Norma Legal Oficial del día 01 de diciembre del año 2018 (01/12/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 135

El Peruano / Sábado 1 de diciembre de 2018

NORMAS LEGALES

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Comuníquese al señor Gobernador del Gobierno Regional del Cusco para su Promulgación. Dado en la ciudad del Cusco, a los quince días del mes de junio del año dos mil dieciocho. JAIME ERNESTO GAMARRA ZAMBRANO. Presidente del Consejo Regional del Gobierno Regional del Cusco. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. Dado en la Sede Central del Gobierno Regional del Cusco, a los 20 días del mes de noviembre del año dos mil dieciocho. EDWIN LICONA LICONA Gobernador Regional del Gobierno Regional del Cusco 1718062-1

GOBIERNOS LOCALES

MUNICIPALIDAD DE BARRANCO
Prorrogan la vigencia de la Ordenanza que establece el Beneficio de Regularización de Declaración Jurada y Amnistía de Deudas Tributarias y No Tributarias
DECRETO DE ALCALDÍA Nº 009-2018-MDB Barranco, 28 de noviembre de 2018 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BARRANCO VISTOS: El Informe Nº 094-2018-GAT-MDB, de fecha 23 de noviembre de 2018, emitido por la Gerencia de Administración Tributaria; El Informe Nº 531-2018-GAJMDB, de fecha 27 de noviembre de 2018, emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica; y el Proveído Nº 775-2018-MDB-GM, de fecha 27 de noviembre de 2018, emitido por la Gerencia Municipal, respecto a la prórroga del Beneficio por Regularización de Declaración Jurada y Amnistía de Deudas Tributarias y No Tributarias en el distrito de Barranco; CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, concordante con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; y, dicha autonomía, radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración; Que, el Artículo 42º de la Ley Nº 27972, señala que: "Los Decretos de Alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del Concejo Municipal."; y, el segundo párrafo del Artículo 39º de la norma mencionada, establece que el Alcalde ejerce las funciones ejecutivas de gobierno mediante Decretos de Alcaldía; Que, mediante la Ordenanza Nº 505-MDB, publicada el 21 de octubre de 2018 en el diario oficial El Peruano, se aprobó el Beneficio de Regularización de Declaración Juradas y Amnistía de Deudas Tributarias y No Tributarias en el distrito de Barranco, con un plazo de vigencia hasta

el 10 de noviembre de 2018; y, mediante Decreto de Alcaldía Nº 008-2018-MDB, se prorrogó la vigencia de dicha Ordenanza hasta el 30 de noviembre de 2018; Que, la Cuarta Disposición Final y Transitoria de la Ordenanza Nº 505-MDB dispone, de manera expresa: "Facúltese al señor Alcalde para que por Decreto de Alcaldía dicte las medidas complementarias que sean necesarias para el debido cumplimiento de la presente norma, así como para suspender y/o prorrogar la vigencia de la misma"; Que, en atención a la respuesta favorable que viene teniendo el Beneficio de Regularización de Deudas Tributarias y No Tributarias en el distrito de Barranco, es necesario prorrogar su vigencia, a fin de permitir que un mayor número de contribuyentes pueda acogerse a la misma; Que, el presente Decreto se encuentra dentro de los supuestos de exoneración de publicación establecidos en el Decreto Supremo Nº 01-2009-JUS, que aprueba el "Reglamento que Establece Disposiciones relativas a la Publicidad, Publicación de Proyectos Normativos y Difusión de Normas Legales de Carácter General"; por cuanto no involucra la creación de tributos u obligaciones para los contribuyentes, ni recorte alguno de los derechos y/o beneficios ya existentes; sino por el contrario constituye un beneficio a favor de los vecinos; Estando a lo expuesto y ejerciendo las Facultades conferidas por los Artículos 20º, numeral 6), y 43º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; y, con la visación de la Gerencia de Administración Tributaria, Gerencia de Asesoría Jurídica y Gerencia Municipal; DECRETA: Artículo Primero.- PRORROGAR la vigencia de la Ordenanza Nº 505-MDB, la misma que Establece el Beneficio de Regularización de Declaración Jurada y Amnistía de Deudas Tributarias y No Tributarias en el distrito de Barranco, hasta el 21 de diciembre de 2018. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Secretaría General, la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el Diario Oficial El Peruano y, al Área de Sistemas y Tecnologías de la Información la publicación del mismo en el Portal Institucional de la Municipalidad de Barranco. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, a la Gerencia de Administración Tributaria y al Área de Sistemas y Tecnologías de la Información, el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto de Alcaldía y, al Área de Comunicaciones e Imagen Institucional, la difusión de sus alcances ante los vecinos del distrito de Barranco. POR TANTO: Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. FELIPE ANTONIO MEZARINA TONG Alcalde 1718807-1

MUNICIPALIDAD DE BREÑA
Prorrogan vigencia de la Ordenanza N° 5112018-MDB que aprueba la "Gran Amnistía Tributaria" en el distrito
DECRETO DE ALCALDÍA Nº 008-2018-MDB Breña, 28 de noviembre de 2018 EL ALCALDE DEL DISTRITO DE BREÑA VISTO: El Informe Nº 076-2018-GR/MDB de la Gerencia de Rentas, sobre prórroga de vigencia de Ordenanza; y,

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