Norma Legal Oficial del día 31 de marzo del año 2017 (31/03/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 110

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NORMAS LEGALES

Viernes 31 de marzo de 2017 /

El Peruano

MUNICIPALIDAD DE CIENEGUILLA
Ordenanza que ratifica el Plan Distrital de Seguridad Ciudadana y Convivencia Social del Distrito de Cieneguilla para el ejercicio 2017
ORDENANZA Nº 254 -MDC Cieneguilla, 24 de marzo de 2017. EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CIENEGUILLA. POR CUANTO: EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CIENEGUILLA. VISTOS: En Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha, el Informe Nº 006-2017-MDC/GSCCM de la Gerencia de Seguridad Ciudadana y Control Municipal de la entidad, a través del cual solicita la ratificación del Plan Distrital de Seguridad Ciudadana de Cieneguilla, para el ejercicio 2017 y el Informe Nº 053-2017-MDC/GAJ de la Gerente de Asesoría Jurídica. CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, señala que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; autonomía que se encuentra reconocida en la Constitución Política del Perú y que radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico vigente. Que, por Ley Nº 27933, se crea el Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana (SINACEC), norma que tiene por objeto proteger el libre ejercicio de los derechos y libertades, garantizar la seguridad, paz, tranquilidad, el cumplimiento y respecto de las garantías individuales y sociales a nivel nacional. Que, mediante Resolución Ministerial Nº 010-2015IN, se aprueba la Directiva Nº 001-2015-IN sobre los "Lineamientos para la formulación, aprobación ejecución y evaluación de los Planes de Seguridad Ciudadana, Supervisión y Evaluación de los Comités de Seguridad Ciudadana. Que, el Gerente de Seguridad Ciudadana, mediante Informe Nº 006-2017-MDC/GSCCM de fecha 21 de marzo de 2017, solicita la ratificación por el Concejo Municipal de Cieneguilla, del Plan Distrital de Seguridad Ciudadana de Cieneguilla para el ejercicio 2017, el mismo que fue aprobado por los integrantes del CODISEC, por unanimidad, a efecto de su obligatorio cumplimiento como política distrital, Que, la Gerencia de Asesoría Jurídica a través del Informe Nº 053-2017-MDC/GAJ de fecha 21 de marzo de 2017 opina que de acuerdo a lo prescrito en el numeral e) del artículo 30º y tercer párrafo del artículo 47º del Reglamento de La Ley de Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana, el referido Plan debe ser ratificado por el Concejo Municipal a través de Ordenanza. Además, el objetivo del mismo es fortalecer y optimizar el trabajo multisectorial con todas las instituciones que integran el CODISEC de esta jurisdicción articulando la interrelación, capacitación, asistencia técnica y administrativa así como la participación de la comunidad organizada, a fin de mejorar los niveles de percepción de seguridad ciudadana, mediante la planificación, formulación, ejecución y evaluación del Plan. De conformidad a lo dispuesto por el artículo 9º, numeral 8), artículo 20º numeral 4) de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, con el voto unánime de los señores Regidores y con la dispensa de la lectura y aprobación del Acta se aprobó la siguiente:

ORDENANZA QUE RATIFICA EL PLAN DISTRITAL DE SEGURIDAD CIUDADANA DE CIENEGUILLA PARA EL EJERCICIO 2017. Artículo Primero.- RATIFICAR el Plan Distrital de Seguridad Ciudadana y Convivencia Social del distrito de Cieneguilla para el ejercicio 2017, aprobado por el Comité Distrital de Seguridad Ciudadana de Cieneguilla, según acta de fecha 20 de marzo de 2017, en cumplimiento de lo establecido en la Ley Nº 27933, Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana y demás normatividad aplicable, de conformidad a las consideraciones expuestas en la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- Precisar que el Plan ratificado en virtud del artículo precedente, como anexo adjunto, forma parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo Tercero.- Encargar a la Gerencia de Seguridad Ciudadana y Control Municipal el cumplimiento de la presente Ordenanza, a Secretaria General su publicación en el Diario Oficial "El Peruano" y a la Subgerencia de Tecnologías de la Información y Comunicación su publicación en el Portal Institucional: www.municieneguilla.gob.pe. Regístrese, comuníquese y cúmplase. EMILIO A. CHÁVEZ HUARINGA Alcalde 1503755-1

MUNICIPALIDAD DE JESÚS MARÍA
Ordenanza que ratifica el Plan Local de Seguridad Ciudadana y Convivencia Social del distrito de Jesús María para el año 2017
ORDENANZA Nº 516-2017-MDJM Jesús María, 24 de marzo de 2017 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE JESÚS MARÍA POR CUANTO: El Concejo Municipal Distrital de Jesús María, en sesión ordinaria de la fecha; VISTOS: El Informe Nº 011-2017-MDJM/GSC de la Gerencia de Seguridad Ciudadana, el Informe Nº 174-2017-MDJM/ GAJyRC de la Gerencia de Asesoría Jurídica y Registro Civil, el Proveído Nº 300-2017-MDJM.GM de la Gerencia Municipal y el Dictamen Nº 001-2017-MDJM-CSC de la Comisión de Seguridad Ciudadana, y; CONSIDERANDO: Que, los Gobiernos Locales gozan de autonomía política, económica y administrativa para los asuntos de su competencia, conforme lo reconoce el artículo 194º de la Constitución Política del Estado, en concordancia con lo establecido en el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; Que, mediante Ley Nº 27933 se creó el Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana, como sistema funcional encargado de asegurar el cumplimiento de las políticas públicas que orientan la intervención del Estado en dicha materia, para garantizar la seguridad, la paz, la tranquilidad, el cumplimiento y el respeto de las garantías individuales y sociales a nivel nacional a fin de generar paz social y proteger el libre ejercicio de los derechos y libertades; Que, el artículo 26º del Decreto Supremo Nº 0112014-IN, Reglamento de la Ley Nº 27933, establece que los Comités Distritales de Seguridad Ciudadana (CODISEC) son una instancia de diálogo, coordinación y

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