Norma Legal Oficial del día 15 de septiembre del año 2017 (15/09/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 131

El Peruano / Viernes 15 de setiembre de 2017

NORMAS LEGALES
SE DECRETA:

131

MUNICIPALIDAD DE SANTA ROSA
Aprueban el "Programa de Segregación en la Fuente y Recolección Selectiva de Residuos Sólidos Domiciliarios en el Distrito de Santa Rosa para el año 2017"
DECRETO DE ALCALDÍA Nº 007-2017-MDSR Santa Rosa, 11 de julio del 2017 VISTO: El Memorándum Nº 229-2017-GM/MDSR, de la Gerencia Municipal, de fecha 11.07.17, el Informe Legal Nº 075-2017-GAJ/MDSR, de la Gerencia de Asesoría Jurídica, el Informe Nº 0121-2017-GPP/MDSR, de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, de fecha 10.07.17., el Informe Nº 027-2017-SGMAyLP/MDSR, de fecha 05.07.17, de la Subgerencia de Medio Ambiente y Limpieza Publica, sobre "Programa de Segregación en la Fuente y Recolección Selectiva de Residuos Sólidos Domiciliarios en el Distrito de Santa Rosa para el año 2017", y; CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificada por la Ley de Reforma Constitucional Nº 27680, concordante con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, establece que los Gobiernos Locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia, precisando que la última norma de autonomía que la Constitución Política del Perú establece para los municipios radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, actos de administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, mediante la Ley Nº 27972 ­ Ley Orgánica de Municipalidades precisa en su artículo 80º que en materia de saneamiento, salubridad y salud, es función específica y exclusiva de las municipalidades distritales proveer del servicio de limpieza pública determinando las áreas de acumulación de desechos, relleno sanitario y el aprovechamiento industrial de desperdicios. Asimismo el artículo 42º de la Ley Orgánica de Municipalidades establece que los decretos de alcaldía son normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del concejo municipal; Que, el artículo 10º del Decreto Legislativo Nº 1065 que modifica la Ley Nº 27314 ­ Ley General de Residuos Sólidos, establece que el rol de las municipalidades es implementar progresivamente programas de segregación en la fuente y recolección selectiva de residuos sólidos en el ámbito de sus jurisdicción, facilitando su reaprovechamiento y asegurando su disposición final diferenciada y técnicamente adecuada; Que, el Decreto Supremo Nº 394-2016-EF, publicado el 29 de diciembre de 2016 en el Diario Oficial el Peruano, aprobó los procedimientos para el cumplimiento de metas y la asignación de los recursos para el "Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestión y Modernización Municipal para el año 2016". Según dicho texto las Municipalidades de las Ciudades Principales Tipo "B", entre las que se halla la Municipalidad Distrital de Santa Rosa, tiene como una de las metas el "Implementar un programa de segregación en la fuente y recolección de residuos sólidos". Dicha meta que tiene como fecha máxima de cumplimiento el 31 de diciembre del 2017; Estando a lo informado, y en uso de las atribuciones conferidas en el artículo 20º, inciso 6º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, amparado en el artículo 74º de la Ley Procedimientos Administrativos General;

Artículo Primero.- APROBAR el "Programa de Segregación en la Fuente y Recolección Selectiva de Residuos Sólidos Domiciliarios en el Distrito de Santa Rosa para el año 2017"; y el anexo que forma parte del presente. Artículo Segundo.- HACER de Conocimiento de lo dispuesto en el presente Decreto a la Gerencia Municipal, a la Gerencia de Servicios a la Comunidad, para los fines de estricta competencia funcional. Artículo Tercero.- ORDENAR la debida difusión del presente a la Oficina de Imagen Institucional. Disponer que la Gerencia de Informática y Tecnología de la información, proceda publicar el texto íntegro del presente Decreto de Alcaldía, en la página web de la entidad: www. munisantarosa.gob.pe Artículo Cuarto.- HACER de Conocimiento del presente al Ministerio del Ambiente para los fines de su competencia. Regístrese, comuníquese, cúmplase y archívese. CARLOS ARCE ARIAS Alcalde 1565452-1

PROVINCIAS

MUNICIPALIDAD DE LA PERLA
Aprueban Texto Único de Servicios No Exclusivos - TUSNE de la Municipalidad
RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 397-2017-A-MDLP La Perla, 7 de setiembre de 2017 LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA PERLA VISTO: El Informe Nº 065-2017-SGP-GPP/MDLP de la Sub Gerencia de Planeamiento, el Informe Nº 083-2017-GPP/ MDLP de la Gerencia de Planificación y Presupuesto y el Informe Nº 581-2017-GAJ/MDLP de la Gerencia de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificado por la Ley Nº 30305 y el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 ­ Ley Orgánica de Municipalidades, señalan que las Municipalidades son órganos de Gobierno Local que tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, la misma que radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, el último párrafo del artículo 37º de la Ley Nº 27444 ­ Ley de Procedimiento Administrativo General, establece que para aquellos servicios que no sean prestados en exclusividad, las entidades a través de Resolución del Titular del Pliego establecerán los requisitos y costos correspondientes a los mismos, los cuales deberán ser debidamente difundidos para que sean de público conocimiento; Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 5542016-A-MDLP, de fecha 30 de Diciembre del 2016, se aprobó el Texto Único de Servicios No Exclusivos - TUSNE de la Municipalidad Distrital de La Perla, conformado por ocho (08) procedimientos;

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