Norma Legal Oficial del día 15 de septiembre del año 2017 (15/09/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 134

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CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES

Viernes 15 de setiembre de 2017 /

El Peruano

Que, conforme a lo establecido en el artículo 194º de la Constitución Política del Perú en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 ­ Ley Orgánica de Municipalidades ­ los gobiernos locales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 10-2017/MDV de 30 de mayo de 2017, se aprobó la Ordenanza que establece incentivos tributarios para los contribuyentes del distrito de Ventanilla; Que, en la Cuarta Disposición Complementaria y Final de la referida Ordenanza, establece las facultades del Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía prorrogue la vigencia y/o dicte las disposiciones modificatorias, complementarias o reglamentarias que resulten necesarias para la adecuada aplicación de la Ordenanza; Que, mediante Decreto de Alcaldía Nº 7-2017/MDVALC de 28 de junio de 2017, se prorrogó la vigencia de la mencionada Ordenanza, así como la fecha establecida para el acogimiento, hasta el 22 de julio del presente año; Que, mediante Decreto de Alcaldía Nº 10-2017/MDVALC de 21 de julio de 2017, se prorrogó la vigencia de la mencionada Ordenanza, así como la fecha establecida para el acogimiento, hasta el 31 de agosto del presente año; Que, mediante Informe Nº 289-2017/MDV-GRMSGAT la Subgerencia de Administración Tributaria propone prorrogar la vigencia de la Ordenanza Municipal Nº 10-2017/MDV, procurando de esta forma brindar mayor oportunidad a los contribuyentes de contar con los incentivos otorgados; PLAZO DE ACOGIMIENTO

Que, el artículo 42º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, señala que los Decretos de Alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del Concejo Municipal; Que luego del análisis de la normativa municipal y tributaria es viable la prórroga del mencionado plazo, toda vez, que el objeto es atender los requerimientos de los vecinos del distrito y darles mayores facilidades promoviendo de esta forma el cumplimiento de sus tributos municipales, conforme lo indicado en el informe del visto; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por el numeral 6 del artículo 20º de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972; DECRETA: Artículo 1º.- PRORROGAR la vigencia de la Ordenanza Municipal Nº 10-2017/MDV establecida en la Primera Disposición Final y Complementaria de dicha norma, hasta el 30 de setiembre de 2017. Artículo 2º.- PRORROGAR el plazo de acogimiento establecido en el primer párrafo del artículo 3º de la Ordenanza Municipal Nº 10-2017/MDV hasta el 30 de setiembre de 2017. Artículo 3º.- PRECISAR los plazos establecidos en el cronograma del numeral 4.1) del artículo 4º Beneficios, de la Ordenanza Municipal Nº 10-2017/MDV, en el siguiente sentido: DESCUENTOS

CONDICIÓN

CONCEPTO

PERIODO DEUDA Años Anteriores 2013 2014 2015

INSOLUTO ---------

INTERESES REAJUSTES 100% 100% 100% 100% 100% 100% 100% 100%

DERECHO COSTAS Y DE EMISIÓN GASTOS 100% 100% 100% 100% 100% 100% 100% 100%

FECHA DE PAGO 30/09/2017 31/10/2017 30/11/2017 22/12/2017

NO ADEUDAR EL IMP. 30/09/2017 PREDIAL 2017 y 2016

IMPUESTO PREDIAL

Artículo 4º.- ENCARGAR a la Gerencia de Rentas Municipales y a las Subgerencias dependientes de dicha Unidad Orgánica, Gerencia de Comunicaciones, Gerencia de Administración, Gerencia de Tecnologías de la Información y Telecomunicaciones, el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto y todas las demás dependencias de la Municipalidad deberán prestar el apoyo y facilidades para su cabal cumplimiento. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. OMAR ALFREDO MARCOS ARTEAGA Alcalde 1564873-3

Prorrogan vigencia de la Ordenanza N° 092017/MDV, que establece incentivos para la regularización de deudas por multas administrativas en cobranza coactiva
DECRETO DE ALCALDÍA Nº 12-2017-MDV/ALC Ventanilla, 4 de setiembre de 2017 EL SEÑOR ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE VENTANILLA VISTO: El Informe Nº 064-2017/MDV-GRM-SGEC de la Subgerencia de Ejecución Coactiva, y;

CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en el artículo 194º de la Constitución Política del Perú en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 ­ Ley Orgánica de Municipalidades ­ los gobiernos locales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 09-2017/MDV de 30 de mayo de 2017, se aprobó la Ordenanza que establece incentivos para la regularización de deudas por multas administrativas en Cobranza Coactiva; Que, en la Cuarta Disposición Complementaria y Final de la referida Ordenanza, establece las facultades del Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía prorrogue la vigencia y/o dicte las disposiciones modificatorias, complementarias o reglamentarias que resulten necesarias para la adecuada aplicación de la Ordenanza;

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