Nº 01-2005-MSS y sus modificatorias. Artículo Tercero.- El presente Decreto de Alcaldía entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial "El Peruano", teniendo como plazo de vigencia hasta el 31.12.2017, razón por la cual no es aplicable a los Convenios de Fraccionamiento suscritos y vigentes a la fecha de publicación de esta norma. Artículo Cuarto.- Una vez cumplido el plazo señalado en el artículo precedente, restitúyase la plena vigencia del Artículo 10º del Reglamento de Fraccionamiento de Deudas Tributarias de la Municipalidad de Santiago de Surco. Artículo Quinto.- Encargar a la Secretaría General la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el Diario Oficial El Peruano. Artículo Sexto.- Encargar a la Gerencia de Tecnologías de la Información la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el Portal Institucional de la Municipalidad de Santiago de Surco, dentro del día siguiente de su aprobación, conforme lo prescribe el Artículo 15º de la Directiva Nº 001-2010-PCM/SGP, aprobada mediante Resolución Ministerial Nº 200-2010-PCM. Artículo Sétimo.- Encargar a la Gerencia Municipal y a la Gerencia de Administración Tributaria el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía. POR TANTO: Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. ROBERTO GOMEZ BACA Alcalde 1503656-1

mediante los cuales se propone prorrogar la vigencia de la Ordenanza Nº 548-MSS; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificado por las Leyes Nros. 28607 y 30305, en concordancia con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Ley Nº 27972, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el segundo párrafo del Artículo 39º de la Ley Orgánica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972, establece que el alcalde ejerce las funciones ejecutivas de gobierno mediante decretos de alcaldía; Que, mediante Ordenanza Nº 548-MSS, publicada en el Diario Oficial El Peruano con fecha 09.11.2016 se estableció el Régimen Extraordinario de Regularización de Deudas Tributarias - "Campaña de Desagio Tributario", el mismo que inicialmente estuvo en vigencia hasta el 30 de noviembre de 2016; Que, la Cuarta Disposición Final de la Ordenanza Nº 548-MSS, faculta al Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía pueda prorrogar su vigencia. En razón a ello, mediante Decreto de Alcaldía Nº 22-2016-MSS, publicado el 30.11.2016, se prorrogó hasta el 31 de diciembre de 2016, y con Decreto de Alcaldía Nº 25-2016-MSS, publicado el 30.12.2016, se prorrogó hasta el 28 de febrero de 2017 y Decreto de Alcaldía Nº 02-2017-MSS, publicado el 28.02.2017, se prorrogó hasta el 31 de marzo de 2017 la vigencia de dicha Ordenanza; Que, mediante Memorándum Nº 163-2017-GATMSS, la Gerencia de Administración Tributaria, remite la propuesta de Decreto de Alcaldía que propone prorrogar hasta el 29.04.2017 la Ordenanza Nº 548-MSS, con la finalidad que los contribuyentes regularicen sus obligaciones tributarias vencidas, incluyendo del año 2016, a través de mecanismos que aligeren la carga tributaria, accediendo de esta forma a ciertos descuentos en el pago de sus arbitrios municipales de ejercicios anteriores y a la condonación de sus intereses, así como de otros conceptos relacionados con el tributo adeudado; Que, con Informe Nº 222-2017-GAJ-MSS la Gerencia de Asesoría Jurídica, informa con respecto a la pre publicación del proyecto normativo, conforme a lo dispuesto en el Artículo 14º del Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de proyectos normativos y difusión de normas legales de carácter general, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS, debemos indicar que la misma resulta innecesaria, por cuanto la Gerencia de Administración Tributaria considera que la finalidad del proyecto es la de prorrogar la vigencia de la Ordenanza Nº 548-MSS, que se encuentra orientada a la regularización de deudas tributarias; en este sentido opina que resulta procedente la propuesta de prórroga de los alcances de la Ordenanza Nº 548-MSS, hasta el 29.04.2017 por lo que se debe elevar los actuados al Despacho de Alcaldía para que proceda a emitir el Decreto de Alcaldía correspondiente; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades señaladas en el numeral 6) del Artículo 20º y el Artículo 39º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972; DECRETA: Artículo Primero.- PRORROGAR la vigencia de la Ordenanza Nº 548-MSS, que aprueba el Régimen Extraordinario de Regularización de Deudas Tributarias "Campaña de Desagio Tributario", hasta el 29 de abril de 2017. Artículo Segundo.- EL PRESENTE Decreto de Alcaldía entrará en vigencia al día siguiente de su publicación. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el Diario Oficial El Peruano. Artículo Cuarto.- DISPONER la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el Portal Institucional de la Municipalidad de Santiago de Surco, dentro del día siguiente de su aprobación, conforme lo prescribe

Prorrogan vigencia del Régimen Extraordinario de Regularización de Deudas Tributarias - "Campaña de Desagio Tributario", aprobado mediante la Ordenanza N° 548-MSS
DECRETO DE ALCALDÍA Nº 06-2017-MSS Santiago de Surco, 22 de marzo de 2017 EL ALCALDE DE SANTIAGO DE SURCO VISTOS: El Memorándum Nº 163-2017-GAT-MSS de la Gerencia de Administración Tributaria, el Informe Nº 222-2017-GAJ-MSS de la Gerencia de Asesoría Jurídica,

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