Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE AGOSTO DEL AÑO 2018 (30/08/2018)

CANTIDAD DE PAGINAS: 136

TEXTO PAGINA: 114

114 NORMAS LEGALES Jueves 30 de agosto de 2018 / El Peruano Comisión Ordinaria de Plani fi cación, Presupuesto, Acondicionamiento Territorial y Administración del Consejo Regional, O fi cio Nº 0232-2018-MDK/GM del Alcalde de la Municipalidad Distrital de kimbiri, de la provincia de La Convención, informe Nº 245-2018-GR-GRPPAT-SGPL de la Sub Gerencia de Planeamiento, O fi cio Nº 368-2018-GR CUSCO/GRPPAT, del Gerente Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial e Informe Nº 158-2018-GR CUSCO/ORAJ, de la Directora Regional de Asesoría Jurídica, por la que, se ha debatido y aprobado emitir el presente Acuerdo del Consejo Regional, sobre autorización al ejecutivo regional del Gobierno Regional de Cusco, la suscripción de Convenio de Cooperación Interinstitucional, y; CONSIDERANDO:Que, el Artículo 191º de la Constitución Política del Estado, modi fi cada por la Ley de la Reforma Constitucional sobre Descentralización aprobada mediante Ley Nº 30305 , concordante con el Artículo 31º de la Ley de Bases de la Descentralización - Ley Nº 27783, señala que: “Los Gobiernos Regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. (...)”; Que, estando a los literales b) y e) del Artículo 9º, de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales – Ley Nº 27867, el cual, precisa como competencias constitucionales de los Gobiernos Regionales: “Formular y aprobar el plan de desarrollo regional concentrado con las municipalidades y la sociedad civil”, “Promover el desarrollo socioeconómico regional y ejecutar los planes y programas correspondientes (…)”. Tanto más, el artículo 13º de dicha Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, señala; el Consejo Regional “Es el órgano normativo y fi scalizador del gobierno regional le corresponde las funciones y atribuciones que se establecen en la presente Ley y aquellas que le sean delegadas. (…)”; Que, el Artículo 39º de la precitada Ley Orgánica de Gobiernos Regionales establece “Los Acuerdos de Consejo Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional o declara su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional. (…)”; Que, el inciso e) del numeral 15.1 del artículo 15º de la Ley Nº 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, respecto a las transferencias fi nancieras permitidas durante el Año Fiscal 2018 autoriza de manera excepcional, las transferencias necesarias para el fi nanciamiento y co fi nanciamiento de los proyectos de inversión pública y el mantenimiento de carreteras y de infraestructura de saneamiento entre lo niveles de gobierno subnacional y de estos al Gobierno Nacional, previa suscripción del convenio respectivo. Las transferencias de recursos que se efectúen en el marco del presente literal sólo se autorizan hasta el segundo trimestre del año 217, debiéndose emitir el Acuerdo de Consejo Regional o Concejo Municipal, según corresponda, dentro del plazo antes mencionado; Que, complementariamente a lo referido párrafo precedente, el numeral 15.2 de la disposición antes indicada precisa: “Las transferencias fi nancieras autorizadas en el numeral precedente se realizan, en el caso de las entidades del Gobierno Nacional, mediante resolución del titular del pliego, y en el caso de los gobiernos regionales y gobiernos locales, mediante acuerdo del Consejo Regional o Concejo Municipal, respectivamente, requiriéndose en ambos casos, el informe previo el informe favorable de la O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en la entidad. La Resolución del titular del pliego y el acuerdo Consejo Regional se publican en el Diario O fi cial “El Peruano”, y el Acuerdo del Concejo Municipal se publica en su página web”; Que, el artículo 75º de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, establece que las transferencias fi nancieras entre pliegos presupuestarios, son traspasos de fondos públicos de contraprestación, para la ejecución de actividades y proyectos de inversión pública incorporados a los presupuestos