Norma Legal Oficial del día 07 de noviembre del año 2017 (07/11/2017)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 39

El Peruano / Martes 7 de noviembre de 2017

NORMAS LEGALES

39

del viaje,el número de días de duración del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento y viáticos; Que el numeral 10.1 de Art. 10º de la Ley 30518 ­ Ley de Presupuesto del Sector Público para el año Fiscal 2017, en materia de bienes y servicios, prohíbe los viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos excepto los a los funcionarios señalados en el artículo 52º de la Ley 30057, Ley del Servicio Civil, siempre que el tiempo de viaje sea mayor a 8 (ocho) horas o cuando la estancia sea menor a 48 (cuarenta y ocho) horas; Que siendo de interés para la Universidad Nacional Jorge Basadre Grohmann ­ Tacna y por ende del País, se autoriza el viaje del Mgr. Pascual Senón Puma Estaca, Decano de la Facultad de Educación, Comunicación y Humanidades; De conformidad con el inciso 62.2 del Art. 62º de la Ley Nº 30220, Ley Universitaria, Ley 27619, Ley 30372, y en uso de las atribuciones conferidas al señor Rector; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar, excepcionalmente el viaje al exterior en comisión de servicios del MGR. PASCUAL SENÓN PUMA ESTACA, Decano de la Facultad de Educación, Comunicación y Humanidades de la Universidad Nacional Jorge Basadre Grohmann ­ Tacna, a fin de asistir al XII Encuentro Iberoamericano de Educación a llevarse a cabo en la Universidad Alcalá de Henares, España, durante los días del 04 al 12 de noviembre del año en curso Artículo 2º.- Los gastos que ocasione el viaje autorizado en el artículo precedente, se ejecutarán de acuerdo a la siguiente información presupuestal, debiendo a su retorno efectuar la rendición de cuenta debidamente documentada, conforme a disposiciones y normas vigentes: - MGR. PASCUAL SENÓN PUMA ESTACA MONTO TOTAL S/ 7 878,00

Artículo 3º.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial el Peruano, de conformidad a las normas vigentes. Regístrese, comuníquese y archívese. ADILIO AUGUSTO PORTELLA VALVERDE Rector 1583611-1

Autorizan viaje de docentes de la Universidad Nacional del Altiplano de Puno a Chile, en comisión de servicios
UNIVERSIDAD NACIONAL DEL ALTIPLANO ­ PUNO RESOLUCIÓN RECTORAL Nº 3233-2017-R-UNA Puno, 11 de octubre del 2017 VISTOS: El MEMORANDUM Nº 1015-2017-SG-UNA de fecha 09 de octubre del presente año, emitido por Secretaria General de esta Casa Superior de Estudios, que transcribe el acuerdo de Consejo Universitario Extraordinario del 03 de octubre del año en curso (Continuación del 26/09/2017), referido a la autorización, del viaje a la ciudad de VALPARAÍSO ­ VIÑA DEL MAR ­ CHILE, en Comisión Oficial de Servicio del 15 al 22 de octubre del 2017, a favor de diversos docentes adscritos a la Escuela Profesional de Ciencias de la Comunicación Social, quienes participarán del XVI Encuentro Latinoamericano de Facultades de Comunicación Social FELAFACS; y, CONSIDERANDO: Que, mediante RESOLUCIÓN DECANAL 522-2017-D-FCS-UNA (04/09/2017) la Facultad Nº de

Ciencias Sociales de esta Universidad, autoriza la Licencia por Capacitación con Goce de Haber a los siguientes docentes: *Dr. Emilio Flores Mamani, *Dr. Félix Huanca Rojas, *Dr. Paulino Machaca Ari, *M.Sc. César Eleodoro Del Carpio Flores, *Dr. Flavio Demetrio Abarca Macedo, *Dr. Edward Hipólito Torres Pacheco, adscritos a la Escuela Profesional de Ciencias de la Comunicación Social, en las fechas del 15 al 22 de octubre del 2017, quienes participarán del XVI Encuentro Latinoamericano de Facultades de Comunicación Social FELAFACS en VALPARAÍSO ­ VIÑA DEL MAR (CHILE); del mismo modo, se otorga a cada uno de los siguientes docentes solicitantes: *Dr. Emilio Flores Mamani, *Dr. Félix Huanca Rojas, *Dr. Paulino Machaca Ari, *M.Sc. César Eleodoro Del Carpio Flores, *Dr. Flavio Demetrio Abarca Macedo, una bolsa de viaje por la suma de S/ 1,800.00 soles, afecto a los Recursos Ordinarios de la Escuela Profesional de Ciencias de la Comunicación Social de los meses de Agosto, Setiembre, Octubre y Noviembre, programado en el POA 2017; consiguientemente se eleva referida propuesta ante instancia superior para su respectiva aprobación; Que, acorde al numeral 111.14 del Artículo 111º del TUO del Estatuto Universitario, se establece como atribuciones del Consejo Universitario, entre otros, autorizar los viajes fuera del país en comisión de servicio del rector y vicerrectores, decanos, director de la Escuela de Posgrado, docentes, funcionarios y estudiantes; así como también, recibir los informes correspondientes; Que, referente al presupuesto del presente caso, mediante INFORME Nº 2249-2017-OP-OGPD-UNA-P (21/09/2017), la Oficina de Presupuesto ­ Oficina General de Planificación y Desarrollo de esta Universidad, anuncia que en el Presupuesto Institucional de la Universidad Nacional del Altiplano del año 2017, se tiene asignado a la Escuela Profesional de Ciencias de la Comunicación, la Fuente de Financiamiento de Recursos Ordinarios, Meta Presupuestal 25 Ejercicio de la Docencia Universitaria y Genérica de Gasto 2.3. Bienes y Servicios, previa programación POA 2017, en cumplimiento de la normatividad correspondiente; Que, de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 30518 ­ Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017; la Ley Nº 27619 ­ Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, aprobadas mediante el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; y, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 2º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, la resolución de autorización de viajes al exterior de la República son estrictamente necesarios, es debidamente sustentada en el interés nacional o el interés específico de la institución y debe indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y el impuesto por tarifa única de uso de aeropuerto; consiguientemente, se tiene que las Resoluciones de Autorización de viaje deberán publicarse en el Diario Oficial El Peruano, con anterioridad al viaje.; Que, la autonomía inherente a la Universidad Nacional del Altiplano ­ Puno, se manifiesta en los siguientes regímenes: normativo, de gobierno, académico, administrativo y económico para el cumplimiento de los fines y objetivos institucionales, se ejerce de conformidad con lo establecido en la Constitución Política del Estado, disposiciones contenidas en la Ley Universitaria Nº 30220, Estatuto Universitario vigente y demás normativa aplicable; Estando a la documentación sustentatoria de la presente Resolución, contando con la opinión procedente de la Oficina General de Asesoría Legal signada con el Nº 720-2017-OGAJ-UNA-PUNO (28/09/2017); De conformidad con lo aprobado en el Honorable Consejo Universitario Extraordinario de fecha 03 de octubre del año en curso (Continuación del 26/09/2017); Estando a la documentación sustentatoria que forma parte de la presente Resolución; En el marco de las atribuciones que la Ley Universitaria Nº 30220, el Estatuto Universitario, Resolución de

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.