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117 NORMAS LEGALES Jueves 30 de agosto de 2018 El Peruano / Las transferencias de recursos que se efectúen en el marco del presente literal sólo se autorizan hasta el segundo trimestre del año 2018, debiéndose emitir el Acuerdo de Consejo Regional o Concejo Municipal, según corresponda, dentro del plazo antes mencionado; Que, complementariamente a lo referido párrafo precedente, el numeral 15.2 de la disposición antes indicada precisa: “Las transferencias fi nancieras autorizadas en el numeral precedente se realizan, en el caso de las entidades del Gobierno Nacional, mediante resolución del titular del pliego, y en el caso de los gobiernos regionales y gobiernos locales, mediante acuerdo del Consejo Regional o Concejo Municipal, respectivamente, requiriéndose en ambos casos, el informe previo el informe favorable de la O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en la entidad. La Resolución del titular del pliego y el acuerdo Consejo Regional se publican en el Diario O fi cial El Peruano, y el Acuerdo del Concejo Municipal se publica en su página web”; Que, el artículo 75º de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, establece que las transferencias fi nancieras entre pliegos presupuestarios, son traspasos de fondos públicos de contraprestación, para la ejecución de actividades y proyectos de inversión pública incorporados a los presupuestos institucionales respectivos de los pliegos del destino; Que, de conformidad a lo establecido en el segundo párrafo del numeral 75.2 del artículo 75º de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, en el que señala que en caso de los Gobiernos Regionales las transferencias fi nancieras a otros pliegos presupuestarios, se aprueban mediante acuerdo de Consejo Regional, previo informe favorable de la O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en la entidad; lo cual implica, la suscripción de los respectivos Convenios de Financiamiento por el Gobierno Regional y los Pliegos Presupuestales involucrados, debiendo establecer los montos de co fi nanciamiento de ambas partes, de ser el caso; para el proceso de ejecución de las actividades o proyectos de inversión pública materia del convenio; Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 0172-2017-MDC/Q de fecha 01 de setiembre de 2017, la Municipalidad Distrital de Camanti aprueba el Expediente Técnico reformulado, denominado “Ampliación y Mejoramiento del Servicio de Limpieza Pública en la Zona Urbana del Distrito de Camanti, Provincia de Quispicanchi, Región Cusco” por un monto de S/. 1’534,139.11 ( Un Millón Quinientos Treinta y Cuatro Mil Ciento Treinta y Nueve con 11/100 Soles) con un plazo de ejecución de 12 meses. Habiendo el Concejo Municipal mediante Acuerdo de Concejo Municipal Nº 07-2018-MDC/Q autorizado al titular del pliego la suscripción de Convenio de Cooperación Interinstitucional con el Gobierno Regional del Cusco para la ejecución del proyecto materia del presente signado con Código uni fi cado 2301466 en el marco del objetivo del programa – PROG-48-2010-SNIP proyecto “Mejorar los Impactos Sociales y Ambientales Indirectos en el ámbito de In fl uencia del Corredor Vial Inter-Oceánico Sur CVIS en sus Tramos 2,3 y 4”; Que, el numeral 12) del Artículo 17º del Reglamento Interno de Organización y Funciones del Consejo Regional de Cusco aprobado con Ordenanza Regional Nº 119-2016-CR/GRC.CUSCO, establece que son atribuciones del Consejo Regional, entre otras: “12. Autorizar las transferencias fi nancieras que hiciere el Gobierno Regional a otros Pliegos Presupuestales, (…)”. Que, mediante Nº 206-2018-GR-GRPPAT-SGPL, de fecha 30 de mayo del 2018, la Sub Gerencia de Programación de Inversiones, señala que existe disponibilidad presupuestal de saldo de balance del año 2017, del monto de S/. 