Norma Legal Oficial del día 10 de noviembre del año 2017 (10/11/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 73

El Peruano / Viernes 10 de noviembre de 2017

NORMAS LEGALES

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el inciso a) del artículo 4º del Reglamento de Organización y Funciones de DEVIDA, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 047-2014-PCM; Que, el artículo 49º del precitado Reglamento de Organización y Funciones establece que las Oficinas Zonales son los Órganos Desconcentrados de la Entidad, con dependencia de la Dirección de Articulación Territorial y tienen la responsabilidad de articular y coordinar con las entidades públicas, privadas y sociedad civil, los proyectos de inversión pública y actividades enmarcados en los Programas de la Estrategia Nacional de Lucha Contra las Drogas, y otras actividades que contribuyan al logro de los objetivos de lucha contra las drogas, así como ejecutar sus actividades y proyectos de inversión pública en los ámbitos correspondientes; Que, el artículo 9º del mismo Reglamento establece que la Presidencia Ejecutiva es el órgano de la Alta Dirección que constituye la máxima autoridad ejecutiva, y que de conformidad con los literales a) y r) del artículo 10º, referido a las funciones y atribuciones de dicho órgano, le corresponde conducir y supervisar el adecuado funcionamiento de la entidad, definiendo las políticas de dirección y supervisión para la marcha de la Entidad, así como emitir resoluciones y directivas vinculadas a la conducción de la Entidad; Que, el artículo 22º del mencionado Reglamento establece que corresponde a la Unidad de Planeamiento de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto elaborar el Informe Técnico sobre creación, fusión, cierre y/o modificación de los ámbitos geográficos de las Oficinas Zonales; Que, el artículo 9º de la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 093-2016-DV-PE que aprobó la Estructura Orgánica y Funciones de las Áreas que componen las Oficinas Zonales de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas ­ DEVIDA, establece que las Oficinas de Coordinación dependen de la Jefatura de la Oficina Zonal y se encargan de planificar, organizar y controlar la ejecución, seguimiento, supervisión, monitoreo, promoción y asistencia técnica y articulación de las actividades, proyectos de inversión y programas enmarcados en la Estrategia Nacional de Lucha contra las Drogas, así como también de las actividades comunicacionales y administrativas en sus ámbitos de intervención geográfica; Que, mediante Informe Nº 004-2016-DV-OZLM-JZ de fecha 24 de noviembre de 2016 la Oficina Zonal La Merced eleva a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto la propuesta para la creación de la Oficina de Coordinación Mazamari, con el fin de optimizar el tiempo para las acciones de coordinación, monitoreo y asistencia técnica propias de DEVIDA en toda la provincia de Satipo, y la articulación con entidades que operan directamente en la Zona del VRAEM; agregando que dicha Oficina podría también atender a la provincia de Atalaya del departamento de Ucayali, toda vez que dicha provincia se encuentra a una distancia más accesible al distrito de Mazamari; Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 091-2017-DV-PE de fecha 01 de agosto de 2017, se delimitó el ámbito geográfico de intervención de la Oficina Zonal La Merced de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas ­ DEVIDA, integrada por: (i) Región Junín (09 provincias y 123 distritos); (ii) Región Pasco (03 provincias y 29 distritos); y (iii) Región Ucayali (01 provincia y 04 distritos). Dicha delimitación implicó, entre otras cosas, la inclusión de la provincia de Atalaya, departamento de Ucayali, como ámbito o zona geográfica de intervención de la Oficina Zonal La Merced; Que, mediante Memorándums Nºs 1262-2016-DVOPP, 1294-2016-DV-OPP y 000598-2017-DV-OPP la Oficina de Planeamiento y Presupuesto emite su opinión favorable sobre la propuesta de creación de la Oficina de Coordinación Mazamari, informando además que en el Presupuesto del Pliego DEVIDA para el año 2017 se cuenta con los recursos para financiar los costos para la operatividad, implementación y/o funcionamiento de la Oficina propuesta; Que, mediante Memorándums Nºs 763-2016-DVDATE , 001130-2017-DV-DATE y 001361-2017-DVDATE la Dirección de Articulación Territorial, opina

favorablemente sobre la propuesta de creación de la Oficina de Coordinación Mazamari, que estaría adscrita a la Oficina Zonal La Merced; Que, mediante Decreto Supremo Nº 061-2017-PCM publicado el 01 de junio de 2017, se aprobó la "Estrategia Nacional de Lucha contra las Drogas 2017-2021", en el marco de la Política Nacional de Lucha contra las Drogas; Que, la creación e implementación de la Oficina de Coordinación Mazamari, adscrita a la Oficina Zonal La Merced, con sede en el distrito de Mazamari, provincia de Satipo, departamento de Junín, contribuirá a fortalecer la gestión, intervención y presencia institucional de DEVIDA, así como a promover, coordinar, articular y desarrollar acciones estratégicas y operativas en el marco de la Estrategia Nacional de Lucha contra las Drogas; Que, atendiendo a que la Comisión Multisectorial para la Pacificación y Desarrollo Económico Social de los Valles de los Ríos Apurímac, Ene y Mantaro - CODEVRAEM fue adscrita a DEVIDA mediante Decreto Supremo Nº 0612016-PCM, la propuesta de creación de la Oficina de Coordinación Mazamari recomienda que en esta funcione una oficina del CODEVRAEM, con la finalidad de poder continuar con el desarrollo de sus funciones dentro de su ámbito de intervención; Con los visados de la Secretaría General, de la Dirección de Articulación Territorial, de la Dirección de Asuntos Técnicos, de la Oficina General de Administración, de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y de la Oficina de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en el Reglamento de Organización y Funciones de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas ­ DEVIDA, aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2014-PCM; y en la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 093-2016-DV-PE; SE RESUELVE: Artículo 1º.AUTORIZAR la creación e implementación de la Oficina de Coordinación Mazamari adscrita a la Oficina Zonal La Merced para que ejecute proyectos y actividades de apoyo a la gestión institucional, con sede en el distrito de Mazamari, provincia de Satipo, departamento de Junín, cuya organización, funciones y ámbito de intervención se encuentran definidos en la propuesta de creación e implementación de dicha oficina, "Propuesta de Creación de la Oficina de Coordinación Mazamari - Satipo - Junín, DEVIDA 2017", documento que forma parte de la presente Resolución. El ámbito de intervención de la oficina de coordinación es el siguiente: ÁMBITO DE INTERVENCIÓN DE LA OFICINA DE COORDINACIÓN MAZAMARI DEPARTAMENTO PROVINCIA DISTRITOS Satipo Coviriali Llaylla Mazamari Pampa Hermosa Pangoa Río Negro Río Tambo Raymondi Sepahua Tahuanía Yurúa

Junín

Satipo

Ucayali

Atalaya

Artículo 2º.- DISPONER que la Oficina de Coordinación Mazamari, en representación de la Oficina Zonal La Merced y dentro de su ámbito de intervención, cumpla las funciones establecidas en el artículo 9º de la Estructura Orgánica y Funciones de las Áreas que componen las Oficinas Zonales de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas, aprobada mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 093-2016-DV-PE.

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