Norma Legal Oficial del día 11 de enero del año 2018 (11/01/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 53

El Peruano / Jueves 11 de enero de 2018

NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

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Universitaria, se declara en reorganización el Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa ­ Sineace, habiéndose conformado mediante Resolución Ministerial N°3962014-MINEDU, del 28 de agosto 2014, el Consejo Directivo Ad Hoc, con el objetivo de ejecutar las funciones necesarias para la continuidad del sistema y los procesos en desarrollo; Que, mediante el documento de visto, la Dirección de Evaluación y Certificación de Educación Superior Universitaria, sustenta el Informe Técnico N°0000472017-SINEACE/P-DEC-ESU-RSR, relacionado con la Tercera Jornada de evaluación para certificación de Evaluadores de Competencias Profesionales 2017 y, recomienda la certificación y registro de 34 participantes: 10 Enfermeras; 09 Profesores; 08 Nutricionistas; 03 Abogados; 02 Médicos; 01 Biólogo, y 1 Químico, los mismos que cumplen con los requisitos para ser certificados y registrados como evaluadores de competencias; Que, mediante informe N°000358-2017-SINEACE/PST-OAJ, la Oficina de Asesoría Jurídica, es de opinión que lo propuesto por la DEC ESU, a través del documento de visto, se encuentra de acuerdo a la normativa aplicable, recomendando en tal sentido, se atienda conforme a lo requerido; Que, en ejercicio de la prerrogativa otorgada por el Consejo Directivo Ad Hoc, mediante Acuerdo N° 3032017-CDAH de sesión del 18 de octubre 2017; y, de conformidad con la Ley Nº 28740, Ley del Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa ­ Sineace; su Reglamento, aprobado con Decreto Supremo Nº 018-2007-ED; Ley N° 30220, Ley Universitaria; Resolución Ministerial N° 396-2014-MINEDU y modificatorias; y la Resolución Ministerial N° 331-2017-MINEDU; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Autorizar la certificación y registro como Evaluadores de Competencias Profesionales en las carreras de Enfermería; Educación; Nutrición; Derecho; Medicina; Biología, y Química, a los profesionales comprendidos en el anexo que forma parte integrante de la presente resolución, con una vigencia de cinco (05) años. Artículo 2°.- Registrar en el "Registro Nacional de Evaluadores de Competencias Profesionales de Educación Superior Universitaria", a las personas comprendidas en el artículo 1° de la presente Resolución. Artículo 3°.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano, así como en el Portal Web del Sineace. Regístrese, comuníquese y publíquese. CAROLINA BARRIOS VALDIVIA Presidenta del Consejo Directivo Ad Hoc 1604558-1

Que, el artículo 5º de la Ley Nº 28740, Ley del Sineace, establece como finalidad del Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa, garantizar a la sociedad que las instituciones educativas públicas y privadas ofrezcan un servicio de calidad, con el propósito de optimizar los factores que incidan en los aprendizajes y en el desarrollo de las destrezas y competencias necesarias para alcanzar mejores niveles de calificación profesional y desarrollo laboral; Que, asimismo el artículo 11º de la Ley antes mencionada, precisa que la acreditación es el reconocimiento público y temporal de la institución educativa, área, programa o carrera profesional que voluntariamente ha participado en un proceso de evaluación de su gestión pedagógica, institucional y administrativa; Que, mediante la Décima Segunda Disposición Complementaria Transitoria de la Ley Nº 30220, Ley Universitaria, se declara en reorganización el Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa ­ Sineace; habiéndose conformado mediante Resolución Ministerial Nº 396-2014-MINEDU, del 28 de agosto 2014, el Consejo Directivo Ad Hoc, cuyo objetivo es ejecutar las funciones necesarias para la continuidad del sistema y los procesos en desarrollo, hasta la aprobación de la reorganización del Sineace; Que, el Consejo Directivo Ad Hoc, en sesión de fecha 11 de diciembre 2017, mediante Acuerdo Nº 327-2017CDAH, declaró de oficio la nulidad de la Resolución de Presidencia del Consejo Directivo Ad Hoc Nº 336-2017SINEACE/CDAH-P, que oficializó el Acuerdo Nº 2262017-CDAH, de sesión del 26 de julio 2017, con el que decidió declarar infundado el recurso de reconsideración presentado contra la Resolución de Presidencia del Consejo Directivo Ad Hoc Nº 004-2017-SINEACE/ CDAH-P, que oficializó el Acuerdo Nº 217-2016-CDAH, de sesión del 12 de diciembre 2016 por el cual se decidió no otorgar la acreditación a la carrera profesional de Derecho de la citada universidad; consecuentemente, declara fundado el recurso de reconsideración, dejando sin efecto el Acuerdo Nº 217-2016-CDAH, oficializado por la Resolución de Presidencia del Consejo Directivo Ad Hoc Nº 004-2017-SINEACE/CDAH-P; Que, en atención a lo indicado precedentemente, el Consejo Directivo Ad Hoc, mediante Acuerdo Nº 3282017-CDAH de sesión del 11 de diciembre 2017, acordó otorgar la acreditación a la carrera profesional de Derecho de la Universidad San Pedro ­ Sede Central, con una vigencia de tres (03) años; Con el visto bueno de la Secretaría Técnica, del Director de la DEA ESU y de la Oficina de Asesoría Jurídica, de conformidad con la Ley Nº 28740, Ley del Sineace; su Reglamento, aprobado con Decreto Supremo Nº 0182007-ED; Ley Nº 30220, Ley Universitaria; la Resolución Ministerial Nº 396-2014-MINEDU y modificatorias; y la Resolución Ministerial Nº 331-2017-MINEDU; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Oficializar el Acuerdo Nº 328-2017CDAH, de sesión de fecha 11 de diciembre 2017 del Consejo Directivo Ad Hoc, mediante el cual se otorgó la acreditación a la carrera profesional de Derecho de la Universidad San Pedro ­ Sede Central, con una vigencia de tres (03) años, contados a partir de la publicación de la presente resolución. Artículo 2º.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano, así como en el Portal Web del Sineace. Regístrese, comuníquese y publíquese. CAROLINA BARRIOS VALDIVIA Presidenta del Consejo Directivo Ad Hoc 1604558-2

Oficializan Acuerdo que otorgó la acreditación a la carrera profesional de Derecho de la Universidad San Pedro - Sede Central
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA DEL CONSEJO DIRECTIVO AD HOC Nº 523-2017-SINEACE/CDAH-P Lima, 29 de diciembre de 2017 VISTO: La Resolución de Presidencia del Consejo Directivo Ad Hoc Nº 515-2017-SINEACE/CDAH-P, de fecha 29 de diciembre 2017; y,

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