Norma Legal Oficial del día 01 de diciembre del año 2018 (01/12/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 131

El Peruano / Sábado 1 de diciembre de 2018

NORMAS LEGALES

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de concesiones mineras para Pequeña Minería y Minería Artesanal de alcance Regional. De conformidad con la atribución establecida en el inciso h) del artículo 59 de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, aprobada por la Ley Nº 27867, y asumiendo competencia la Dirección Regional de Energía y Minas de Ayacucho; SE RESUELVE: Artículo 1º.- PUBLÍQUESE en Normas Legales del Diario Oficial "El Peruano" las concesiones mineras cuyos títulos fueron aprobados en el mes de Julio del 2018 al mes de Octubre del 2018, de acuerdo a la relación adjunta, que es parte integrante de la presente Resolución, en concordancia con los artículos 124º del Decreto Supremo Nº 014-92-EM y artículo 24º del Decreto Supremo Nº 018-92-EM. Regístrese, comuníquese y archívese. EDITH HUAMAN MITMA Directora Dirección Regional de Energía y Minas RELACIÓN DE LAS 11 CONCESIONES OTORGADAS AL AMPARO DEL DECRETO LEGISLATIVO Nº708 NOMENCLATURA A) NOMBRE DE LA CONCESION; B) CODIGO; C) NOMBRE DEL TITULAR; D) NUMERO Y FECHA DE LA RESOLUCION JEFATURAL; E) ZONA; F) COORDENADAS UTM DE LOS VERTICES EXPRESADOS EN KILOMETROS AYACUCHO 1.- A) CHACOLLA B) 550000216 C) SUMAQ RUMI S.A. D) 134-2018-GRA/GG-GRDE-DREM 10/10/2018 E) 18 F) V1:N8494 E578 V2:N8493 E578 V3:N8493 E577 V4:N8494 E577 2.- A) VACA PACANA B) 550000317 C) BAUTISTA PRADO PEDRO CONSTANTINO D) 085-2018GRA/GG-GRDE-DREM 30/07/2018 E) 18 F) V1:N8527 E602 V2:N8525 E602 V3:N8525 E600 V4:N8527 E600 3.A) CHUCUHUALI B) 550000417 C) CIA MINERA OSORO S.A.C. D) 086-2018-GRA/GG-GRDE-DREM 30/07/2018 E) 18 F) V1:N8528 E599 V2:N8525 E599 V3:N8525 E597 V4:N8526 E597 V5:N8526 E598 V6:N8528 E598 4.- A) APU MISTI HUAQACHI B) 550000517 C) BUITRON VELASQUE FAVIO D) 084-2018-GRA/GG-GRDE-DREM 30/07/2018 E) 18 F) V1:N8519 E683 V2:N8519 E684 V3:N8518 E684 V4:N8518 E683 5.- A) APU PUCA BARRANCO B) 550000617 C) BUITRON VELASQUE FAVIO D) 087-2018GRA/GG-GRDE-DREM 30/07/2018 E) 18 F) V1:N8522 E683 V2:N8522 E684 V3:N8521 E684 V4:N8521 E683 6.- A) FORJADORES B) 550000718 C) COPPERMINING PERU SAC D) 126-2018-GRA/GG-GRDE-DREM 02/10/2018 E) 18 F) V1:N8579 E615 V2:N8576 E615 V3:N8576 E614 V4:N8579 E614 7.- A) SAN CRISTOBAL DE SENJANYASCCA B) 550000817 C) S.M.R.L. SAN CRISTOBAL DE SENJANYASCCA D) 127-2018-GRA/ GG-GRDE-DREM 02/10/2018 E) 18 F) V1:N8592 E597 V2:N8591 E597 V3:N8591 E596 V4:N8592 E596 8.- A) CHAVI 2016 B) 550001616 C) CHABIGURI LAGOS ALICIA D) 116-2018-GRA/GG-GRDE-DREM 14/09/2018 E) 18 F) V1:N8560 E636 V2:N8559 E636 V3:N8559 E638 V4:N8558 E638 V5:N8558 E639 V6:N8557 E639 V7:N8557 E635 V8:N8560 E635 9.- A) JESUS NOHEMY SEIS B) 550001916 C) CCENTA TUPIA ALBINO D) 115-2018-GRA/ GG-GRDE-DREM 14/09/2018 E) 18 F) V1:N8566 E610 V2:N8566 E611 V3:N8565 E611 V4:N8565 E610 10.- A) JPF 2016 B) 550002016 C) PALOMINO FLORES JORGE FELIX D) 139-2018-GRA/GG-RDE-DREM 10/10/2018 E) 18 F) V1:N8550 E668 V2:N8549 E668 V3:N8549 E667 V4:N8550 E667 11.- A) VICTOR MARIO B) 550002416 C) GUEVARA FERNANDEZ JUAN AMADEO D) 117-2018GRA/GG-GRDE-DREM 14/09/2018 E) 18 F) V1:N8467 E629 V2:N8466 E629 V3:N8466 E627 V4:N8467 E627 WILFREDO OSCORIMA NUÑEZ Gobernador 1718152-1

