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47 NORMAS LEGALES Miércoles 29 de noviembre de 2017 El Peruano / Arequipa Sociedad Anónima – SEDAPAR.S.A., destinado a fi nanciar la ejecución once (11) acciones de asistencia técnica de fortalecimiento de capacidades para mejorar la gestión operativa y comercial las cuales se sustentan en las correspondientes fi chas técnicas que se detallan en el anexo de la presente resolución. Artículo 2.- Financiamiento La transferencia fi nanciera autorizada en el artículo 1 de la presente Resolución Directoral se atenderá con cargo al presupuesto aprobado en el presente año Fiscal 2017 del Pliego 207: Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento, Categoría Presupuestal 9002: Asignaciones presupuestarias que no resultan en productos, Producto 3.999999: Sin producto, Actividad 5.001777: Transferencia de Recursos para Agua y Saneamiento Urbano, Genérica de Gasto 2.4: Donaciones y Transferencias. Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la transferencia fi nanciera autorizada por el artículo 1 de la presente Resolución deberán ser destinados exclusivamente, bajo responsabilidad a los fi nes para los cuales son transferidos. Artículo 4.- Monitoreo y seguimiento Encargar a la Dirección de Monitoreo del Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento o al Órgano que haga sus veces, supervisar la correcta ejecución de los recursos transferidos y verifi car el cumplimiento de los fi nes y metas para los cuales fueron entregados. Artículo 5.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial El Peruano y en el Portal institucional del OTASS (www.otass.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. EDMER TRUJILLO MORI Director Ejecutivo ANEXO EMPRESA PRESTADORA DE SERVICIOS DE SANEAMIENTO DE AREQUIPA S.A. - SEDAPAR S.A. PROCESO DESCRIPCIÓNCÓDIGO DE FICHAMONTO (S/) EQUIPAMIENTO DE LABORATORIO DE REFERENCIA Y CONTROL AGUAS (SUPERFICIALES Y SUBTERRÁNEAS Y POTABLES) DEL DPTO CONTROL DE CALIDAD Y AFLUENTES DE LA EPS SEDAPAR S.A001 -DCC 1,061,576.78 EQUIPAMIENTO DE LABORATORIO DE REFERENCIA Y CONTROL DE AGUA RESIDUALES EN AREQUIPA DEL DPTO. CONTROL DE CALIDAD Y EFLUENTES DE LA EPS SEDAPAR S.A.002-DCC 344,647.29 ADQUISICIÓN DE EQUIPOS DE CONTROL DE PÉRDIDAS003-GOP 997,741.00 ADQUISICIÓN DE EQUIPO DE TRASVASE DE LÍQUIDOS AUTOPROPULSADO (FLOOD TRUCK)004-GOP 1,729,998.00 RENOVACIÓN DE MEDIDORES Y OPTIMIZACIÓN DE LECTURAS EN ALTO CONSUMIDORES EN AQP METROPOLITANA Y PROVINCIAS EPS SEDAPAR S.A005-GOP 870,372.40GESTIÓN OPERACIONAL SISTEMA DE GESTIÓN AVANZADA DE PRESIONES DE AREQUIPA METROPOLITANA006-GOP 959,635.00 RENOVACIÓN DE SISTEMA DE CONTROL DE NIVEL DE RESERVORIO R2 Y R2A007-GOP 275,438.00 REHABILITACIÓN DE CÁMARA DE BOMBEO CB SIMÓN BOLÍVAR008-GOP 338,026.34PROCESO DESCRIPCIÓNCÓDIGO DE FICHAMONTO (S/) MANTENIMIENTO PREVENTIVO DE REDES DE DESAGÜE MEDIANTE LA ADQUISICIÓN DE MAQUINA DE BALDE009-GOP 439,830.00 GESTIÓN COMERCIALINSTALACIÓN DE TELE LECTURA GRANDES CONSUMIDORES EN AREQUIPA METROPOLITANA010-GSC 5,760,436.00 TRASLADO DE MEDIDORES DE AGUA POTABLE DEL INTERIOR AL EXTERIOR DEL DOMICILIO011-GSC 8,454,720.00 TOTAL 21,232,420.81 1591481-1 Autorizan Transferencia Financiera a favor de SEDA AYACUCHO S.A. RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 070-2017-OTASS/DE Lima, 24 de noviembre de 2017VISTOS El Informe N° 002-2017-OTASS/DM-FL rati fi cado por la Dirección de Monitoreo mediante Memorándum N° 144-2017-OTASS/DM y el Informe N° 110-2017-OTASS/OPP de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto y el Informe Legal N° 302-2017-OTASS-OAJ de la O fi cina de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO Que, de conformidad con el Decreto Legislativo N° 1280, Ley Marco de la Gestión y Prestación de los Servicios de Saneamiento, en adelante Ley Marco, el Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento - OTASS, es el organismo público técnico especializado adscrito al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, con personería jurídica de derecho público interno, con autonomía funcional, económica, fi nanciera y administrativa, con competencia a nivel nacional y constituye pliego presupuestario; el cual desarrolla su competencia en concordancia con la política general, objetivos, planes, programas y lineamientos normativos establecidos por el Ente Rector; Que, el numeral 80.1 del artículo 80 de la Ley Marco, establece que el OTASS - en el marco de su competencia - cuenta con la función de fortalecer las capacidades de las empresas prestadoras públicas de accionariado municipal no incorporadas al Régimen de Apoyo Transitorio - RAT; Que, para el mejor cumplimiento de las funciones, el numeral 80.2 del artículo 80 de la Ley Marco, establece que el OTASS está facultado para fi nanciar, con cargo a su presupuesto, la adquisición de bienes y servicios necesarios para mejorar la gestión operativa, comercial y administrativa de las empresas prestadoras públicas de accionariado municipal; para lo cual el OTASS podrá realizar transferencias a las empresas prestadoras de accionariado municipal; Que, la Ley N° 30624 dispone medidas presupuestarias para el impulso del gasto público en el año fi scal 2017, señalando en su artículo 6 que las transferencias de recursos a que se re fi ere el numeral 80.2 del artículo 80 de la Ley Marco, corresponden a transferencias fi nancieras, las cuales se aprueban mediante resolución del titular del Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento - OTASS, y sujetándose a lo establecido en los numerales 15.2 y 15.3 del artículo 15 de la Ley N° 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, motivo por el cual corresponde al OTASS el monitoreo del cumplimiento de los fi nes y metas de los recursos transferidos y el destino de los mismos, siendo que los recursos públicos transferidos deben ser destinados sólo a los fi nes para los cuales se autoriza la transferencia; Que, para dicha fi nalidad, el numeral 43.2 del artículo 43 de la Ley Marco, establece que el fortalecimiento de