Norma Legal Oficial del día 10 de noviembre del año 2017 (10/11/2017)


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NORMAS LEGALES

Viernes 10 de noviembre de 2017 /

El Peruano

Visto, el expediente Nº 17-085551-001, que contiene el Oficio Nº 1459-DG-677-OP-2017-HEJCU, emitido por el Director General del Hospital de Emergencias "José Casimiro Ulloa"; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 645-2017/ MINSA, de fecha 4 de agosto de 2017, se aprobó el Cuadro para Asignación de Personal Provisional del Hospital de Emergencias "José Casimiro Ulloa", en el cual el cargo de Jefe/a de Oficina (CAP ­ P Nº 0113) de la Oficina de Estadística e Informática se encuentra calificado como Directivo Superior de Libre Designación; Que, según la Resolución Ministerial Nº 258-2017/ MINSA, de fecha 17 de abril de 2017, se designó, entre otros, al licenciado en estadística Raúl Alberto Ruiz Arias, en el cargo de Jefe de Oficina, Nivel F-3, de la Oficina de Estadística e Informática del Hospital de Emergencias "José Casimiro Ulloa"; Que, con documento de Visto, el Director General del Hospital de Emergencias "José Casimiro Ulloa", informa que el citado servidor ha formulado renuncia a la designación que venía desempeñando, por lo que solicita se acepte la misma y se designe en su reemplazo a la licenciada en estadística Violeta Nery Dávila Peña; Que, a través del Informe Nº 944-2017-EIE-OARH/ MINSA, la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos emite opinión favorable en relación a lo solicitado, señalando que es procedente aceptar la renuncia del licenciado en estadística Raúl Alberto Ruiz Arias, y designar a la profesional propuesta para asegurar el normal funcionamiento del citado Hospital; Con el visado del Director General de la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos, del Director General de la Oficina General de Asesoría Jurídica, del Director General de la Dirección General de Operaciones en Salud; del Secretario General, y del Viceministro de Prestaciones y Aseguramiento en Salud; y, De conformidad con lo previsto en la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo Nº 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado por Decreto Supremo N° 008-2017-SA y modificado por Decreto Supremo N° 011-2017-SA; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aceptar la renuncia del licenciado en estadística Raúl Alberto Ruiz Arias, a la designación efectuada mediante Resolución Ministerial Nº 258-2017/ MINSA, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- Designar a la licenciada en estadística Violeta Nery Dávila Peña, en el cargo de Jefe de Oficina (CAP ­ P Nº 0113) de la Oficina de Estadística e Informática del Hospital de Emergencias "José Casimiro Ulloa" del Ministerio de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese. FERNANDO ANTONIO D'ALESSIO IPINZA Ministro de Salud 1585124-2

Dirección General de Donaciones, Trasplantes y Banco de Sangre y el Informe N° 072-2017-OGPPM-OPEEOP/MINSA, de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; CONSIDERANDO: Que, los numerales I y II del Título Preliminar de la Ley N° 26842, Ley General de Salud, señalan que la salud es condición indispensable del desarrollo humano y medio fundamental para alcanzar el bienestar individual y colectivo; por lo que la protección de la salud es de interés público, siendo responsabilidad del Estado regularla, vigilarla y promoverla; Que, el artículo 9 de la Ley N° 26454, declara de orden público e interés nacional la obtención, donación, conservación, transfusión y suministro de sangre humana establece que: "La donación de sangre humana, es un acto voluntario y gratuito, realizado con fines terapéuticos o de investigación científica. Queda prohibido el lucro con la sangre humana"; Que, el artículo 4 del Decreto Legislativo N° 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud establece que el Sector Salud está conformado por el Ministerio de Salud, como organismo rector, las entidades adscritas a él y aquellas instituciones públicas y privadas de nivel nacional, regional y local, y personas naturales que realizan actividades vinculadas a las competencias establecidas en dicha Ley, y que tienen impacto directo o indirecto en la salud, individual o colectiva; Que, los literales a) y b) del artículo 5 de la acotada Ley han previsto como funciones rectoras del Ministerio de Salud, el formular, planear, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar la política nacional y sectorial de Promoción de la Salud, Prevención de Enfermedades, Recuperación y Rehabilitación en Salud, bajo su competencia, aplicable a todos los niveles de gobierno, así como dictar normas y lineamientos técnicos para la adecuada ejecución y supervisión de las políticas nacionales y sectoriales; Que, el artículo 93 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado por Decreto Supremo N° 008-2017-SA, establece que la Dirección General de Donaciones, Trasplantes y Banco de Sangre es el órgano de línea del Ministerio de Salud, dependiente del Viceministerio de Salud Pública responsable de supervisar la política sectorial en materia de donación y trasplante de órganos, tejidos y células; incluyendo además las actividades vinculadas a la obtención, donación, conservación, almacenamiento, transfusión y suministro de sangre humana, sus componentes y derivados. Se encarga de elaborar, implementar y monitorear las normas, lineamientos, estrategias para el cumplimiento de la política sectorial a su cargo. Desarrolla acciones para promover la donación de sangre, tejidos y órganos en la población. Asume las funciones de la Organización Nacional de Donación y Trasplantes (ONDT) y del Programa Nacional de Hemoterapia y Bancos de Sangre (PRONAHEBAS); Que, en virtud de ello, mediante los documentos del visto, la Dirección General de Donaciones, Trasplantes y Banco de Sangre ha presentado para aprobación el Documento Técnico: Plan Nacional para la Promoción de la Donación Voluntaria de Sangre en el Perú 2017-2021, cuyo objetivo general es promover la cultura de donación voluntaria de sangre en la población general, con criterios de altruismo y sin ánimo de lucro, proveniente principalmente de donantes fidelizados; Estando a lo propuesto por la Dirección General de Donaciones, Trasplantes y Banco de Sangre; Que, mediante Informe N° 530-2017-OGAJ/MINSA, la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Salud ha emitido la opinión legal correspondiente; Con el visado de la Directora General de la Dirección General de Donaciones, Trasplantes y Banco de Sangre, del Director General de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, del Director General de la Oficina General de Asesoría Jurídica, del Viceministro de Salud Pública y del Viceministro de Prestaciones y Aseguramiento en Salud; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1161, Ley de Organización y Funciones del

Aprueban Documento Técnico: Plan Nacional para la Promoción de la Donación Voluntaria de Sangre en el Perú 2017-2021
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 979-2017/MINSA Lima, 9 de noviembre de 2017 Visto, el Expediente N° 17-048515-001, que contiene la Nota Informativa N° 048-2017-DIBAN/DIGDOT/MINSA y el Memorándum N° 135-2017-DIGDOT/MINSA, de la

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