GOBIERNO REGIONAL DEL CUSCO
Aprueban Reglamento de Organización y Funciones reformulado de la Dirección Regional de Producción y su Organigrama Estructural
ORDENANZA REGIONAL Nº 072-2014-CR/GRC.CUSCO POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional Cusco, en la décima sesión ordinaria de fecha veintidós de septiembre del año dos mil catorce, ha debatido y aprobado el Dictamen de la Comisión Ordinaria de Planificación, Presupuesto y Administración del Consejo Regional que propone la aprobación del Reglamento de Organización y Funciones ­ ROF de la Dirección Regional de Producción; y, CONSIDERANDO: Que, el Artículo 191º de la Constitución Política del Perú, modificada por la Ley Nº 27680 ­ Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV, del Título IV sobre Descentralización y Ley Nº 28607, establece que los Gobiernos Regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; y en su artículo 192º inciso 1), dispone que los Gobiernos Regionales son competentes para aprobar su organización interna y su presupuesto; Que, el Artículo 6º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales ­ Ley Nº 27867, señala que "El desarrollo regional comprende la aplicación coherente y eficaz de las políticas e instrumentos de desarrollo económico social, poblacional, cultural y ambiental, a través de planes, programas y proyectos orientados a generar condiciones que permitan el crecimiento económico armonizado con la dinámica demográfica, el desarrollo social equitativo y la conservación de los recursos naturales y el ambiente en el territorio regional, orientado hacia el ejercicio pleno de los derechos de hombres y mujeres e igualdad de oportunidades"; Que, el inciso a), del Artículo 15º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales ­ Ley Nº 27867, señala que son atribuciones del Consejo Regional, entre otras: "a. Aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional. (...)"; Que, mediante Decreto Supremo Nº 043-2006PCM, de fecha 26 de julio del 2006, se aprobaran los lineamientos para la elaboración y aprobación del Reglamento de Organización y Funciones ­ ROF de las Entidades de la Administración Pública, en su artículo 2º señala las pautas para la aprobación de un ROF, acorde con los criterios de diseño y estructura y estructura de la administración pública que establece la Ley Nº 27658 Ley Marco de la Modernización de la Gestión del Estado, con el objetivo de priorizar y optimizar el uso de los recursos públicos e identificar las responsabilidades específicas de las entidades públicas y sus unidades orgánicas, asignadas por el ordenamiento jurídico aplicable en cada caso; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 175-2006-PRODUCE, se declara concluido el proceso de transferencias de funciones en materia de pesquería e industria; asimismo mediante Artículo 3º de la Ley Nº 29271, se dispone la transferencia al Ministerio de la Producción las competencias y funciones sobre micro y pequeña empresa, previstas en la Ley Nº 27711, Ley del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; y en el artículo 6 de la Ley Nº 28015, Ley de Promoción y Formalición de la Micro y Pequeña Empresa; Que, mediante Resolución Ejecutiva Regional Nº 6302004-GR CUSCO/PR, de fecha 04 de octubre de 2004 se aprueba el Reglamento de Organización y Funciones ­ ROF de la Dirección Regional de Producción, vigente a

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