Norma Legal Oficial del día 05 de noviembre del año 2017 (05/11/2017)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 30

30
Espec. del Gasto : 2.3.2.1.1.2 Viáticos y Asignaciones por Comisión de Servicios ...............

NORMAS LEGALES
7,237.20

Domingo 5 de noviembre de 2017 /

El Peruano

A efectos de acreditar la causal invocada, el solicitante adjunta los siguientes medios probatorios: a) Copia certificada de la Partida de Nacimiento de José Ruiz Cárdenas, nacido el 16 de enero de 1945 en Saposoa, hijo de Juana Cárdenas, de 23 años de edad (fojas 255). b) Copia certificada de la Partida de Nacimiento de George Mora Cárdenas, nacido el 24 de setiembre de 1950 en Saposoa, hijo de Juana Cárdenas, de 28 años de edad (fojas 254). c) Copia certificada del Acta de nacimiento de Margoth Mora Vásquez, nacida el 20 de mayo de 1985 en Saposoa, hija de George Mora Cárdenas (fojas 253). d) Copia simple de la declaración jurada de hoja de vida de Elith Marley Ruiz del Águila, en la que registra que nació en Juanjui y que es hija de José Ruiz Cárdenas (fojas 256 a 258). e) Copia simple de planillas de pagos correspondiente al mes de diciembre de 2015 y enero de 2016 (fojas 259 a 286). Al respecto, mediante Acuerdo de Concejo N° 0632016-MPH, de fecha 29 de marzo de 2016, el concejo municipal rechazó la solicitud de vacancia contra la regidora Elith Marley Ruiz del Águila (fojas 243 a 250), decisión que fue impugnada por el solicitante mediante escrito, de fecha 15 de abril de 2016 (fojas 232 a 235), en razón de ello, este órgano electoral emitió la Resolución N° 1100-2016-JNE, de fecha 12 de agosto de 2016 (fojas 214 y vuelta a 216 y vuelta), mediante el cual declaró nulo el citado acuerdo de concejo, y consiguientemente ordenó que se vuelva a emitir pronunciamiento, previa incorporación de los siguientes documentos: a) Partida de Nacimiento de la regidora Elith Marley Ruiz del Águila. b) Contrato(s) de prestación de servicios celebrados entre la Municipalidad Provincial de Huallaga y Margoth Mora Vásquez. c) Informe de las áreas o funcionarios competentes acerca a) de las tareas y funciones realizadas por Margoth Mora Vásquez, b) del lugar de realización de sus labores, c) del procedimiento de selección seguido para su contratación, detallando las personas u órganos de la Municipalidad Provincial de Huallaga que intervinieron en su contratación, de ser el caso, d) de la cercanía domiciliaria de la persona contratada con la regidora Elith Marley Ruiz del Águila, e) de la población y superficie del gobierno local, y f) si anteriormente, Margoth Mora Vásquez trabajó o prestó servicios para la entidad edil. El informe o los informes que se emitan deberán estar acompañados obligatoriamente de los documentos que los sustenten. d) Informe de las áreas o funcionarios competentes acerca del trámite dado a las cartas de fechas 18 de enero y 4 de marzo de 2016, mediante las cuales la regidora Elith Marley Ruiz del Águila, según propia declaración, se habría opuesto a la contratación de Margoth Mora Vásquez, acompañado de los documentos que lo sustenten. Sobre los documentos incorporados por el concejo municipal El concejo municipal ha cumplido con incorporar los siguientes medios probatorios: a) Copia fedatada del Acta de Nacimiento de Elith Marley Ruiz del Águila (fojas 217). b) Copia fedatada de Nota Informativa N° 101-2016-U. RR.HH.S-MPH/S, de fecha 11 de octubre de 2016 (fojas 218), sobre procedimiento seguido para la contratación de Margoth Mora Vásquez. c) Copia fedatada de Contrato de Servicios Personales N° 045-2016-MPH-S, de fecha 4 de enero de 2016 (fojas 219 y 220). d) Copia fedatada de Contrato de Servicios Personales N° 221-2015-MPH-S, de fecha 2 de noviembre de 2015 (fojas 221 y 222). e) Copia fedatada del Manual de Organización y Funciones de la Municipalidad Provincial de Huallaga, correspondiente a las funciones específicas del jefe de

- Alimentación, hospedaje y mov. local: US$ 370.00 x T. C. S/ 3.26 = S/ 1,206.20 x 6 dias = : 2.3.2.1.1.1 Pasajes y Gastos de Transporte ........................................................ 3,559.20

- Gastos de pasajes aéreos (ida-vuelta): US$. 1,091.78 (incluye imp.-tasas) x T. C. S/. 3.26 = TOTAL S/. 10,796.40

Artículo 3º.- PRECISAR que la referida autoridad deberá rendir cuentas en forma documentada por los gastos realizados, dentro de los quince (15) días, contados a partir del último día del período autorizado para la comisión, ante la instancia pertinente, conforme lo establece la Resolución Nº 0186-2014-R-UNE. Artículo 4º.- DISPONER que la Oficina Central de Adquisiciones y Contrataciones, y la Oficina Central de Economía y Finanzas efectivicen las acciones complementarias, a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en la presente resolución. Artículo 5º.- PUBLICAR la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano. Artículo 6º.- EL EGRESO que genere se afectará al Mnemónico de la Estructura Funcional Programática y a la Cadena del Gasto correspondiente al Presupuesto de la Universidad Nacional de Educación Enrique Guzmán y Valle, para el ejercicio Presupuestal 2017. Regístrese, comuníquese y cúmplase. LUIS ALBERTO RODRÍGUEZ DE LOS RÍOS Rector 1583318-1

JURADO NACIONAL DE ELECCIONES
Confirman Acuerdo de Concejo N° 126-2016MPH que rechazó solicitud de vacancia contra regidora del Concejo Provincial de Huallaga, departamento de San Martín
RESOLUCIÓN N° 0379-2017-JNE Expediente N° J-2016-00055-A02 HUALLAGA - SAN MARTÍN VACANCIA RECURSO DE APELACIÓN Lima, diecinueve de setiembre de dos mil diecisiete. VISTO, en audiencia pública de la fecha, el recurso de apelación interpuesto por Euler García Ríos en contra del Acuerdo de Concejo N° 126-2016-MPH, del 3 de noviembre de 2016, que rechazó la solicitud de vacancia que presentó contra Elith Marley Ruiz del Águila, regidora del Concejo Provincial de Huallaga, departamento de San Martín, por la causal prevista en el artículo 22, numeral 8, de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, y, teniendo a la vista los Expedientes N° J-2016-00055-T01, N° J-2016-00055-A01, N° J-2016-00055-Q01. ANTECEDENTES Respecto a la solicitud de declaratoria de vacancia Con fecha 1 de febrero de 2016, Euler García Ríos solicitó al Jurado Nacional de Elecciones la vacancia de Elith Marley Ruiz del Águila, regidora del Concejo Provincial de Huallaga, departamento de San Martín (fojas 251), por la causal prevista en el artículo 22, numeral 8, de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades (en adelante, LOM). El argumento en la solicitud de vacancia fue que Margoth Mora Vásquez, prima hermana de la regidora, labora en la entidad edil desde el mes de diciembre de 2015.

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.