Norma Legal Oficial del día 05 de enero del año 2018 (05/01/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 49

El Peruano / Viernes 5 de enero de 2018

NORMAS LEGALES

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Huamani Licas, Mag. Marco Antonio Mendoza Melgar y la Alumna Pardo Pardo Elizabeth Miriam; propuestas que serán elevadas ante la Asamblea Universitaria; Que, en Asamblea Universitaria de Sesión Extraordinaria del 29 de Diciembre de 2017, entre sus miembros debaten la modificatoria del Estatuto Universitario de la Universidad Nacional "San Luis Gonzaga" de Ica, la misma que se desarrolla de manera ordenada, cuyo objetivo es cumplir estrictamente con lo establecido en la Ley Universitaria Nº 30220 y Ley Nº 30697, Ley que modifica la Ley 30220, analizadas las propuestas por sus miembros son aprobadas y aceptadas por la mayoría absoluta de sus integrantes; Estando al acuerdo de la Asamblea Universitaria en Sesión Extraordinaria del 29 de Diciembre de 2017 y en uso de las atribuciones conferidas al Señor Rector de la Universidad Nacional "San Luis Gonzaga" de Ica, por el artículo 62º de la Ley Universitaria Nº: 30220 y artículo 213º del Estatuto Universitario. SE RESUELVE: Artículo 1º.- MODIFICAR el Estatuto de la Universidad Nacional "San Luis Gonzaga" de Ica, promulgado mediante Resolución Rectoral Nº 1398-R-UNICA-2015 del 25 de Agosto del 2015, el mismo que constaba de diecisiete (17) Títulos, Cuatrocientos once (411) Artículos y 13 Disposiciones Complementarias Transitorias y Finales por el ESTATUTO UNIVERSITARIO modificado por la Asamblea Universitaria de fecha 29 de Diciembre de 2017, que consta de Diecisiete (17) Títulos, Cuatrocientos (400) Artículos y 12 Disposiciones Complementarias Transitorias y Finales; y que en anexo forma parte de la presente Resolución. Artículo 2º.- DEROGAR los artículos 59º, 100º, 103º, 104º, 113º, 129º, 163º, 217º y 273º del Estatuto Universitario que se ha modificado. Artículo 3º.- DISPONER la publicación de la presente Resolución modificatoria en el Diario Oficial El Peruano y Portal de Transparencia de la UNICA. Artículo 4º.- COMUNICAR la presente Resolución a SUNEDU, Comisión de Educación del Congreso de la República y todas las dependencias de la Universidad para su conocimiento y cumplimiento. Regístrese, comuníquese y cúmplase. ANSELMO MAGALLANES CARRILLO Rector 1603330-1

Que, de conformidad a la Ley Nº 28626, se faculta a las universidades públicas y privadas expedir duplicados de grados y títulos profesionales, por motivos de pérdida, deterioro o mutilación, siempre que se cumpla las formalidades y requisitos de seguridad previstos por cada universidad; Que, con Resoluciones Nº 1503-2011-ANR y 12562013-ANR, la Asamblea Nacional de Rectores, reglamenta la expedición de Duplicados de Diplomas de Grados Académico y Títulos Profesionales en cumplimiento a la Ley Nº 28626; Que, de conformidad a la Ley 30220, y al Art. 14 del Reglamento del Registro Nacional de Grados y Títulos de la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria ­ SUNEDU, en la cual se anula la inscripción primigenia, y autoriza la inscripción del duplicado de diploma; Que, mediante la Resolución Nº 3205-CU-2014 del 10.09.2014, la Universidad Nacional del Centro del Perú, aprueba la "Directiva Nº 001-2014-SG para otorgar Duplicado de Diplomas de Grados Académicos y Títulos Profesionales por pérdida, deterioro o mutilación, expedidos por la Universidad"; Que, don Manuel Zacarías López De la Cruz, solicita Duplicado de Diploma de Título Profesional, por deterioro, el mismo que fue expedido el 19.03.2003, Diploma Nº 6939, Fojas 296 del Tomo 025-T, para el efecto, adjunta los documentos consignados en el ítem VI de la Directiva Nº 001-2014-SG; y De conformidad al acuerdo de Consejo Universitario de fecha 06 de diciembre del 2017. RESUELVE: 1º ANULAR el Diploma del Título de Licenciado en Pedagogía y Humanidades, Esp. Educación Física, de fecha 19.03.2003, por motivo de deterioro. 2º OTORGAR EL DUPLICADO DE DIPLOMA DE TÍTULO PROFESIONAL DE LICENCIADO EN PEDAGOGIA Y HUMANIDADES, ESP: EDUCACIÓN FÍSICA, a don Manuel Zacarías LÓPEZ DE LA CRUZ, de acuerdo al siguiente detalle, Diploma Nº 6939, jFojas 296 del Tomo 025-T. 3º DAR CUENTA de la presente Resolución a la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria. 4º ENCARGAR el cumplimiento de la presente Resolución a Secretaria General y Facultad de Educación. Regístrese y comuníquese. MOISÉS RONALD VÁSQUEZ CAICEDO AYRAS Rector HUGO RÓSULO LOZANO NÚÑEZ Secretario General 1602733-1

Otorgan duplicado de Diploma de Título Profesional de Licenciado en Pedagogía y Humanidades de la Universidad Nacional del Centro del Perú
UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CENTRO DEL PERU RESOLUCIÓN Nº 3064-CU-2017 Huancayo, 6 de diciembre 2017. EL CONSEJO UNIVERSITARIO DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CENTRO DEL PERU Visto, el expediente Nº 42903 de fecha 21.11.2017, por medio de la cual don Manuel Zacarías LÓPEZ DE LA CRUZ, solicita Duplicado de Diploma de Título de Licenciado en Pedagogía y Humanidades, Esp. Educación Física, por deterioro. CONSIDERANDO: Que, de conformidad a los Artículos 13º y 14º de la Constitución Política del Perú, la Educación es un deber y un derecho que todo ciudadano está inmerso, asimismo, promueve el desarrollo del país;

JURADO NACIONAL DE ELECCIONES
Confirman acuerdo mediante el cual se rechazó solicitud de vacancia presentada contra regidora del Concejo Distrital de Macate, provincia del Santa, departamento de Áncash
RESOLUCIÓN Nº 0490-2017-JNE Expediente Nº J-2015-00290-A03 MACATE - SANTA - ÁNCASH VACANCIA RECURSO DE APELACIÓN Lima, quince de noviembre de dos mil diecisiete VISTO, en audiencia pública de la fecha, el recurso de apelación interpuesto por Jesús Eduardo Melgarejo

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