Norma Legal Oficial del día 10 de noviembre del año 2017 (10/11/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 58

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NORMAS LEGALES

Viernes 10 de noviembre de 2017 /

El Peruano

fundamentales y la mejora de las condiciones de trabajo de los peruanos; Que, el artículo 5 de la Ley N° 29381 establece que el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo es el organismo rector en materia de trabajo y promoción del empleo y ejerce competencia exclusiva y excluyente respecto a otros niveles de gobierno, en todo el territorio nacional para formular, planear, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar las políticas nacionales y sectoriales, entre otras, en materia sociolaboral, derechos fundamentales en el ámbito laboral, seguridad y salud en el trabajo, relaciones de trabajo, inspección del trabajo y promoción del empleo; Que, la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, establece en su artículo 35 que las comisiones del Poder Ejecutivo son órganos que se crean para cumplir con las funciones de seguimiento, fiscalización, propuesta o emisión de informes que deben servir de base para las decisiones de otras entidades; para otras funciones que no sean las indicadas, el Poder Ejecutivo puede encargarlas a grupos de trabajo; Que, en atención a las consideraciones expuestas resulta necesario formalizar la conformación e instalación de un grupo de trabajo denominado "Mesa de trabajo entre el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo y la Confederación General de Trabajadores del Perú ­ CGTP", a efectos de abordar y evaluar los planteamientos gremiales de dicha central sindical; Con las visaciones del Despacho Viceministerial de Trabajo, de la Dirección General de Trabajo y del Jefe de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8) del artículo 25 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el artículo 11 de la Ley N° 29381, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, el inciso d) del artículo 7 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2014-TR; SE RESUELVE: Artículo 1.- Objeto Conformar un grupo de trabajo denominado "Mesa de trabajo entre el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo y la Confederación General de Trabajadores del Perú ­ CGTP", a efectos de abordar y evaluar los planteamientos gremiales de dicha central sindical. Artículo 2.- Integrantes El grupo de trabajo a que se refiere el artículo precedente está integrado por: -El Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo o su representante, quien la preside; -El Viceministro de Trabajo o su representante; -El Director General de Trabajo o su representante; -El Director General de Políticas de Inspección del Trabajo o su representante; -El Director General de Derechos Fundamentales y Seguridad y Salud en el Trabajo o su representante; y -La Superintendenta Nacional de Fiscalización Laboral de la SUNAFIL o su representante. Asimismo, forman parte del grupo de trabajo los representantes designados por la Confederación General de Trabajadores del Perú ­ CGTP. Artículo 3.- De los gastos El grupo de trabajo denominado "Mesa de trabajo entre el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo y la Confederación General de Trabajadores del Perú ­ CGTP" no irrogará gastos al Tesoro Público. La participación de sus integrantes será ad honórem. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALFONSO GRADOS CARRARO Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo 1585288-1

Designan representante del Ministerio ante el Órgano de control de la Caja de Protección y Asistencia de los Trabajadores Lustradores de Calzado del Perú - CAJAPATRAC
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 206-2017-TR Lima, 9 de noviembre de 2017 VISTOS: El Memorando N° 429-2017-MTPE/4 de la Secretaría General y el Informe N° 1297-2017-MTPE/4/8 de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 25249 se crea la Caja de Protección y Asistencia de los Trabajadores Lustradores de Calzado del Perú ­ CAJAPATRAC; Que, mediante Decreto Supremo N° 006-91-TR se establecieron las normas reglamentarias de la Ley N° 25249, regulándose en su artículo 9 que la estructura de la CAJAPATRAC está constituida por un órgano de dirección, un órgano de control y un órgano ejecutivo; Que, el referido Decreto Supremo establece que el órgano de control está integrado, entre otros, por un representante del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, el cual es designado por Resolución Ministerial; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 207-2014TR del 01 de octubre de 2014, se designa al señor Nerio Wilson Sanchez Quiroz, como representante del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo ante el órgano de control de la Caja de Protección y Asistencia de los Trabajadores Lustradores de Calzado del Perú ­ CAJAPATRAC; Que, por convenir al servicio, corresponde dar por concluida la designación citada y designar al nuevo representante del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo ante el órgano de control de la Caja de Protección y Asistencia de los Trabajadores Lustradores de Calzado del Perú ­ CAJAPATRAC; Con la visación del Jefe de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; y el numeral 8) del artículo 25 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; SE RESUELVE: Artículo 1.- Dar por concluida la designación del señor NERIO WILSON SANCHEZ QUIROZ, como representante del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo ante el órgano de control de la Caja de Protección y Asistencia de los Trabajadores Lustradores de Calzado del Perú ­ CAJAPATRAC, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- Designar al señor PEDRO SOLIER OCHOA, como representante del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo ante el Órgano de control de la Caja de Protección y Asistencia de los Trabajadores Lustradores de Calzado del Perú ­ CAJAPATRAC. Artículo 3.- Remitir copia de la presente resolución a la Caja de Protección y Asistencia de los Trabajadores Lustradores de Calzado del Perú ­ CAJAPATRAC, para los fines pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALFONSO GRADOS CARRARO Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo 1585288-2

Aprueban transferencias financieras del Programa Nacional de Empleo Juvenil "Jóvenes Productivos" a favor de entidades del sector público
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 207-2017-TR Lima, 9 de noviembre de 2017

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