institucionales respectivos de los pliegos del destino;Que, de conformidad a lo establecido en el segundo párrafo del numeral 75.2 del artículo 75º de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, en el que señala que en caso de los Gobiernos Regionales las transferencias fi nancieras a otros pliegos presupuestarios, se aprueban mediante acuerdo de Consejo Regional, previo informe favorable de la O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en la entidad; lo cual implica, la suscripción de los respectivos Convenios de Financiamiento por el Gobierno Regional y los Pliegos Presupuestales involucrados, debiendo establecer los montos de co fi nanciamiento de ambas partes, de ser el caso; para el proceso de ejecución de las actividades o proyectos de inversión pública materia del convenio; Que, mediante Acuerdo de Consejo Regional Nº 133-2015-CR/GRC.CUSCO, de fecha 13 de octubre de 2015, se dispone declarar de interés público y necesidad Regional la ejecución del Proyecto “Mejoramiento de los Servicios de Educación Secundaria en la Institución Educativa Mixta Intercultura Bilingüe Asháninca y Machiguenga en la Comunidad Nativa de Sampatuari del Centro Poblado de Kimbiri cercado del distrito de Kimbiri – La Convención – Cusco”, Expediente Técnico que ha sido aprobado mediante Resolución de Gerencia Municipal Nº 0495-2016-MDK/GM, la Municipalidad Distrital de Kimbiri , con un presupuesto de S/. 4’391,028.11 (CUATRO MILLONES TRESCIENTOS NOVENTA Y UN MIL VEINTIOCHO Y 11/100 SOLES). Que, el numeral 12) del Artículo 17º del Reglamento Interno de Organización y Funciones del Consejo Regional de Cusco aprobado con Ordenanza Regional Nº 119-2016-CR/GRC.CUSCO, establece, “ Autorizar las transferencias fi nancieras que hiciere el Gobierno Regional a otros Pliegos Presupuestales, (…)”. Que, mediante O fi cio Nº 209-2018-GR CUSCO/GR de fecha 23 de Abril del año en curso, suscrito por el Gobernador Regional del Gobierno Regional del Cusco, propone al Consejo Regional la aprobación del Acuerdo Regional que le autorice, la suscripción del “Convenio de Cooperación Interinstitucional entre el Gobierno Regional del Cusco y Municipalidad Distrital de Kimbiri”, para el fi nanciamiento y ejecución de la Obra “Mejoramiento de los Servicios de Educación Secundaria en la Institución Educativa Mixta Intercultural Bilingüe Asháninca y Machiguenga en la Comunidad Nativa de Sampantuari del Centro Poblado de Kimbiri, La Convención, Cusco”, con código de Inversión INVIERTE PE Nº 2245213 y la transferencia presupuestal de S/. 4’000,000.00 (CUATRO MILLONES Y 00/100 SOLES). Que, estando al Informe Nº 158-2018-GR CUSCO/ ORAJ, de fecha 24 de Abril del 2018 suscrito por la Directora Regional de la O fi cina de Asesoría Jurídica del Gobierno Regional del Cusco, quien concluye y se pronuncia por la procedencia de la suscripción de Convenio Interinstitucional entre el Gobierno Regional del cusco y la Municipalidad Distrital de Kimbiri. Que, en el mismo sentido al Informe precedente, la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, por mediante; O fi cio Nº 368-2018-GR CUSCO /GRPPAT de fecha 10 de Mayo del 2018, concluye precisando que se autorice la trasferencia de recursos mediante Acuerdo del Consejo Regional y la transferencia del Gobierno Regional será otorgada de acuerdo a la disponibilidad presupuestal. Estando a lo expuesto y las atribuciones conferidas por la Constitución Política del Estado, la Ley de Bases de la Descentralización - Ley Nº 27783, la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales - Ley Nº 27867 y sus modi fi catorias, y por el Reglamento Interno de Organización y Funciones del Consejo Regional del Cusco; con la dispensa del trámite de lectura de acta; por unanimidad se; ACUERDA:Artículo Primero.- AUTORIZAR, al Gobernador Regional del Cusco la suscripción del “Convenio de Cooperación Interinstitucional entre el Gobierno Regional del Cusco y Municipalidad Distrital de Kimbiri para la ejecución del Proyecto de Inversión Pública “ “Mejoramiento de los Servicios de Educación Secundaria en la Institución Educativa Mixta Intercultural Bilingüe