589,137.48 (QUINIENTOS OCHENTA Y NUEVE MIL CIENTO TREINTA Y SIETE CON 48/100 SOLES), para atender la suscripción del convenio que permita la ejecución del Proyecto de Inversión “Ampliación y Mejoramiento del Servicio de Limpieza Pública en la Zona Urbana del Distrito de Camanti, Provincia de Quispicanchi, Región Cusco”, con Código Uni fi cado Nº 2301466; Que, estando al Informe Nº 221-2018-GR CUSCO/ ORAJ, de fecha 13 de Junio del 2018, la Directora Regional de la O fi cina de Asesoría Jurídica del Gobierno Regional del Cusco, concluye y se pronuncia por la procedencia de la suscripción de Convenio de Cooperación Interinstitucional entre el Gobierno Regional del Cusco y la Municipalidad Distrital de Camanti, para la ejecución del Proyecto de Inversión “Ampliación y Mejoramiento del Servicio de Limpieza Pública en la Zona Urbana del Distrito de Camanti, Provincia de Quispicanchi, Región Cusco”, con código uni fi cado 2301466; Que, mediante O fi cio Nº 298-2018-GR CUSCO/GR de fecha 15 de Junio del año en curso, suscrito por el Gobernador Regional del Gobierno Regional del Cusco, propone al Consejo Regional la aprobación del Acuerdo Regional que le autorice, la suscripción del “Convenio de Cooperación Interinstitucional entre el Gobierno Regional del Cusco y Municipalidad Distrital de Camanti, para la ejecución del Proyecto de Inversión “Ampliación y Mejoramiento del Servicio de Limpieza Pública en la Zona Urbana del Distrito de Camanti, Provincia de Quispicanchi, Región Cusco”, con Código Uni fi cado 2301466, por el importe de S/. 589,137.48 (QUINIENTOS OCHENTA Y NUEVE MIL CIENTO TREINTA Y SIETE CON 48/100 SOLES) Que, mediante O fi cio Nº 054-2018-GRC-CR- P-COPPATA, de fecha 25 de junio de 2018, la Comisión Ordinaria de Plani fi cación, Presupuesto, Acondicionamiento Territorial y Administración del Consejo Regional, alcanza el dictamen Nº 015-2018-GRCUSCO-CR-P/COP PATA, aprobado por mayoría sobre la propuesta de acuerdo de Consejo Regional que aprueba autorizar, Gobernador Regional del Cusco la suscripción del Convenio de Cooperación Interinstitucional entre el Gobierno Regional del Cusco y Municipalidad Distrital de Camanti, para la transferencia de recursos fi nancieros a la Municipalidad Distrital de Camanti para la ejecución del Proyecto de Inversión “Ampliación y Mejoramiento del Servicio de Limpieza Pública en la Zona Urbana del Distrito de Camanti, Provincia de Quispicanchi, Región Cusco”, con Código Uni fi cado 2301466, por el importe de S/. 589,137.48 (QUINIENTOS OCHENTA Y NUEVE MIL CIENTO TREINTA Y SIETE CON 48/100 SOLES) Estando a lo expuesto y las atribuciones conferidas por la Constitución Política del Estado, la Ley de Bases de la Descentralización - Ley Nº 27783, la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales - Ley Nº 27867 y sus modi fi catorias, y por el Reglamento Interno de Organización y Funciones del Consejo Regional del Cusco; con la dispensa del trámite de lectura de acta; por unanimidad se; ACUERDA:Artículo Primero.- AUTORIZAR, al Gobernador Regional del Cusco la suscripción del Convenio de Cooperación Interinstitucional entre el Gobierno Regional del Cusco y Municipalidad Distrital de Camanti, para la transferencia de recursos fi nancieros a la Municipalidad Distrital de Camanti para la ejecución del Proyecto de Inversión “Ampliación y Mejoramiento del Servicio de Limpieza Pública en la Zona Urbana del Distrito de Camanti, Provincia de Quispicanchi, Región Cusco”, con Código Uni fi cado 2301466, por el importe de S/. 589,137.48 (QUINIENTOS OCHENTA Y NUEVE MIL CIENTO TREINTA Y SIETE CON 48/100 SOLES) Artículo Segundo.- EXHORTAR al Ejecutivo del Gobierno Regional del Cusco, canalice los procedimientos orientados a la suscripción del Convenio y Trasferencia de Presupuestos dentro del marco normativo que los regulen, bajo responsabilidad. Artículo Tercero.- DISPONGASE la publicación del presente acuerdo de consejo regional su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. Artículo Cuarto.- El presente Acuerdo de Consejo Regional, entrará en vigencia al día siguiente de su aprobación y publicación en el Diario O fi cial El Peruano y la página web del Gobierno Regional del Cusco. Regístrese, publíquese y cúmplase.ROGER A. CAPATINTA MAMANI Vicepresidente Consejo RegionalConsejo Regional JORGE ARANYA MAYTA Secretario del Consejo RegionalConsejo Regional 1684062-3