TEXTO PAGINA: 49
49 NORMAS LEGALES Viernes 10 de noviembre de 2017 El Peruano / CÓDIGO INFRACCIÓNTIPO DE INFRACCIÓNDETERMINACIÓN DE LA SANCIÓN TIPO DE SANCIÓN Literal k) Incumplir las disposiciones sanitarias referidas al tratamiento de las especies hidrobiológicas importadas en sus diferentes estadiosMULTA Literal l) Incumplir con la ocupación progresiva del área de fi nida para la producción e inversión, dentro del área otorgada en concesión.REDUCCIÓN del área acuícola. Literal m) Incumplir con la delimitación de los vértices del área otorgada en ambientes acuáticos. MULTA Literal n) Obtener semilla o reproductores del medio natural, sin la correspondiente autorización del PRODUCE o Gobierno Regional. GRAVEMULTA DECOMISO del total del recurso hidrobiológico. Literal o)No dar inicio al trámite para la obtención del derecho de uso de área acuática en un plazo máximo de treinta (30) días calendario de otorgada la concesión en ambientes marinos, lagos y ríos navegables.MULTA Literal p) No dar inicio al trámite para la obtención de la licencia de uso de agua en un plazo máximo de treinta (30) días calendario de otorgado el derecho administrativo.MULTA Literal q) Incumplir el plan de manejo que sustentó el otorgamiento de las concesiones especiales. MULTA Literal r)Ocupar áreas no otorgadas en concesión, así como variar o implementar sus instalaciones en áreas distintas a las que se indica en la concesión otorgada.MULTA Literal s) Instalar o implementar infraestructura o materiales, equipos y otros elementos no autorizados o variar la modalidad de cultivo determinada en el Plan de Manejo de las concesiones especiales, sin previo aviso.MULTA Literal t) Interferir con las actividades tradicionales que se desarrollan en el recurso hídrico o afectar los derechos adquiridos por terceros fuera del área otorgada para el desarrollo de la actividad.MULTA Literal u) Instalar infraestructura fl otante en las orillas de la playa; a excepción de aquella que se instale temporalmente dentro del área de concesiones para fi nes de manipuleo de colectores, perl- nets o linternas para su posterior limpieza en tierra, fuera de la zona de in fl uencia del área natural protegida.MULTA Literal v) Desarrollar proyectos de investigación, desarrollo tecnológico e innovación, sin haber informado a la autoridad competente para hacer uso de hasta un máximo de un 20% del área otorgada.MULTA 1585361-5 Prorrogan vigencia del Grupo de Trabajo Multisectorial denominado “Mesa Técnica de Instrumentos Financieros para el desarrollo de la MIPYME” RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 544-2017-PRODUCE Lima, 8 de noviembre de 2017VISTOS: El Memorando N° 1931-2017-PRODUCE/ DVMYPE-I/DGDE de la Dirección General de Desarrollo Empresarial, el Memorando N° 1936-2017-PRODUCE/DVMYPE-I del Despacho Viceministerial de MYPE e Industria, y el Informe N° 1594-2017-PRODUCE/OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolución Ministerial N° 432-2016-PRODUCE, se crea el Grupo de Trabajo Multisectorial denominado “Mesa Técnica de Instrumentos Financieros para el desarrollo de la MIPYME” de naturaleza temporal, en adelante la Mesa Técnica, con el objetivo de alinear esfuerzos a nivel intersectorial para generar una estrategia común que permita destrabar las barreras que impiden la creación, fortalecimiento y promoción de herramientas de fi nanciamiento dirigidas principalmente a los segmentos empresariales que representan un motor de crecimiento de la economía, como un medio para mejorar sostenidamente su productividad; Que, los artículos 2 y 3 de la Resolución Ministerial N° 432-2016-PRODUCE, señalan que la Secretaría Técnica es ejercida por la Dirección General de Desarrollo Productivo y que la Mesa Técnica tiene un plazo de vigencia de un (01) año contado a partir de su instalación, respectivamente; Que, teniendo en cuenta que con fecha 11 de noviembre de 2016 se instaló la Mesa Técnica, mediante el Acta N° 008-2017 de fecha 16 de octubre de 2017, los representantes de las entidades e instituciones que conforman la Mesa Técnica, acordaron realizar las gestiones necesarias para ampliar por un año el plazo de vigencia de la misma; Que, con el Memorando N° 1931-2017-PRODUCE/ DVMYPE-I/DGDE, el Director General de la Dirección General de Desarrollo Empresarial hace suyo el Informe N° 0069-2017-PRODUCE/DIF-hchavez, de la Dirección de Instrumentos Financieros de la citada Dirección General, en el cual concluye que la prórroga de la vigencia de la Mesa Técnica por un año permitirá continuar con las acciones de articulación y coordinación que se vienen realizando, a fin de generar sinergias y promover la competitividad del ecosistema de financiamiento dirigido a la MIPYME; y, que corresponde precisar que la Secretaría Técnica se encuentra a cargo de la Dirección General de Desarrollo Empresarial, de acuerdo a lo dispuesto en el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, aprobado por Decreto Supremo N° 002-2017-PRODUCE y modificatoria; De conformidad con lo establecido en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y modi fi catorias; la Ley N° 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado; el Decreto Legislativo N° 1047, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción y modi fi catorias; y el Decreto Supremo N° 002-2017-PRODUCE, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción y modi fi catoria; SE RESUELVE:Artículo 1.- Prórroga de vigencia Prorrogar la vigencia del Grupo de Trabajo Multisectorial denominado “Mesa Técnica de Instrumentos Financieros para el desarrollo de la MIPYME”, constituido mediante la Resolución Ministerial N° 432-2016-PRODUCE, hasta el 10 de noviembre de 2018. Artículo 2.- Secretaría Técnica La referencia a la Dirección General de Desarrollo Productivo efectuada en el artículo 2 de la Resolución Ministerial N° 432-2016-PRODUCE, debe entenderse realizada a la Dirección General de Desarrollo Empresarial del Despacho Viceministerial de MYPE e Industria del Ministerio de la Producción. Artículo 3.- Noti fi cación Notifi car la presente Resolución Ministerial a las entidades e instituciones que conforman la Mesa Técnica constituida mediante la Resolución Ministerial N° 432-2016-PRODUCE, así como a su Secretaría Técnica, para los fi nes pertinentes.